martes, septiembre 02, 2008

MERCEDES. Cámaras: la licitación al banquillo

MERCEDES, Setiembre 02, (PUNTO CERO-El Nuevo Cronista) La instalación del sistema de cámaras de seguridad en la ciudad de Mercedes se encontró con un escollo complicado. Como se recordará, el secretario de Gobierno Sergio Apesteguía informó semanas atrás que en un plazo cercano a los 90 días las mismas estarían en funcionamiento.
El anuncio realizado por el funcionario provocó una objeción de la empresa Israel Security & Technology (ver aparte) que podría terminar en los estrados judiciales.
sta firma se sorprendió por la adjudicación otorgada cuando aún aguardaba participar en la licitación.
IST es una empresa de seguridad especializada, entre otras cosas, en el ‘desarrollo de proyectos de seguridad municipales’. En su momento se habría acercado a través de una ONG al gobierno para ofrecer sus servicios. Adicionalmente, habría realizado a su exclusivo cargo un estudio sobre la ubicación de los equipos con tomas fotográficas realizadas por un equipo especializado. Todo ello con la intención de asesorar a los equipos municipales para la confección de los pliegos y oportunamente participar de la licitación.

La historia
Según fuentes oficiales, personal vinculado a la empresa se habría acercado a las oficinas municipales para interesar al municipio en la adquisición del servicio cuando aún no estaba en los planes de nadie instalarlo. Tras las primeras conversaciones, desde el Ejecutivo le pidieron asesoramiento y esta empresa –a través de una ONG- financió un estudio exclusivo para la ciudad. Junto con el mismo, presentaron un proyecto estimativo para la colocación de 20 cámaras de seguridad con un valor cercano a los 200 mil pesos.
En ese momento un funcionario les habría informado que no se contaba con la partida necesaria, pero que elevarían el proyecto al HCD para realizar la reasignación pertinente y la autorización al llamado licitatorio al cual –según los empresarios- iban a ser invitados. Esto último jamás sucedió.

La licitación
Según el reglamento de contabilidad, para la adquisición de cualquier producto o servicio cuyo monto sea inferior a los 317 mil pesos, el Estado puede convocar a licitación privada.
La gran diferencia entre la licitación pública y la privada es la publicidad. En el primer caso se publica en medios gráficos y en boletines oficiales; en el segundo sólo se cursan invitaciones a los oferentes inscriptos en el registro de proveedores. La normativa indica que deben citarse al menos a cuatro. Y de no existir en el registro dicha cantidad, se debe invitar a quienes no lo estén.
Si se tiene en cuenta el monto de la licitación de las cámaras de seguridad (200 mil pesos), es claro que la compra se puede realizar por licitación privada, esto es: cursando una invitación a los posibles oferentes.
Y así efectivamente se hizo: se invitó a cinco empresas, sólo tres compraron pliegos, dos presentaron ofertas y una de ellas fue adjudicataria.
El 12 de agosto el intendente Selva, luego del dictamen favorable del secretario de Control Urbano, Horacio Deluca, conjuntamente con el secretario de economía contador Rodolfo Berardo firmaron el decreto 690 otorgándole la adjudicación a Vamalust S.A., una empresa ubicada en Colón 618 de la ciudad de Luján (ver aparte).

Problemas
Más allá de la lógica molestia de la empresa IST por no haber sido invitada sin razón aparente a pesar del trabajo previo realizado, esta licitación tuvo una anormalidad que puede ser la causal de la controversia. La ordenanza 6552 del HCD, publicada en el boletín oficial del 15 de mayo, establece claramente la autorización del cuerpo hacia el Ejecutivo a que llame a una licitación pública para realizar la compra de las cámaras de seguridad.
Si bien esto es materia de interpretación jurídica, más allá de lo indica el reglamento de contabilidad sobre los montos, la autorización del cuerpo es para que la licitación sea pública: ergo no se cumplió con la ordenanza en cuestión. Es por ello que –para algunos abogados consultados- este acto puede ser considerado nulo, ya que el error no es subsanable.
Ante esta situación el intendente tiene dos opciones: o anula de oficio la licitación, o bien se arriesga a los cuestionamientos que pueda llegar a tener en el Tribunal de Cuenta o en la justicia.

Reuniones
El pasado 26 de agosto la firma IST dio muestras de no abandonar la pelea fácilmente. Presentaron una nota por Mesa de Entradas en la cual manifiestan su inquietud respecto a la apertura de la licitación que “como proveedores del municipio cotizamos y brindamos asesoramiento técnico/administrativo sobre evento de esa naturaleza”. Se confiesan asombrados de que “no fuera publicado en los medios y boletines oficiales, no haber recibido la invitación oficial como se estila y mucho más cuando nos fue solicitada una cotización oportunamente, además del estudio (…) y tomas fotográficas realizadas por nuestro servicio especializado”, afirma la nota firmada por el empresario Isaac Miranda.
El propio Miranda se reunió con el intendente al día siguiente para hablar sobre este tema y las explicaciones esgrimidas por la máxima autoridad comunal no habrían satisfecho del todo las expectativas del grupo.

Los estrados
Las posibilidades de que esta controversia se termine dirimiendo judicialmente es muy alta. Y así lo demostró el nerviosismo de algunos funcionarios municipales durante la semana que pasó. Es más, el expediente que contiene toda la información de esta licitación se guarda como un secreto de estado.
Si el intendente Selva decide anular de oficio la licitación -opción que sería la menos riesgosa ya que la empresa adjudicataria aún no fue notificada del decreto- los titulares de Vamalust S.A. puede alegar encontrarse notificada por las declaraciones del propio Apesteguía y máxime aún cuando el decreto ya fue firmado.
Si por el contrario se sigue adelante con esta licitación el Ejecutivo puede tener un doble frente: por un lado el Tribunal de Cuentas que puede llegar a realizar un cargo por esa adquisición; por el otro, la justicia contencioso administrativa, ya que los titulares de IST tendrían a su favor la sanción de aquella ordenanza que estipulaba que la compra debía ser publicada en el boletín oficial, hecho este que nunca sucedió. (PUNTO CERO-El Nuevo Cronista).

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