La Justicia de Bahía Blanca admitió el desalojo iniciado por el Estado contra la esposa de un integrante de la Prefectura Naval Argentina que convive sola con sus cinco hijos en el inmueble.
En los autos "Estado Nacional PNA c/ G. M. B. s/ ley de desalojo", la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca admitió el desalojo iniciado por el Estado contra la esposa de un integrante de la Prefectura Naval Argentina que convive sola con sus cinco hijos en el inmueble.
El caso se inició luego que el ex esposo de la mujer demandada, miembro de la fuerza, notificó que se separó de hecho y se retiró del hogar. La mujer recibió una notificación que debía entregar la casa, en el plazo de seis meses, puesto que el inmueble estaba destinado para que lo habite el grupo familiar completo.
Los miembros del Tribunal sostuvieron que la demandada no puede convalidar una situación de hecho en desmedro del patrimonio del Estado, máxime cuando la Prefectura Naval Argentina requiere el mismo para continuar con el normal desarrollo de sus funciones y acredita que su requerimiento no resultó arbitrario ni intempestivo.
En esa línea, los camaristas explicaron que el padre de los menores aún presta servicios en la fuerza y, además, se encuentra garantizado con la intervención del Ministerio Publico de la Defensa, y específicamente el Defensor Público de Menores e Incapaces.
Los magistrados resaltaron que la custodia de los menores pertenece, en primera medida, a sus padres y no al Estado, por lo que no deberían verse afectados por el proceso de desalojo.
Los jueces rechazaron el argumento de la mujer que sostenía que la restitución del inmueble vulnera el interés superior del niño, ya que los progenitores no pudieron probar que se encuentren imposibilitados de poder brindar una vivienda alternativa a su familia.
Finalmente, los titulares de la Cámara resolvieron rechazar el recurso deducido por la defensa de la mujer y continuar con el proceso de desalojo. (Diario Judicial).
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