viernes, febrero 19, 2016

2015-12-27. Levantate y danza. Esc. Amani Zareen. 26.

2015-12-27. Levantate y danza. Revolution Dance. 25.

2015-12-27. Levantate y danza. Adrian y Rosana. 24.

Advierten sobre los peligros de alterar los ecosistemas

Luego de que un delfín apareciera en Santa Teresita y muriera mientras decenas de turistas lo fotografiaban en vez de regresarlo al agua, especialistas señalaron que su presencia en la Costa Atlántica es usual y subrayaron la importancia de devolver las especies a su medioambiente natural.
El polémico episodio ocurrió en Santa Teresita cuando un delfín asomó por la costa en plena temporada veraniega y fue sacado de su ecosistema para ser fotografiado. La fundación Vida Silvestre denunció que el espécimen fue sacado del agua con vida y que murió por deshidratación.
“No es llamativo encontrar a la especie ahí, en los últimos años su presencia en la zona es algo común. Ahí cerca está Las Toninas, ciudad que toma el nombre de esa especie de delfín, el pontoporia blainvillei, también conocido como delfín de río o franciscana”, explicó el biólogo de la Universidad Nacional de La Plata especializado en paleontología, Elian Guerrero, en diálogo con Info Región, quien calificó de “muy grave” el hecho.
Precisó que la especie es de las más pequeñas del mundo, que miden entre 1.30 y 1.70 m de largo, y que se encuentra en peligro de extinción a nivel mundial, según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. “Es una especie vulnerable y no se puede cazar ni matar, por lo que si la muerte de este espécimen tiene que ver con accionar del hombre, la situación es más que grave”, advirtió.
“El delfín vive en las costas del sur de Brasil, Uruguay y Buenos Aires, principalmente en el Río de La Plata. Lo ocurrido sirve para informar a la población la necesidad urgente de devolver a estos delfines al mar ante un encuentro casual. Todos deben ayudar a su rescate”, apuntó, al tiempo que aclaró: “Esta especie tiene la piel muy sensible y, al ser sacado del agua, no tiene posibilidades de sobrevivir”.
Mientras que en ese sentido coincidió la ambientalista y profesora de Ciencias Naturales Natalia Mastroscello, quien aseveró a este medio que en “ningún tipo de circunstancia el ecosistema de un animal silvestre debe ser alterado". "Debe ser devuelto a su ambiente natural”, resaltó.
Una presencia usual. Guerrero explicó que si bien parece extraño que un delfín con esas características se haga presente en la Costa Atlántica, en los últimos años se ha transformado en algo común. Sin embargo, explicó que hace décadas, la situación era distinta y que el panorama cambió por el accionar del hombre en la naturaleza.
“Esta especie se encontraba en el Río de La Plata pero las transformaciones y la contaminación –como por ejemplo el Riachuelo- relacionada con la mano del hombre hizo que su lugar natural se haya visto amenazado. Por ese motivo hoy podemos encontrarlo en la Costa y no en su lugar tradicional, como ocurría en el siglo XIX”, apuntó.
Los profesionales coincidieron en la importancia de difundir información al respecto y concientizar a toda la población para que puedan colaborar con la causa y no transformarse en una amenaza. (Inforegión).

Esteban echeverría: Para el FpV, es “un paso atrás” la intervención del Consejo Escolar.

El funcionario oficialista Daniel Saavedra señaló que el kirchnerismo local "siempre tuvo un equipo de diálogo" y lamentó que el gobierno bonaerense haya llegado a esa instancia.

El subsecretario de Desarrollo Social y Humano de Esteban Echeverría, Daniel Saavedra, lamentó la intervención del Consejo Escolar local y la consideró "un paso atrás" en la gestión.

"Estaban a punto de comenzar las clases, hay muchos problemas en las escuelas y espero que cada uno ponga lo que tenga poner de lo suyo para poder trabajar por el bien de los alumnos", remarcó Saavedra en diálogo con Info Región.

Si bien el funcionario local manifestó "desconocer en profundidad la situación", precisó que "Pablo Montserrat y su equipo tienen trayectoria y siempre trabajaron por diálogo", en réplica a las críticas de Cambiemos.

Y luego evaluó: "Pienso que en realidad ninguno en el organismo quiso aflojar un poquito y ponerse a trabajar como corresponde".

Miles de usuarios siguen sin luz en la zona sur.

Los cortes programados se suspendieron por las lluvias y el descenso en la temperatura, pero las interrupciones en el servicio continúan. Las localidades más afectadas son Remedios de Escalada y El Jagüel.
Según el informe del ENRE publicado a las 17, en el área de concesión de Edesur hay 7.859 usuarios sin suministro de los cuales 7.054 son de la Región.
En Remedios de Escalada son 3.343 los usuarios afectados, en El Jaguel 2.463, en Villa Domínico 644, en Burzaco 599 y 5 en Wilde.
En el área de Edenor, los afectados son 22.393 usuarios. Las zonas con más inconvenientes son Victoria, Villa Urquiza y Tigre.
Cortes suspendidos. Los cortes programados que se iniciaron ayer y se iban a repetir hoy fueron suspendidos debido al fuerte descenso de la temperatura que generó la lluvia que se inició durante la madrugada.
"En función del cambio de las condiciones climáticas, lo que teníamos previsto ayer de hacer cortes programados, quedan suspendidos", anunció el ministro de Energía Juan José Aranguren. (Inforegión).

Al Estado lo que es del Estado

La Justicia rechazó el pedido de usucapión realizado por un hombre que reclamó por terrenos que habían sido anexados al aeropuerto de Corrientes. Los jueces explicaron que, por ese motivo, ese espacio era "inalienable".
En los autos "Mur, Ramón Gumersindo c/Estado de la provincia de Corrientes s/Prescripción adquisitiva", los integrantes de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes rechazaron el pedido de usucapión de un hombre que pretendía terrenos pertenecientes al Estado, que habían sido anexados al aeropuerto de la provincia.
Los jueces remarcaron que, por este motivo, se convertían en inalienables, inajenables e imprescriptibles. De este modo, rechazaron el recurso de apelación y el pedido de nulidad sobre la sentencia de primera instancia, y en cambio se aceptó la reconvención planteada desde el Estado.
En su voto, el juez Carlos Rodríguez afirmó que "para la correcta dilucidación del caso estimo pertinente analizar en primer lugar, la naturaleza del bien objeto de la presente litis y voy a coincidir en que se trata de un bien que pertenece al dominio público del Estado Provincial".
El magistrado indicó que "ello es así porque los bienes del Estado suelen clasificarse -conforme a la disponibilidad que de ellos se permita y al consecuente régimen jurídico que los regula- en bienes del dominio privado y bienes del dominio público. Los bienes del dominio privado están sometidos a las reglas del derecho privado, en tanto el régimen jurídico que regula a los bienes del dominio público es de carácter administrativo".
El camarista agregó: "Es decir que los bienes del dominio público y los bienes del dominio privado del Estado se diferencian por su finalidad y por el sujeto-titular. Respecto de la finalidad, cabe decir que los bienes del dominio público están “siempre” destinados al “uso público” -directo o indirecto de los habitantes. “… y cualesquiera otras obras públicas, construidas para utilidad o comodidad común” (art. 2340, inc. 7 del C.C. [hoy art. 235 inc. f) del Código Civil y Comercial])".
"O sea, que todos los bienes del Estado afectados a un uso público directo o indirecto integran el dominio público. Respecto del sujeto-titular, en el caso de los bienes del dominio público es -según la doctrina- el Estado lato sensu o la "comunidad política pueblo"”, añadió el vocal.
El miembro de la Sala precisó: "Veamos pues si en el caso que nos ocupa el inmueble que se pretende usucapir estaba afectado o no a la prestación de un servicio público. Así, tenemos que en fecha 10 de diciembre de 1957 se suscribe un Convenio entre el Ministerio de Aeronáutica -en representación del Estado Nacional- y el Ministro de Hacienda de la Provincia de Corrientes, en virtud del cual la Nación, como titular del dominio de los terrenos que ocupaba el Aeródromo Cambá Punta y que se individualizan en el mismo, cede y dona los mismos a la Provincia de Corrientes (art. 1º)".
"Que dicha donación fue aceptada por la Provincia de Corrientes bajo la condición de construir allí con fondos propios una pista de hormigón con las especificaciones que allí se indican (art. 2º); indicándose expresamente en el art. 4º del mismo que las tierras comprendidas en la donación y que a ese momento no sean utilizadas, serían reservadas para futuras expansiones de las instalaciones, no pudiendo la Provincia venderlas ni destinarlas a otros fines que no sean los expresamente aeronáuticos”, completó el integrante de la Cámara.
El sentenciante expresó que "ninguna duda cabe respecto al carácter de servicio público que reviste el transporte aéreo. Y analógicamente (art. 2 del Código Civil y Comercial) equivalente a los puertos en la navegación (art.235, inc. b. del Código Civil y Comercial de la Nación)".
Rodríguez añadió en este sentido que "el bien objeto de autos pertenece al dominio público del Estado Provincial y continúa afectado a la prestación de un servicio de utilidad común de todos los ciudadanos. Por ende participa de sus caracteres y entre ellos, el de la imprescriptibilidad". (Diario Judicial).

Puerta abierta a la demanda

La Cámara Civil confirmó una demanda por los daños que sufrió una mujer al desprenderse la puerta de un sanitario en un centro comercial. Además, los jueces fijaron los gastos por el tratamiento médico y elevaron a la suma de $ 25.000 la indemnización en concepto de daño moral.
En los autos “G., J. E. c/ Alto Palermo S.A s/ daños y perjuicios”, la Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una demanda contra un centro comercial y, además, fijó en concepto de gastos por tratamiento kinésico la suma de $ 4.800 y $ 7.200 para el tratamiento psicológico y elevar a la suma de $ 25.000 el daño moral.
Según expuso la accionante al promover la demanda, se encontraba en el interior de un box del baño de mujeres del último nivel del Shopping Paseo Alcorta, cuando se desprendió una de las puertas por una posible deficiencia de construcción o excesivo peso, y cayó sobre sus piernas produciéndole graves lesiones.
El magistrado de la instancia anterior tuvo por acreditada la existencia del hecho. Así, entendió que “debía aplicarse la normativa que emana de la Ley 24.240, pues entre ambas partes existió una relación de consumo en los términos del art. 3ro. de la aludida ley”.
En este contexto, los jueces recalcaron que “aun cuando la recurrente insista en que no fue la puerta del baño la que ocasionó el accidente, el cúmulo de pruebas especificadas no deja margen de dudas acerca de que la actora sufrió un perjuicio dentro de las instalaciones del Shopping Paseo Alcorta, por lo cual, demostrada la existencia de un siniestro, corresponde a la demandada acreditar alguna eximente de responsabilidad”.
“Ya no se pone el énfasis, en evaluar si la cosa que produjo el daño es o no una cosa riesgosa en los términos del art. 1113, 2da. parte, 2do. párrafo del Código Civil. Hoy se señala que quienes concurren al establecimiento del proveedor se encuentran expuestos a una relación de consumo y que dicha relación es fuente generadora de responsabilidad civil por lo que resulta irrelevante determinar si se celebró o no un contrato”.
En este sentido, los magistrados consignaron que “cuando una actividad comercial provoque un daño dentro de una relación de consumo, aun cuando no provenga del producto o del servicio prestado sino de las modalidades con las que aquel se ofrezca o éste se cumpla, tendrá la peculiaridad de que, probada la relación de consumo y el daño ocurrido dentro de su ámbito, la presunción será de que se ha visto incumplida en su totalidad la obligación de seguridad impuesta constitucional y legalmente”.
De esta manera, los sentenciantes dieron por acreditado que “cuando la actora se encontraba en el interior de un box del baño ubicado en el último nivel del Shopping Paseo Alcorta cayó sobre sus piernas una puerta”.
“Era la demandada quien se hallaba en mejores condiciones de demostrar que dicha puerta se encontraba en perfectas condiciones y no debía desprenderse, carga probatoria que no se cumplió en el proceso. Juzgo entonces que en el caso fue incumplida la obligación de seguridad que pesa sobre Alto Palermo S.A., a la que se refieren los arts. 42 de la Constitución Nacional y 5, 6, 10 y 40 de la Ley 24.240, según texto de las leyes 26.361 y 26.993, por lo cual entiendo que corresponde condenarla por este hecho”, indicó el fallo.
Para los camaristas, “es que la prestadora del servicio no logró acreditar que la caída de la puerta se produjo por un comportamiento negligente de la actora, como ser que hubiera colocado demasiado peso, como alegó y no probó, por lo cual no corresponde liberarla de responder por el hecho que motivó esta litis”.
Para mayor abundamiento, los jueces concluyeron que “la misma solución arribaría de aplicarse los principios consagrados por el art. 1092 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, pues el nuevo ordenamiento iusprivatista ha recepcionado los preceptos normativos antes enunciados, al incorporar normas de protección al consumidor”, y agregaron: ”A su vez, si bien el Código aludido contiene diversos institutos tuitivos del consumidor, subsisten la Ley 24.240 y demás normas especiales”. (Diario Judicial).

Sin permiso cautelar para un teatro

Un Tribunal porteño rechazó un pedido efectuado por el dueño de un local, a los fines de que se le otorgue cautelarmente el permiso para funcionar como "Sala de Teatro Independiente Clase B". Para los jueces, "el actor inició el trámite de habilitación pero no implica habilitación otorgada".
En los autos “G., J. P. contra GCBA sobre incidente de apelación”, la Cámara en lo CAyT de la Ciudad confirmó una sentencia de grado y, en consecuencia, rechazó una medida cautelar para que se trámite un pedido de habilitación respecto del rubro Sala de Teatro Independiente.
El actor inició una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos con el objeto de que “se ordenara recaratular el expediente administrativo y se de trámite su pedido de habilitación respecto del rubro Sala de Teatro Independiente Clase B”.
En su relato, el amparista sostuvo que “en marzo de 2014, solicitó en el expediente administrativo, la habilitación de su local como café-bar y ventas de bebidas”, y agregó: “En marzo de 2015, solicitó la ampliación de la mencionada habilitación como Teatro Independiente Clase B sin que la Administración hubiera dado curso a la mentada ampliación”.
Luego, explicó que “la Dirección General de Fiscalización y Control realizó una inspección en el local y que personal de la mencionada dependencia le informó verbalmente que la ampliación peticionada había sido mal realizada, por lo que, en caso de efectuarse una nueva inspección mientras se desarrollaba la actividad por la cual había solicitado la ampliación el local le sería clausurado”.
En este contexto, alegó que “se presentó nuevamente ante la Agencia Gubernamental de Control a los fines de peticionar que se recaratule su solicitud más no obtuvo respuesta alguna”. Sin embargo, se realizó una “nueva inspección mediante la cual se dispuso que se abstuviera de realizar shows en vivo bajo apercibimiento de clausura hasta la obtención de la habilitación o permiso pertinente”.
En el caso, el juez de grado rechazó la medida cautelar solicitada al considerar que “de las constancias agregadas a la causa se desprendía la existencia de unas solicitudes de habilitación que se encontrarían en pleno trámite y que la medida solicitada excedería prima facie el marco del objeto procesal que se persigue en la presente acción y, por el otro, que ello es atribución de la autoridad administrativa competente”.
Además, el magistrado de primera instancia señaló que “el dictado de la medida cautelar en el estado inicial del proceso supondría ordenar a la demandada que otorgara un permiso sin haber culminado el trámite de habilitación (…) la mera presentación de la solicitud formulada y la constancia emitida en consecuencia, no implicaría per se la habilitación de la actividad peticionada”.
Luego de analizar la causa, los vocales manifestaron que “del examen de las constancias de la causa a la luz de los principios enunciados, conduce a concluir que no existen elementos suficientes para considerar reunidos -en el actual estado de la causa y con la provisoriedad propia de este estadio del análisis- los recaudos pertinentes a fin de tornar procedente la tutela cautelar solicitada por la parte actora”.
Para los magistrados, “el actor, en agosto de 2014, inició el trámite de habilitación comercio minorista de productos alimenticios en general, café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería en cuya carátula se consignó que la presente constancia no implica habilitación otorgada, de las constancias de autos surge que en marzo de 2015 solicitó una ampliación del rubro por el que pedía la habilitación para poder desarrollar la actividad teatro independiente sin que se haya acreditado en el sub lite que hubiera cumplido prima facie con algunas de las condiciones establecidas″.
“A ello se suma que, luego de inspecciones donde se le informaba sobre la falta de habilitación y posible clausura y de diversas presentaciones realizadas por el actor en sede administrativa (v. fs. 21), la inspección del 10 de mayo de 2015 consignó que en virtud de observarse un escenario en el sótano se realizó intimación en la cual la Dirección General de la Agencia Gubernamental de Fiscalización y Control libró el acta de intimación de la que surge que la actora deberá abstenerse de realizar show en vivo bajo apercibimiento de clausura hasta tanto obtenga habilitación o permiso para ello”, indicó el fallo.
Al respecto, los vocales concluyeron que “de las constancias obrantes en autos surge, con la provisoriedad propia que caracteriza a este estadio liminar del proceso, que el derecho esgrimido por la accionante no se presenta, en esta etapa inicial de la causa, como verosímil, por lo que -según lo arriba expuesto- alcanza para confirmar la sentencia dictada por la juez de grado”. (Diario judicial).

No era por abajo (de Palacio).

La Cámara del Trabajo confirmó una sentencia que hizo lugar a un reclamo del futbolista Rodrigo Palacio, quien buscaba percibir el 15% de lo que recibió su primer club, Huracán de Tres Arroyos, por la cesión de sus derechos económicos a Boca.
A poco de debutar en el primer equipo de Huracán de Tres Arroyos, Rodrigo Palacio ya era apodado “La joya”, no por casualidad, luego de un breve pase por Banfield, la mirada de un grande como Boca Juniors se posó en él y adquirió su pase.
En principio Huracán de Tres Arroyos se quedó con parte del pase. Posteriormente, cuando ya Palacio era figura indiscutible del club de La Ribera, el equipo del interior de la Provincia de Buenos Aires realizó, en favor del “xeneize” la cesión de los “derechos económicos” derivados de los derechos federativos.
Palacio, invocando las disposiciones del Convenio Colectivo de Trabajo 430/75, se presentó ante la Justicia Laboral a solicitar el 15% que le corresponde al futbolista por cada transferencia. Así se iniciaron los autos “Palacio, Rodrigo Sebastián c/ Club Atlético Huracán de Tres Arroyos y Otros s/ Reclamos- Asignación Convencional”
Al contestar demanda, Huracán negó que le adeudara sumas algunas. Explicó que en 2002 contrató con el Club Bella Vista de la Liga del Sur, la transferencia a prueba de Palacio, y luego, en 2003, le vendió parte del pase a Banfield (que luego lo transfirió a Boca). El club de Tres Arroyos detalló que por todas esas transferencias depositó en futbolistas argentinos agremiados el 15% referido.
El club agregó que, una vez finalizado el contrato de trabajo con Palacio, aquél conservó solo el 65% de los derechos económicos de futuras transferencias del actor, pero no conservó el contrato de trabajo, por lo que no le adeudaba suma alguna.
La sentencia de Primera Instancia entendió Huracán no podía ampararse en el convenio respecto por el cual sólo se quedaba con “los derechos económicos”, ya que este tipo de contratos “no pueden tener vida propia, como pretende la accionada - como si fueran títulos de crédito transferibles- ya que violan el orden público laboral, al afectar directamente los ingresos del jugador de futbol”.
El fallo del juez de primera Instancia dejó en claro que estos convenios “no se pueden oponer al futbolista, que es quien crea ese valor agregado en su juego que permite su transferencia, obteniendo los terceros un lucro sin participación de aquél que en realidad es quién crea el mayor valor”, por lo que hizo lugar al reclamo y condenó al club a pagarle 103 mil dólares.
La sentencia, posteriormente, fue confirmada por la Sala X de la Cámara del Trabajo, en un fallo que contó con las firmas de los jueces Daniel Stortini y Gregorio Corach, quienes coincidieron con el encuadre legal que se dio en la sentencia de grado.
Para la Alzada, era irrelevante el hecho de que, al momento en que se llevó a cabo la última transferencia el contrato que mantuviera Palacio con Huracán no se hallara vigente, “pues la transferencia de derechos federativos había sido parcial y, como tal, la obligación que se impone sobre ese negocio en el ya citado art. 9º del convenio de trabajo”.
Por lo tanto, esa cláusula “deviene nuevamente operativa respecto de esa porción de la operatoria por vía de lo dispuesto en el inciso 7º de la norma colectiva citada. Ello es así por cuanto el objeto de la cesión de derechos convenida en el acuerdo del día 9/08/2007 (en razón de su naturaleza) no hizo más que materializar un aspecto de la cesión parcial de los derechos federativos comprometidos, circunstancia que torna procedente el pago del adicional previsto”. (Diario Judicial).

Grandes valores

La Cámara del Trabajo dispuso que un restaurant indemnice por despido a dos bailarines de tango que participaban de los shows organizados por el local. El Tribunal consideró probado que “la accionada dirigía la actividad de los accionantes dentro del espectáculo artístico y musical que ella llevaba a cabo en dicho establecimiento”.
La Cámara del Trabajo consideró que existía vínculo de dependencia laboral entre dos bailarines de tango que eran parte de un espectáculo de “cena show” organizado por un restaurante y los dueños del establecimiento, y revocó el fallo de primera instancia que había rechazado la demanda.
La pareja de bailarines demandó a la sociedad que explotaba el establecimiento gastronómico y a su director, reclamando una indemnización por despido debido a la falta de registración laboral. Ambos denunciaron que tenían rutinas de baile tres días de la semana, en un show que duraba entre 45 minutos y una hora, con músicos en vivo, un cantante y la pareja de baile.
Los demandantes explicaron que se encargaban del maquillaje, del vestuario y también de las coreografías. Además, relataron que la elección de los temas era acordada con los músicos del lugar.
En la causa sólo se presentó la persona física demanda, ya que la jurídica quedó rebelde. El hombre negó la relación laboral con los actores, argumentando que los mismos confundían “el cargo de presidente de una sociedad anónima y sus funciones y potestades dentro de la empresa con en calidad de ‘dueño’”, y se defendió alegando su carácter de abogado y empresario “que no posee gente a su cargo y que solamente ejerció el cargo de presidente de la demandada hasta enero de 2008”.
La jueza de primera instancia consideró que en autos “Navalesi, María Laura y Otro c/ Les Bejart S.A. y Otro s/ Despido” entendió que los bailarines no tenían derecho a reclamo, por entender que los mismos “no estuvieron sujetos al poder de dirección de la demandada y que poseían su propia organización empresaria”.
Sin embargo, los jueces de la Sala V de la Alzada, Enrique Arias Gilbert y Oscar Zas, opinaron lo contrario. A su juicio, no estaba controvertido en el caso que la demandada “era una empresa dedicada a la explotación gastronómica que incluía espectáculos artísticos” y que, en ese contexto, resultaba claro que los servicios profesionales que prestaron los bailarines “estaban integrados a los medios personales y materiales de aquella para el logro de sus fines y dentro de su establecimiento”.
“Los espectáculos musicales consistían en shows de tango donde los actores participaban como bailarines, organizados enteramente por la empresa demandada”, detalló el fallo, haciendo referencia a uno de los testimonios brindados en el juicio.
Con esos elementos, los camaristas consideraron que se apreciaba “cabalmente la subordinación jurídica que existía entre las partes, donde la accionada dirigía la actividad de los accionantes dentro del espectáculo artístico y musical que ella llevaba a cabo en dicho establecimiento”.
En ese sentido, los magistrados agregaron que la circunstancia de que en el caso “los demandantes hayan prestado un servicio profesional -artístico- habilitaba la presunción del art. 23 de la L.C.T. y, ello así, porque la ley no distingue al respecto pero fundamentalmente porque no se dan circunstancias especiales para apartarse de tal premisa, toda vez que los trabajadores no realizaban los espectáculos a favor de clientes propios, ni surge que tuviera una organización artística propia, y su nivel remuneratorio no se corresponde con el de una pareja de bailarines de tango que pueda negociar sus propias condiciones en un pie de igualdad con el empresario con el que acuerda el servicio”.
Esas circunstancias llevaron a la Cámara a concluir que “las prestaciones de los accionantes eran efectuadas en forma personal y dentro del establecimiento de la accionada, es decir, que eran llevadas a cabo dentro de una organización empresaria ajena y que los mismos percibían a cambio una contraprestación que consistía en una suma fija relacionada con los días de actuación”. (Diario Judicial).

2015-12-27. Levantate y danza. Infantiles de Amani Zareen. 23.

2015-12-27. Levantate y danza. Grupo O´Bahía. 22.

2015-12-27. Levantate y danza. Moira y Leylak. 21.

Malvinas Argentinas: El turno de área de Promoción Industrial “El Triángulo”

En Malvinas Argentinas se impulsan iniciativas que incluyen a todas las localidades, incluido el Área de Promoción Industrial. Son operativos de obras, servicios y propuestas recreativas.
Más de 2.500 vecinos del Área de Promoción Industrial “El Triángulo”, ubicado entre los ramales Pilar y Campana de la Ruta Panamericana, en la zona noreste de Malvinas Argentinas, son testigos de estos programas y servicios que ofrece el municipio, incluso en las zonas que durante años fueron olvidadas.
A través de “El municipio en tu barrio”, se llevan a cabo operativos gratuitos de salud, mediante unidades sanitarias móviles a cargo de profesionales que realizan electrocardiogramas, vacunaciones y dan respuesta a consultas clínicas y pediátricas. Además, se ofrecen actividades deportivas, recreativas y culturales para toda la familia.
Por su parte, en el marco de una idea de descentralización de los servicios impulsada por el Intendente, desde la secretaría de Obras y Planificación Urbana, en coordinación con la secretaría de Servicios y las Unidades de Gestión Local, se impulsa el “Programa de veredas”, por medio del cual está prevista la construcción de 120 mil metros cuadrados de veredas con el objetivo de mejorar la circulación, el traslado peatonal de los vecinos y la calidad de vida de las familias.
En la misma dirección, desde la Secretaría de Servicios, el Municipio también realiza arreglo de plazas, bacheos, limpieza y barrido en los operativos, que se encuadran dentro de las iniciativas enfocadas en el embellecimiento del espacio público.

Katopodis dijo que los aumentos golpean al más humilde

El jefe comunal de San Martín, Gabriel Katopodis, opinó que las principales medidas del macrismo fueron a favor de los grupos concentrados.
El jefe comunal de San Martín, Gabriel Katopodis, opinó que el peronismo entra en una etapa natural e irreversible de renovación. Tras las elecciones, consideró que es menester hacer la autocritica de por qué se perdió en Nación y Provincia.
“Los intendentes debemos encarar este tiempo con un gran protagonismo, porque fuimos legitimados, tenemos demandas todos los días en nuestros municipios”, comentó.
Opinó que será tarea del peronismo: gobernar bien y luchar contra el desempleo, los despidos, la inflación, la inseguridad. “El peronismo dividido, pierde. Debe unificarse”, aseguró.
Por otro lado, opinó sobre la ruptura del bloque del FpV en la Cámara de Diputados: “No es nuevo que el peronismo tenga distintas líneas o corrientes, que después se resuelven en acuerdos o internas. Lo importante es que todos trabajemos para generar condiciones para un peronismo unido. Y ser garantes de todo lo que se hizo en estos años, las cosas buenas, y hacernos cargo de lo que debemos representar para los vecinos”.
En tanto, disparó contra las medidas que tomó el presidente Mauricio Macri. En ese sentido, dijo “las principales medidas fueron a favor de los grupos concentrados. Hubo muy pocas o ninguna decisión para recuperar el bolsillo del trabajador o la clase media”. En ese sentido, consideró exagerado el aumento de tarifas. “Entiendo que tienen que haber caminos en el medio. Debe haber gradualidad. No todas las medidas tienen que ser contra el bolsillo de los trabajadores. Se apuraron”, señaló.
Para Katopodis, los aumentos golpean al más humilde. “Desde el peronismo y como intendentes queremos ser voceros de esos sectores y exigir que se cuide el ingreso y poder adquisitivo de estos ciudadanos”, cerró. (Agencia La Provincia).

Intervienen el Sindicato de puertos y la navegación

La diputada nacional Gladys Esther González fue designada como interventora en el sindicato SOMU del histórico gremialista Ultra K "Caballo" Suarez
Fuentes judiciales informaron que la intervención de la entidad gremial más poderosa del ámbito portuario y navegación fue dispuesta por el juez federal Rodolfo Canicoba Corral "para evitar que se sigan cometiendo delitos desde la estructura del sindicato".
La decisión se adoptó en el marco de la causa en la que se acusa a Suárez de poner en peligro la seguridad de barcos y de entorpecer vías navegables.
El triunvirato de co-interventores además de González, diputada por la provincia de Buenos Aires con mandato hasta 2017, se completa con Jorge Carlos Alonso, del Ministerio de Trabajo de la Nación, y el abogado Santiago Viola.ð "Tendrán que administrar y poner orden en el SOMU y la Fundación Azul del sindicato, a la vez que buscar y entregar al juzgado documentos que son requeridos como medidas de prueba", añadieron las fuentes judiciales.
Suárez era secretario general del SOMU desde 1989, cuando habría mantenido vínculos con los militares "carapintadas", y alineó al gremio con los gobiernos de Carlos Menem, de Néstor Kirchner y de Cristina Fernández.
En junio último, la Sala Uno de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de Suárez, que había dictado en primera instancia Canicoba Corral, y le embargó sus bienes por cinco millones de pesos.
Los delitos atribuidos a Suárez, y sus colaboradores Rigoberto Reymundo Suárez Cardozo y Jorge Agustí­n Vargas, son poner en peligro la seguridad de barcos y entorpecimiento de vías navegables, en cuatro hechos cometidos en los puertos de Buenos Aires, Mar del Plata y otros. En uno de esos hechos, Suárez habría impedido al buque "Kota Lawa", de Singapur, obtener asistencia de dos remolcadores que tripulaban marineros del SOMU.
También fue acusado por haberle negado el servicio de remolque al buque "Anabisetia S" y su barcaza "Agedelta", ambos de bandera paraguaya, para ingresar al espigón de Terbassa, del Puerto de Buenos Aires.
Pero la imputación de la Fiscalía incluye la supuesta comisión de otros delitos -administración fraudulenta y coacción- en hechos que están siendo investigados por Canicoba Corral, agregaron las fuentes.
La denuncia original que dio origen a esta causa fue radicada por la Cámara Armadores de Lanchas de Prácticos (CALPRAC).
Para el juez Canicoba Corral, los gremialistas, "escudándose en su función de dirigentes sindicales, desarrollaron las acciones ilícitas que le fueran imputadas".
El magistrado agregó que los sindicalistas "desde hace años vendrían realizando por decisión conjunta" una serie de acciones "todas relacionadas con su labor gremial pero sin justificación, en perjuicio de diferentes empresas relacionadas con la navegación, en beneficio propio y no de los trabajadores que representan".
Una investigación del programa "Periodismo Para Todos" de Canal 13 denunció que "Caballo" Suárez habría usado material de la Isla Demarchi para un emprendimiento inmobiliario en Corrientes. (Diariohoy.net).

Chacomus: Gastón. “Fuimos elegidos para gestionar una mejor calidad de vida”.

Javier Gastón, el intendente de Chascomús, recibió en su despacho a Agencia de Noticias y Revista LA PROVINCIA ante quien dio cuenta de su arribo a la comuna, de la situación en la que encontró el distrito y de la relación que prevé mantener con Provincia y Nación.
En principio, el jefe comunal recordó que tanto su tíoabuelo como su padre fueron intendentes de Chascomús. “En mi casa siempre se habló de política”, reveló.
En tanto que a título personal, relató que “la introducción en la política fue una decisión familiar. Vengo de la docencia, soy maestro y profesor. Empecé en política de grande, tenía 32-33 años, primero formamos Unidad por Chascomús, de ahí construimos poder local, y hoy puedo ser intendente” y aclaró que en eso quebró la tradición familiar porque tanto su tíoabuelo como su papa fueron intendentes por el radicalismo.
Reseñando el escenario que encontró en el distrito, el mandatario municipal dio cuenta de una situación bastante complicada, con 35 millones de pesos en deuda, con fondos afectados que se utilizaron, no se recuperaron y quedaron para esta gestión, deudas con sindicatos y organizaciones sociales.
“Más allá de eso lo más lamentable es la deuda interna que se fue generando en todos estos años”, sostuvo y describió que la infraestructura urbana no está a la altura de las circunstancias, no hay una buena provisión de agua potable, las cloacas cubren el 50% de la planta urbana, los ingresos a la ciudad están deteriorados, no hay drenaje de agua se generan anegamientos ante una mínima lluvia y el asfalto no cubre una parte importante de la ciudad.
Asimismo, reveló: “Lo que uno achaca a gestiones anteriores es que no hayan tenido la visión de soñar un Chascomús más integrado en la planificación urbana, que tengamos bolsones de ausencia del Estado que hay que recuperar ya, más temprano que tarde y hacia ello vamos para poder dotar a Chascomús de un ambiente amigable y que la gente local pueda disfrutar las potencialidades que tenemos, no sólo las naturales como la laguna o la costanera, sino las humanas que tenemos a lo largo y ancho de Chascomús”.
Finalizando el último tramo de la primera parte de la entrevista con nuestro medio, Javier Gastón se refirió a la relación que prevé mantener con Provincia y Nación. “Estamos recomenzando un diálogo a nivel institución que estaba totalmente quebrado entre municipio, Provincia y Nación y en eso la apertura y la predisposición de los funcionarios nacionales y provinciales es muy saludable, óptima y con esperanza de empezar a construir una vinculación que le sirva a la gente. Fuimos elegidos para gestionar una mejor calidad de vida para Chascomús”, resumió.

Malvinas Argentinas, en 45 días hábiles, nuevo circuito aeróbico.

Comenzaron las obras de un nuevo circuito aeróbico en el “campo de Rossi” de Villa de Mayo. El proyecto implica una vereda integral de 1500 mts en el perímetro del campo, con circuito aeróbico, espacio para la circulación de bicicletas y la delimitación con un cerco de la parte privada del espacio.
Se iniciaron las obras del llamado “campo de Rossi” de Villa de Mayo. El predio, que está delimitado por las calles Eva Perón, Oncativo, Congresales y Perdriel, contará con una vereda integral que recorrerá el perímetro del campo y contará con un circuito aeróbico, un espacio para quienes vayan en bicicleta y un cerco que dividirá la parte pública de la privada.
Walter Pereyra, secretario de Obras Públicas agregó los detalles de proyecto: “La vereda va a ser de tipo asfáltica y va a contar con 3 colores identificativos para que el vecino pueda venir a caminar o el que quiera hacer un circuito aeróbico lo pueda llegar a hacer. Calculamos que en 45 días hábiles los vecinos va a poder disfrutar de un nuevo contexto”.
También, el delegado de la Unidad Local de Gestión (ULG) de Villa de Mayo Walter Marinelli señaló que durante años el “el campo fue sinónimo de mugre, por eso es una necesidad que tenían los vecinos, el intendente entiende estas demandas por eso ahora vamos a tener este corredor fabuloso, no solo para la gente de alrededor sino para toda la comunidad de Villa de Mayo".

La Plata: Cayó un árbol gigante y se extiende la crisis política.

Partió al medio un automóvil. Cayó en la zona del bosque, a pocos metros del jardín maternal de la UNLP. De milagro no fue tragedia. La gestión comunal quedó en la mira y se habla de varios cambios en el gabinete
Ayer, cuatro días después de que volcara el histórico trencito de la República de Niños, provocando una veintena de heridos, cayó un árbol gigante en otro de los paseos tradicionales de nuestra ciudad: el bosque platense.
Sólo de milagro no hubo que lamentar una tragedia. El árbol cayó sobre un auto Fiat Uno, al que prácticamente partió al medio. A pocos metros del lugar está el jardín maternal de la Universidad Nacional de La Plata, donde asisten bebés de 6 meses a 2 años. De hecho, muy cerca del ejemplar caído, había un grupo de 40 padres que estaban esperando por ingresar al lugar dado que, en el predio de la UNLP, se estaba realizando la llamada adaptación: los papás dejan unos minutos a sus hijitos con las docentes, para que se vayan acostumbrando a la guardería, y luego los tienen que retirar.
Lo ocurrido en la República de los Niños y en el bosque platense tiene muchos factores en común. Por un lado, una pesada herencia de la gestión anterior y la evidente impericia de varios funcionarios que, al no contar con formación técnico-profesional, no están en condiciones de garantizar mínimas condiciones de seguridad en los principales espacios recreativos de la ciudad.
Cabe destacar que el árbol cayó en una jornada con un sol resplandeciente y vientos extremadamente moderados. En otras palabras, se podría haber evitado en caso de haberse realizado un mínimo relevamiento del estado en que se encuentran los centenarios árboles del bosque.
Ante esta situación, las miradas apuntan al secretario de Espacios Públicos, Juan Ignacio Martínez Ayerra, que tiene a su cargo tanto la dirección de la República de los Niños como las tareas de arbolado. En esta última área puso como director al joven Manuel Arcoubi, de 27 años, que no tendría ningún antecedente en materia de parquizaciones ni en ingeniería forestal, demostrando una vez la falta la alarmante falta de profesionales competentes para desempeñar las tareas asignadas en el municipio.
Martínez Ayerra está caminando por la cuerda floja y hasta le habría presentado la renuncia al intendente Julio Garro, tras lo ocurrido con el trencito, y no fue aceptada. Igualmente, varios de sus colegas de gabinete le estarían pidiendo al jefe comunal que lo desplace o le quite atribuciones (se habla de que se desdoblaría la secretaría de Espacios Públicos) dado que no quieren quedar pegados en caso de que finalmente se produzca una tragedia en los tradicionales espacios públicos de la ciudad. Este tema, y otros más, formaron parte de una espesa reunión de gabinete, donde Garro habría exigido resultados concretos, ante el cumulo de errores y horrores que está mostrando la gestión comunal.
En esa reunión de gabinete, muchos funcionarios se mostraron asombrados de la actitud del presidente del Concejo Deliberante, Fernando “el tarjetero” Ponce, que habría actuado como si fuese el propio intendente, lo que muchos leyeron como una suerte de movida destituyente ya que sería el reemplazante de Garro ante una eventual ausencia o renuncia.

La realidad es que, más allá de sus aspiraciones, el peso político de Ponce es prácticamente nulo. Ninguno de los siete concejales del bloque oficialista le responde y también es muy cuestionado por sus vínculos con los negocios de la noche y las cooperativas de limpieza.

Posibles cambios de gabinete
Entre los posibles cambios en el gabinete municipal, se habla de una profunda reestructuración en el área de Control Urbano que abarcaría a segundas y tercera líneas. ¿El motivo? Empresarios de la ciudad habría hecho saber, con pruebas concretas, de supuestas acciones extorsivas de parte de personas de esa dependencia.
También se habla de cambios en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a cargo del abogado Ramiro Colombo, a quien le atribuyen responsabilidad por no haber podido solucionar el caos que se vive en la ciudad por las fallas sistemáticas de los semáforos.
Otro que está atravesando un momento complicado es el secretario de Gobierno, Nelson Marino. Amigo personal de Garro, se siente traicionado por el intendente dado que habría favorecido a gente del operador Fernando Rozas, en la mira por la estructura mafiosa que se montó en el mercado regional, en la repartija de cargos y cajas políticas.

Violencia de género y maquinitas
Martínez Ayerra fue candidato en la lista del Frente Renovador que llevó como precandidato a intendente a Javier Pacharotti, quien fuera presidente del Concejo Deliberante durante la era bruerista y fue acusado penalmente de violencia de género por su ex mujer.
Tras su poco feliz performance electoral, el actual Secretario de Espacio Públicos llegó a ese lugar de la mano de su referente político: Sergio Fernández, líder de la agrupación 28 de junio y actual titular del Hipódromo de La Plata (fue designado por el gobierno bonaerense a propuesta de Garro).
Fernández tendría, entre sus objetivo, instalar las infames tragamonedas en el centro hípico local. Las tragamonedas son maquinitas programas para hacer perder y que tienen efectos devastadores sobre la economía local.
El titular del Hipódromo integra a nivel provincial la línea política del controvertido ex intendente de Malvinas Argentinas, Jesús Cariglino, que cayó derrotado en las últimas elecciones y que tiene el triste privilegio de haber sido el único jefe comunal de la Provincia que terminó preso en pleno ejercicio de la función pública.

Ingenieros ofrecen colaboración
Ante la falta de formación técnico-profesional de varios funcionarios municipales, el Presidente del Colegio de Ingenieros de la Provincia- Distrito V, Gabriel Crespi, se puso a disposición de las autoridades municipales. Esta entidad había advertido el deplorable estado de las instalaciones de varios lugares de esparcimiento de la ciudad, especialmente en la República de los Niños por la falta de mantenimiento en las instalaciones mecánicas y electromecánicas que datan de más de medio siglo de vida.
“Ofrecemos desinteresadamente el trabajo del Colegio, ya que nuestro objetivo primordial es el bienestar de la sociedad, motivo para lo que este tipo de instituciones fueron creadas por Ley”, finalizó Crespi. (Diariohoy.net).

Otra deuda millonaria de Cristina

Todos recordarán el controvertido cambio de estatuas de Cristóbal Colón y de Juana Azurduy. El tema despertó debates, medidas judiciales, pero hasta el momento nadie había hablado de la enorme cantidad de dinero que implicaron los correspondientes traslados.

Cristina Kirchner dejó una deuda $47 millones por el traslado de ambas esculturas. Al respecto, el actual Gobierno de Mauricio Macri está revisando los convenios y aún no hay precisión de pago para las empresas que intervinieron a través de convenios con universidades nacionales.

Hace dos días se conocieron los primeros números de lo que resulta ser una frondosa deuda que dejó la ex presidenta. La empresa encargada de trasladar la escultura de Cristóbal Colón, que estuvo más de 90 años en el jardín de la Casa Rosada, y que colocó finalmente en su lugar la de Juana Azurduy, tuvo un costo cercano a los $45 millones. La mitad de ese valor se reclamó por medio de una carta, al gobierno de Mauricio Macri la semana pasada.

La discusión se reabrió en el marco de la visita del ministro italiano Matteo Renzi. La empresa NGN reclamó cerca de $20 millones que el gobierno kirchnerista no canceló antes de finalizar su gestión.

La deuda consta de tres puntos centrales: la construcción de la base para la estatua de Juana Azurduy, que demandó tres certificados de obra por $956.722, $492.185 y $1.032.824; el revestimiento de la base, que tuvo un costo de $973.114; y por último, la soldadura de bronce que demandó, el corte del monumento de Colón y traslado de la nueva estatua, que exigió dos certificaciones por $10.817.302 y $5.480.000, respectivamente.

Por el traslado de la estatua de Cristóbal Colón se adeudan $29 millones, y $18 millones por la colocación de Juana Azurduy. De esta manera, Cristina dejó impago $47 millones.

Mover la imagen del navegante Genovés demandó $80 millones, de los cuales $26 millones corresponden a un convenio firmado con la Facultad de Bellas Artes de La Plata y los $54 millones restantes, a la Secretaría de Obras Públicas que dependía de José López.

En tanto, la imagen de Azurduy completamente de bronce y de 9,5 metros de altura (que si se suma el pedestal llega a 16 metros), costó $45 millones trasladarla y fue a través de un convenio con la Universidad de San Martín. (Diariohoy.net).