domingo, junio 15, 2008

Olavarría. El intendente Eseverri firmó un convenio con el ONCCA.

OLAVARRIA, Junio 15, (PUNTO CERO) El intendente de Olavarría, doctor José M. Eseverri, se reunió con un representante de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA), encabezada por el doctor Ricardo Etchegaray, con el objetivo de rubricar un convenio de colaboración, en el marco de la resolución Nº 284 del Ministerio de Economía y Producción de la Nación.
La firma tuvo lugar en la sede del ONCCA en la ciudad de Buenos Aires, y tendrá como objetivo agilizar y facilitar los trámites de los pequeños productores de nuestra ciudad ante dicho organismo, para obtener compensaciones, a través de un régimen establecido, por sus producciones de soja y girasol. Se establece como destinatarios de dichas compensaciones productores agropecuarios que produzcan en forma directa hasta 150 hectáreas para la cosecha 2007/2008 en la región pampeana.
A tal fin, el Gobierno Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Local será la encargada de realizar la constatación de los datos del predio de explotación y autenticar las firmas en los formularios a presentar.
Para mayor información los interesados deberán dirigirse a la Agencia de Desarrollo Local, ubicada en Moreno 2765.
Destinatarios de las compensaciones
- Los productores de soja y girasol que estén inscriptos en el Registro de Operadores de Granos y Legumbres secas de la AFIP y no tengan deudas líquidas con ese organismo.
-El código de la actividad primaria debe corresponder con la solicitud que realiza el productor agropecuario (AFIP).
- Que acrediten una facturación máxima, neta de IVA, de 500 mil pesos en 2007 y una estimación para la cosecha 2007/2008, no superior a los 800 mil pesos netos de IVA.
- Aquellos que hayan vendido estas oleaginosas en 2007 hasta un máximo de 500 toneladas.
- Se excluye el arrendador que obtenga como pago los granos producidos y después los comercialice a nombre propio.

Pasos a seguir
1) Se inicia el trámite completando la declaración en Internet (www.oncca.gov.ar). Formularios DJ-001 y DJ-001/A para productores que posean predios de explotación directa en distintos municipios. Luego, el sistema le descarga 4 ejemplares (ONCCA, Productor, Municipio y Entidad Gremial) con los que comienza el segundo paso.
2) El productor se dirigirá a la Municipalidad, y allí firmará la declaración jurada ante la autoridad habilitada quién, además, constatará la ubicación de su predio.
3) La entidad gremial que represente al sector avalará con su visado los términos de la declaración jurada relativa a la actividad del productor.
4) El ejemplar ONCCA, deberá presentarlo en la sede central (Paseo Colón 922 de Capital Federal, mail: info@oncca.gov.ar, te: 011 -41033591) y agencias de la ONCCA, o en delegaciones del INTA y SENASA.
Los productores pueden seguir el trámite ingresando a www.oncca.gov.ar. Una vez aceptada la presentación, al productor se le acreditará el monto compensado en un lapso de 60 días, directamente en su CBU. (PUNTO CERO).

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