n medio de la crisis economía y suba inflacionaria, Kicillof modificará el Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública, para darles continuidad.
En un contexto de escalada inflacionaria que parece no tener techo, varias obras paralizadas por parte de las constructoras por falta de adecuación de precios, y el firme reclamo de los intendentes de todos los colores políticos, el Gobierno bonaerense decidió modificar el Régimen de Redeterminación de Precios de los Contratos de Obra Pública.
A través del decreto N° 995/22, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, aprobó un nuevo régimen de redeterminación de precios de los contratos de obras públicas regidas por la Ley N° 6021, que se adapta a la suba inflacionaria que en el último mes alcanzó el 7.4% y en el año lleva un acumulado del 46.2%.
La gestión de Kicillof decidió, en este contexto de suba de costos incontrolable, contener los reclamos relacionados con la obra pública, el caballo de batalla que utiliza para su carrera hacia la reelección, e implementó un nuevo sistema de índices de referencia a utilizar, vinculados a las cifras del INDEC o, excepcionalmente, de otros organismos oficiales especializados.
Desde hace algunos meses, los adjudicatarios y los intendentes bonaerenses le están solicitando a Kicillof la actualización de precios de obras que, en algunos casos como es el de La Ruta del Cereal, ante las dificultades de ese trámite burocrático, se ven parcialmente paralizadas.
“Se está haciendo muy largo el procedimiento y muchos intendentes estaban pidiendo que el mecanismo sea más rápido porque se genera un descalce de fondos”, admitieron desde el Ministerio de Infraestructura ante la consulta de Diputados Bonaerenses.
En ese sentido, fuentes cercanas al ministro Leonardo Nardini detallaron que con el nuevo decreto publicado hoy en el Boletín Oficial “se simplifican todos los trámites burocráticos, la cantidad de oficinas que intervienen para que lleguen la mayor cantidad de fondos posibles a los municipios”.
Antes, en cada etapa de una obra pública, las empresas debían certificar y esperar un circuito burocrático que se convertía en el cuello de botella que atrasaba los pagos, pero “ahora se simplifican todos los pasos, ni bien las adjudictarias presenten la certificación de una etapa tendrán acreditado automáticamente los montos que serán actualizados, además, por un valor de referencia técnico”, destacaron desde la cartera bonaerense de Infraestructura a este medio.
Básicamente, en un contexto de incertidumbre y bajo la necesidad de avance de las obras públicas, el ministro de Infraestructura bonaerense, firmó las modificaciones al Régimen de Redeterminación de Precios, “con el objeto de que resulte aún más ágil y dinámico” y de “mayor celeridad, economía y eficiencia al procedimiento de control de cálculos”.
Para eso, para eso el Ministerio de Infraestructura estableció estructuras de ponderación estandarizadas por tipo de obra, que son la fórmula base para la redeterminación de precios de la obra pública.
Asimismo, según establece la normativa, las nuevas estructuras de ponderación por tipo de obra deberán contener un listado con aquellos insumos y factores que tienen incidencia real en el precio total de la prestación u obra y que serán vitales para la redeterminación de precios.
Entre los cambios más significativos que se introducen en el régimen de predeterminación de precios es que el Ministro de Infraestructura podrá “establecer la Metodología de Redeterminación de Precios en los Contratos de Obra Pública, y dictar normas interpretativas, aclaratorias, complementarias y operativas necesarias” ante tantos cambios inflacionarios que sufre el país”.
Además, el decreto publicado hy aclara que en los casos casos de obras licitadas y a la entrada en vigencia del nuevo régimen que cuenten con inicio y avance de ejecución, los contratistas podrán solicitar adherirse a la nueva fórmula de redeterminación de precios.
En el supuesto de no adherirse, las actualizaciones de precios para las obras en ejecución “regirán por el sistema y la metodología de redeterminación de precios acordados en los respectivos contratos”.
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