Fue solicitado por la Comisión de Turismo. El ente había constatado que Costa del Sol instaló 235 unidades de sombra, cuando tenía autorizadas 100.
La Comisión de Turismo del Concejo Deliberante elevará un pedido de informe al Emtur para que de precisiones sobre el caso del balneario del norte que instaló más del doble de las carpas y sombrillas que tiene autorizadas por licitación.
El caso dado a conocer por 0223, salió a la luz a través de la Resolución 340/23 publicada a mediados de junio por el presidente del Emtur, Bernardo Martín, donde se dio cuenta que en inspecciones realizadas durante la última temporada, se constató que el balneario Costa del Sol instaló 135 unidades de sombra –entre carpas y sombrillas- más de las 100 permitidas. Por ello, la firma que explota la Unidad Turística Fiscal Playa Acevedo fue sancionada con $237.657 y se le aplicó un canon extra de $1.293.100, que se sumó al original de $1.083.470.
Durante el tratamiento del tema, este martes la concejala Verónica Lagos (Unión por la Patria) cuestionó los valores que afrontó la concesionaria. “No queda claro el criterio para establecer estos montos, teniendo en cuenta que según los valores relevados a inicios de la temporada, con que el concesionario hubiera alquilado siete sombrillas durante toda la temporada, pagaba el casi millón y medio impuesto entre multa y el canon extra”, afirmó.
Según la información disponible previa a la temporada de verano, el balneario puso en alquiler de diciembre a marzo una carpa por el valor de $290.000 sin IVA y de una sombrilla por $150.000 sin IVA. En rigor, y aplicando el IVA, el alquiler de ocho sombrillas y media hubiera significado el $1,5 millón abonado por el balneario, o pocos menos de cuatro carpas y media con IVA.
Ante ese escenario, Lagos advirtió que “se corre el riesgo que no importe vulnerar el pliego de licitaciones y estar en infracción, si en definitiva resulta no tan gravoso la vulneración a esos máximos permitidos”.
Así entonces y en base a un proyecto de UP, la Comisión de Turismo acordó consultar al Emtur sobre cuál es el parámetro utilizado para determinar el monto de la multa aplicada y del aumento extra del canon; de las unidades de sombra de sobra excedentes, cuántas corresponden a carpas y sombrillas; y si hay otra UTF que haya sido encontrada en infracción. (0223).
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