Después de casi veinte años, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró "inconstitucional" a varias normas de la ley 11.757 que regula el empleo municipal y "su consecuente inaplicabilidad". La lucha de la FeSiMuBo toma giros inesperados a pocos días de que la Cámara Diputados bonaerense proyecte cumplir con el gremio que lidera Rubén 'Cholo' García de "tratar la derogación" esa cuestionada legislación laboral. La sentencia del máximo Tribunal cambia el paradigma de la relación laboral entre Municipio y Trabajador comunal instaurado en nuestro país durante la década de los años '90.
A 18 años de la sanción y aplicación de la ley 11.757 (Estatuto para el personal de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires), la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, resolvió "declarar la inconstitucionalidad de varias normas de la ley 11.757 y su consecuente inaplicabilidad" -en principio- en el municipio que dio origen al proceso judicial.
El dictamen que trascendió el viernes y que buscará extenderse a todo el territorio bonaerense, restituye a los trabajadores "derechos adquiridos", y al municipio la tan mentada "autonomía municipal". Por otro lado, termina de darle la razón al reclamo de Rubén 'Cholo' García, secretario General de la FeSiMuBo, quién desde el primer momento, en que "propios y extraños" instauraban la cuestionada ley, el dirigente oriundo de Avellaneda presentaba ese año un pedido de "derogación" por considerarla que "sometía a los trabajadores a una precarización laboral", además de avasallar "la autonomía municipal". La persistencia de la lucha del gremio liderado por García comienza a tener sus logros y avizora la inminente derogación del ley que precarizó el empleo municipal.
LA SENTENCIA
La medida judicial fecha el 27 de agosto de 2014, es declarada de carácter "definitiva", lo que trabaría la posibilidad de una futura apelación.
La sentencia, consta de 85 páginas, y lleva la firma de los jueces: Dr. Héctor Negri; Dr. Daniel Fernando Soria, Dr. Eduardo Néstor de Lázzari, Dra. Hilda Kogan; y Dr. Eduardo Julio Pettigiani y corresponde a la causa I. 2021 caratulada "Municipalidad de San Isidro contra Provincia de Buenos Aires. Inconstitucionalidad ley 11.757".
La demanda contra la Provincia es por "colisionar e infringir la norma del art. 192 inc. 3º de la Constitución provincial y el principio de supremacía de la Constitución nacional en punto a la autonomía de los municipios (arts. 5, 31 y 123 de la Constitución nacional); ello, con la extensión y alcance que a tal declaración le confiere la doctrina legal de la Suprema Corte y lo especificado en el art. 688 del Código Procesal Civil y Comercial".
UNA HISTORIA DE LUCHA
El Estatuto para el personal de las municipalidades de la provincia de Buenos Aires (Ley 11.757) fue sancionada en la Legislatura provincial en diciembre de 1995 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 11 de enero de 1996, y publicada en el Boletín Oficial el 2 de febrero de ese mismo año. Esta nueva legislación, de corte neoliberal, tuvo como eslogan “flexibilizar las relaciones laborales”; y terminó dilapidando las garantías laborales básicas del sector. Brindó a la patronal -los intendentes- las herramientas para disponer a su conveniencia la suerte del empleado comunal, además de deteriorar salarios y condiciones laborales del sector.
Ese su sanción, la norma provincial tuvo la oposición de algunos gremios municipales que expresaron su negativa a la aplicación por considerarla "nociva para el trabajador" y "violentaba la autonomía municipal". Fue el caso del Sindicato de Trabajadores Municipales de Avellaneda (STMA) encabezado por Rubén 'Cholo' García quién presentó un proyecto en la Legislatura declarándolo 'inconstitucional' y pidiendo la derogación "para retornar a las anteriores ordenanzas que resguardaban las condiciones laborales".
El gremio conducido por 'Cholo', sentó en ese momento las primeras bases de oposición a dicho Estatuto, pero el movimiento obrero en su conjunto, incluido el municipal, estaría signado a perder poco a poco gran parte de las conquistas laborales obtenidas a lo largo de los años.
Una década más tarde, hacia 2006, con García convertido en Diputado Provincial, y en el marco de una fuerte restitución de las garantías laborales para todos los gremios del país a partir del 2003, el líder de los municipales vuelve a presentar un proyecto con la intención de devolver, al igual que lograron el resto de las actividades, las "garantías laborales para los municipales". Pese a la insistencia, el la iniciativa parlamentaria no obtuvo apoyo de los legisladores, en gran parte por las fuertes presiones de los intendentes que traccionaron para que el expediente sucumbiera en algún archivo de la Legislatura".
Desde el 2012, la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FeSiMubo), liderado por el 'Cholo' García, comenzó una campaña provincial que incluyó reuniones con: autoridades del gobierno provincial, diputados, intendentes, concejales, además de realizar centenares de asambleas regionales con trabajadores y dirigentes del sector para impulsar la derogación de la 11.757.
El plan de lucha llevado adelante por la FeSiMuBo sumó también diversas medidas de fuerza: marchas a la legislatura y al ministerio de Trabajo, corte de la Avenida 9 de julio, e incluso denuncias ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por "cumplimiento del Convenio 154 de la OIT", ratificado en su momento por nuestro país.
El 13 de agosto pasado, encabezados por el presidente de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, Horacio González, los titulares de todos los Bloques políticos se comprometieron con los dirigentes sindicales de la FeSiMuBo en "avanzar en el proyecto de paritarias para trabajadores del sector y derogación del actual marco normativo que regula la actividad". Así lo dio a conocer en un comunicado de prensa el presidente de la Cámara Baja provincial y ratificado minutos más tarde por el gremio liderado por García. Se confirmó además que el tratamiento del proyecto impulsado por la FeSiMuBo y presentado por el diputado Hernán Doval sería "en alguna de las dos sesiones correspondiente al mes de septiembre". Pero, al parecer, la Justicia dio el paso inicial y le declaró el acta de defunción a la cuestionada normativa.
Acceda abajo al fallo completo en formato PDF.
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