lunes, febrero 22, 2010

San Martín: La ley de Nocturnidad no es inconstitucional.

Los reclamos de los empresarios de la noche se multiplicaron en toda la provincia de Buenos Aires
Apenas fue aprobada la ley 14.050, conocida como Ley de Nocturnidad, estallaron los reclamos de los empresarios de la noche, quienes aducen que perjudica sus posibilidades de ejercer la industria lícita y comerciar.
En el municipio de San Martín los dueños de Pueblo S.R.L. presentaron un recurso de amparo para que la Justicia resuelva sobre la pertinencia constitucional de la medida.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín avaló la norma que establece que los boliches deben cerrar a las 5.30 AM y dejar de vender bebidas alcohólicas a las 4.30 de la mañana.
Según el fallo de los jueces Hugo Echarri, Ana María Bezzi y Jorge Saulquin "no se acredita que la restricción del horario de cierre, ni los límites de admisión, ni los límites de expendio de bebidas alcohólicas constituyan una afectación inconstitucional de los derechos de comerciar, ejercer industria lícita, de propiedad y de igualdad".
Citaron como argumento un fallo de la Suprema Corte bonaerense que se basa en los principios del republicanismo y sostuvieron que "la medida no puede impugnarse en función de la mera conveniencia particular apoyada en el criterio de rentabilidad del interesado, la que, en todo caso, ha de ceder ante la conveniencia colectiva que trasunta una determinada regulación en materia de policía, salvo que se excedan los límites de lo razonable".

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