miércoles, abril 18, 2018

El caso inédito de la jueza en coma. Una renuncia sin precedentes.

El Poder Ejecutivo aceptó la dimisión de la camarista civil Silvia Adriana Díaz, quien se encuentra en coma desde hace más de siete años. Fue su hijo quien presentó la renuncia en su carácter de curador definitivo. Los detalles del caso.

En un hecho sin precedentes, el Gobierno nacional aceptó la renuncia de la camarista Silvia Adriana Díaz, quien se encuentra en coma desde hace más de siete años.

Se trata de una situación insólita dado que la jueza “no está en condiciones” de renunciar a su cargo, por lo que su hijo y curador fue quien presentó la dimisión de la magistrada al cargo de vocal de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, Sala K.

Díaz fue nombrada camarista en julio de 2009, pero poco tiempo después sufrió una grave enfermedad que la incapacitó. Incluso la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) le concedió una jubilación por invalidez.

Los médicos determinaron que su situación es irreversible, por lo que la magistrada no puede ejercer el cargo, pero tampoco renunciar personalmente. Frente a la incertidumbre del caso, la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura analizó la posibilidad de iniciarle un juicio político para apartarla del cargo y así cubrir la vacante.

Puntualmente, la normativa del Cuerpo establece como causal de mal desempeño la “incapacidad física o psíquica sobreviniente para ejercer el cargo”. En estos casos no se produce la pérdida de beneficios previsionales establecida en el artículo 29 de la Ley 24.018.

Sin embargo, el juicio político no será necesario, ya que su hijo y curador definitivo impulsó formalmente la dimisión. La decisión se dio luego de que la Justicia lo autorizara a "presentar a su nombre su renuncia al cargo de magistrada".

“Que el señor Castro Díaz, en su carácter de curador definitivo de la señora doctora Silvia Adriana Díaz, ha presentado a su nombre, a partir del 1 de diciembre de 2017, la renuncia (…)”, señala el decreto 330/2018, publicado hoy en el Boletín Oficial. (Diario Judicial).

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