martes, junio 16, 2009

ARBIO QUIERE QUE LES HAGAN ESTUDIOS DE CAPACIDAD AUDITIVA A TODOS LOS RECIÉN NACIDOS

Debido a la preocupante cantidad de niños discapacitados auditivos cuya hipoacusia o sordera hoy es detectada tardíamente, situación que impide que reciban asistencia temprana, y teniendo en cuenta que el mejor pronóstico se sustenta en el diagnóstico y tratamiento precoz, la senadora radical Nora Luján Arbio (Cuarta Sección) presentó el jueves pasado un Proyecto de Ley en la Cámara Alta bonaerense solicitando la modificación del artículo 2º de la Ley 13.331, mediante el cual la Provincia de Buenos Aires adhirió a la Ley nacional 25.415 - Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia.
Con esta iniciativa, la senadora Arbio pretende que se pongan en marcha de los mecanismos necesarios tendientes a permitir que los profesionales médicos especialistas en otorrinolaringología, y también fonoaudiólogos que se desempeñen en los establecimientos sanitarios provinciales y/o municipales, realicen los estudios de capacidad auditiva a todo recién nacido, antes del tercer mes de vida, dando cumplimiento al Programa de Detección Temprana y Atención de Hipoacusia en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
“La pesquisa para la detección de hipoacusias y sorderas se realiza a través de otoemisiones acústicas”, argumenta Arbio , y agrega: “Se trata de una prueba objetiva, rápida, indolora, simple y no invasiva”.
El espíritu de la Ley Nacional 25.415 apunta a la detección, identificación y atención temprana de los niños hipoacúsicos y/o sordos, al enunciar que “Todo niño recién nacido tiene derecho a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma oportuna, si lo necesitare”, y dispone la creación del Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia. Y si bien la Legislatura provincial demostró su sensibilidad en la temática adhiriendo a lo normado por la Ley Nacional, a través de la Ley nº 13.331 -vigente desde 2005-, la falta de reglamentación por parte del Poder Ejecutivo Provincial, solicitada en 2007 mediante el Proyecto de Declaración F-136/07-08, ha impedido llevar a la práctica el objetivo de la norma a la que se adhirió.
Arbio propone en su Proyecto de Ley que el Artículo 2º de la Ley 1331 quede redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º: A los efectos de desarrollar el Programa de Detección Temprana y Atención de Hipoacusia en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la autoridad de aplicación de la presente ley, pondrá en marcha los mecanismos necesarios que permitan que los profesionales médicos especialistas en Otorrinolaringología, y los Fonoaudiólogos, que se desempeñen en los establecimientos sanitarios provinciales y/o municipales, realicen los estudios de capacidad auditiva a todo recién nacido, antes del tercer mes de vida”.
La legisladora trenquelauquenche además plantea en el artículo 2º bis que lo establecido en el artículo 2º debe ser de cumplimiento obligatorio a partir de los 90 días de publicada la ley en el Boletín Oficial.

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