martes, noviembre 13, 2018

Los tratamientos tienen límites


La Cámara Civil y Comercial rechazó el pedido de tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad porque a la pareja solicitante ya se les otorgó la cobertura de los tres tratamientos que autoriza la Ley 26.862.
Los tratamientos tienen límites

En los autos "B. M. V. y otro c/ OSDE s/ sumarísimo de salud s/ incidente de medida cautelar", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal le denegó a una pareja la cobertura de un tratamiento de fertilización de alta complejidad porque ya realizaron los amparados por la ley.

Los miembros del Tribunal confirmaron la sentencia de grado que rechazó la media cautelar impuesta y explicaron que la Ley 26.862 autoriza la cobertura hasta un límite máximo de tres tratamientos de alta complejidad, en virtud de lo cual no se puede considerar acreditada en forma suficiente y prima facie la verosimilitud del derecho invocado.

En este tipo de juicios, los magistrados señalaron que la verosimilitud del derecho se presenta cuando el interesado acredita suficientemente la prescripción médica en orden al tratamiento de fertilización requerido, la situación de afiliado a la obra social o medicina prepaga y, además, individualiza la norma que sirve de sustento a la pretensión cautelar.

En ese sentido, los camaristas agregaron que, teniendo en cuenta que ya realizaron tratamientos previos, no existe constancia de naturaleza médico-científica que acredite la urgencia del tratamiento requerido, todo lo cual demuestra también que no se acreditó el peligro en la demora.

La pareja pretendía que Osde le brinde cobertura total del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV-ICSI) con ovodonación prescripto por su médico tratante pero los jueces consideraron que la obra social ya cubrió la cantidad de procedimientos correspondientes a la ley. (Diario Judicial).

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