miércoles, septiembre 13, 2006

SE DEROGÓ EL DECRETO QUE REGLAMENTA EL TRABAJO LOS DOMINGOS Y FERIADOS.

LA PLATA, Setiembre 13, (PUNTO CERO) Fue aprobado en Senado bonaerense, con modificaciones del texto remitido por la cámara baja, el proyecto de ley para que se derogue el decreto de la última dictadura militar que permite a los propietarios de comercios fijar de manera unilateral la modalidad de trabajo los domingos y feriados.
Como se informara por una iniciativa del diputado Carlos Quintana (FpV) ese cuerpo había aprobado el citado proyecto para anular el decreto 9.168/78 y dejar sin efecto las penas aplicadas por incumplir esa norma.
El proyecto que ahora convalidó en el Senado con modificaciones permitirá que los trabajadores de comercio y las respectivas cámaras puedan negociar en paritarias las modalidades para las jornadas no laborables.
“Es un paso muy importante el que se ha dado porque este anacronismo no resiste el mínimo análisis jurídico, y era inconcebible que siga vigente este decreto”, explicó Quintana “ya que no solo reglamenta el trabajo los domingos y feriados sin sujeción a jornada mínima, sino que también permite que los propietarios o encargados pueden determinar libremente los días y horario de actividades, apertura, cierre y duración de la jornada.”
“Del mismo texto del decreto se desprende que ese día domingo ó feriado que haya sido trabajado no tendrá que ser compensado ni cerrar un día hábil, lo que muestra la irracionalidad de esta legislación”, indicó el diputado.
Quintana recordó que “el descanso dominical es la expresión de la dignidad de las personas por sobre las exigencias de la vida económica aún y con mayor razón en las circunstancias especiales de nuestro tiempo. Y si se decide que esos días debe trabajarse, será por un común acuerdo, en paritarias libres entre gremios y empresarios”.
En el texto del Senado además de la derogación se establece que “sus efectos se producirán de pleno derecho a partir de los 90 días de su promulgación” y que dentro de ese lapso “los representantes del sector y la organización sindical de los trabajadores involucrados, podrán concertar en el marco del convenio colectivo de la actividad conforme a lo dispuesto en la Ley de Convenciones Colectivas, las formativas a las que habrán de ajustarse la jornada y el descanso laboral".
Ahora el proyecto pasará nuevamente a Diputados para su posterior sanción y promulgación por parte del Poder Ejecutivo (PUNTO CERO).

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