martes, junio 01, 2021

Rechazan la domiciliaria para un abogado condenado por abuso sexual de una niña.

 El juez de Ejecución Penal Marcelo Peluzzi rechazó el pedido de prisión domiciliaria del abogado Hugo Alfredo Spangenberg, condenado a diez años de prisión por abusar sexualmente de su sobrina, de siete años de edad.

Spangenberg fue detenido en setiembre de 2016 y pidió, a través de su abogado, Fabio Galante, la domiciliaria por razones de salud. El hombre padece una hernia inguinal por la que está siendo atendido en el Hospital Penitenciario de Ezeiza. Según el cómputo de la pena, cumplirá su condena el 4 de septiembre de 2026.

El juez de Ejecución Penal recordó que “la norma en análisis pone el foco en la circunstancia de la privación de la libertad y, a partir de ella, su relación con la eventual patología que una persona pueda llegar a presentar”.

Buen estado
Spangenberg “se encuentra en buen estado general de salud, lucido, vigil, orientado en tiempo y espacio, deambula por sus propios medios. Buena mecánica ventilatoria, sin signos de falla de bomba, hemodinámicamente compensado. No presenta patologías de relevancia, evaluado periódicamente por este servicio, habiendo cursado patologías banales resueltas oportunamente”.

“Presenta como antecedentes de importancia una eventración abdominal vs hernia inguinal derecha gigante no complicada. Ambas patologías son benignas y de resolución quirúrgica”, añade el informe médico del Servicio Penitenciario. El abogado fue condenado por un tribunal oral integrado por Diego Barroetaveña, Horacio Barberis y Liliana Barrionuevo.

En 2016, seis años después de la condena, la Corte Suprema la dejó y consolidó la figura del “abuso sexual doblemente agravado por haber configurado un sometimiento gravemente ultrajante para la víctima y por haber sido cometido por el encargado de la guarda, en concurso ideal con el de corrupción de menores doblemente agravado por haber sido cometido contra una menor de 13 años y por el encargado de la guarda”.

Las conductas del condenado para con la víctima “se venía desarrollando desde que la menor había nacido, puesto que familias de ambos protagonistas se frecuentaban asiduamente».

Fuente: Noticias Argentinas

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