martes, noviembre 13, 2018

El juicio por jurados pide pista


La Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley para instalar este mecanismo a nivel nacional y logró la unión de los diferentes bloques que presentaron un borrador en común. Diario Judicial dialogó con especialistas que dieron su opinión sobre el tema.

Luego de la controversia que generó la absolución de Daniel Oyarzún, el carnicero de Zárate que mató a un hombre que lo asaltó, la Cámara de Diputados aceleró la elaboración de un proyecto de ley para implementar el juicio por jurados a nivel nacional, que actualmente sólo funciona en seis provincias del país.

Tras un debate de más de un año, los diferentes bloques políticos de la Cámara Baja se pusieron de acuerdo en unificar los once proyectos presentados en un borrador en común y en un plenario de la Comisión de Legislación Penal recibieron a diferentes especialistas que ratificaron su posición a favor de este tipo de proceso.

Diario Judicial dialogó en exclusiva con Sidonie Porterie, integrante de la junta directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), organismo que colaboró con los proyectos de diferentes diputados, quien expresó que, en este tipo de mecanismo, es la comunidad la que está transmitiendo su mensaje. "A veces puede ser controvertida, como el caso de Oyarzún, pero no lo que no está en discusión es su legitimidad", señaló.

"La realidad es que los jurados cambian la lógica del sistema procesal, de la forma en que se definen los juicios y las cambian porque en el ámbito nacional y federal no hemos logrado la implementación de un sistema acusatorio puro", expresó la politóloga y agregó que "los sistemas de jurados fuerzan un poco esa transformación y eso provoca una enorme resistencia porque hay una cultura inquisitiva que se sigue sosteniendo porque representan a ciertos intereses creados en el Poder Judicial".

"Los jurados pueden, en muchos casos, tomar una decisión que quizá un juez no se animaría. Y lo pueden hacer porque son 12 y la fuerza de una decisión así no la puede tener nunca un magistrado, por más excelentísimo que sea. Estos 12 tienen que decidir por unanimidad y eso le da una fortaleza a la decisión judicial que es absolutamente irreproducible por otras vías de justicia", enfatizó.

En la misma línea, Mario Juliano, juez del Tribunal en lo Criminal 1 de Necochea y director de la Asociación Pensamiento Penal declaró que "el modo de razonamiento de los jueces profesionales no es distinto al de los jurados ciudadanos" y, por lo tanto la ilustración jurídica no es el reaseguro de un pronunciamiento legítimo. "Acá lo que hay que destacar es el nivel de legitimidad que tiene la ciudadanía a través de sus decisiones, es el pueblo el que habla y esto tiene un valor".

Resistencia de los jueces, legitimidad y perspectiva de género

Al ser consultada sobre la enorme resistencia a la implementación de este tipo de juicios, Porterie resaltó que "lo que hay que destacar de los jurados es que la decisión puede ser popular o no pero es incuestionable y esto es absolutamente novedoso".

En consonancia con lo dicho por la especialista, Juliano sostuvo que "la crítica a la modalidad y el veredicto tienen un cierto contenido elitista por parte de personas ilustradas que ven la realidad desde un lugar de comodidad donde no siempre le pasan las cosas que padecen las personas que viven en zonas calientes, como es el gran Buenos Aires. Entonces para poder comprender las reacciones, justificadas o no, nos gusten o no nos gusten, hay que ponerse en el lugar del otro".

La implementación del juicio por jurados muestra que también facilita una justicia con más perspectiva de género y eso se debe, según Porterie, a que "la comunidad tiene la capacidad, muchas veces, de identificar algo que los propios jueces no identifican como el femicidio. Desde que se instauró dicha figuro hubo muchísimos problemas para que se aplicara y mucho tiene que ver con la resistencia de los jueces a identificar los elementos que componen el delito".

Actualmente, el juicio por jurados, mandato de la Constitución Nacional de 1853, se aplica en las provincias de Córdoba, Neuquén, Chubut, Buenos Aires, y en Río Negro y Mendoza a partir del año que viene.

Pueden ser jurados todos los argentinos o ciudadanos naturalizados entre 18 y 70 años, a excepción de los funcionarios públicos de alguno de los tres poderes del Estado, los abogados, escribanos, procuradores matriculados y los profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal, entre otros. (Diario Judicial).

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