martes, julio 07, 2009

Villa Gesell: El ejecutivo envío al legislativo el decreto de Emergencia Sanitaria para su aprobación.

Ayer el intendente Municipal, Dr. Jorge Rodríguez Erneta, envío el decreto de Emergencia Sanitaria al Concejo Deliberante.
La medida obedece a la situación sanitaria que se vive en la República Argentina con la epidemia de Gripe “A” H1N1.
Luego de la redacción del decreto el jefe comunal viajo acompañado del Secretario de Salud y Acción Social, Dr. Juan Chamorro a la ciudad de Mar del Plata, a participar de una reunión con el Dr. Gustavo Rodríguez director de la Región Sanitaria VIII.
“No hay que crear preocupación en la gente, estamos ocupados trabajando diariamente para paliar esta situación que se da en la Provincia de Buenos Aires y que Villa Gesell no es ajena. Esta reunión tiene como objetivo actualizarnos con los protocolos de salud, ya que hay que estar atentos porque van cambiando a diario, nosotros venimos trabajando desde el comienzo en la prevención y en esta etapa la estamos profundizando. Le pedimos a la comunidad la colaboración con las medidas que estamos difundiendo, y para eso estamos abocados a una campaña intensiva en los medios, y hemos conseguido colaboradores que están repartiendo folletos en la vía pública”
El texto del decreto dice lo siguiente:
Villa Gesell,
VISTO: La propagación en nuestro país, de la gripe A H1 N1 de la que nuestra Provincia de Buenos Aires y por consiguiente nuestra ciudad no es ajena; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo antedicho es necesario declarar la Emergencia Sanitaria para prevenir y evitar el contagio masivo, tomando las medidas necesarias para tal fin;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º: DECLARASE la Emergencia Sanitaria en el Partido de Villa Gesell por el termino de ciento veinte (120) días contados a partir del dictado del presente Decreto con el fin de evitar la inminente propagación de la pandemia generada por el virus de la influenza H1 N1, y en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto Provincial Nº 1040 de fecha treinta (30) de junio de dos mil nueve (2009).
ARTICULO 2º: DISPONESE de Instalaciones Públicas o Privadas necesarias para efectuar internaciones inevitables cuando este agotada la capacidad Hospitalaria.
ARTICULO 3º: SUSPENDASE las actividades deportivas y culturales en el Polideportivo Municipal, Casa del la Cultura CEMUCAP y Casa del Abuelo.
ARTICULO 4º: RECOMIENDASE evitar las reuniones en actividades sociales que impliquen gran concentración de gente.
ARTICULO 5º: El presente Decreto se firma “Ad-Referendum” del Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno, el Señor Secretario de Hacienda y por el Señor Secretario de Salud y Acción Social.
ARTICULO 7º:Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

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