(168 Horas). En cada elección la prensa y la opinión pública se concentran generalmente en lo que está en juego a nivel nacional pero pocos saben como se elige un concejal, cuyo cálculo es muy distinto al que se utiliza a nivel nacional.
La Ley 5109, Ley Electoral de la Provincia de Buenos Aires, lo explica claramente en su capítulo XVI. Aquí el texto:
DEL COCIENTE ELECTORAL
Art. 109 - Hecha la suma general de los votos computados de cada Sección o Distrito Electoral y las del número de sufragios que haya obtenido cada una de las boletas de los partidos o candidatos, clasificando éstas según la denominación con que fueron oficializadas, la Junta Electoral procederá del modo y en el orden siguiente:
Dividirá el número total de sufragios por el número de candidatos que corresponde elegir, según la convocatoria. El cociente de esta operación será el cociente electoral;
Dividirá por el cociente electoral el número de votos obtenidos por cada lista, los nuevos cociente indicarán los números de candidatos que resulten electos en cada lista.
Las listas cuyos votos no alcancen el cociente carecerán de representación;
Si la suma de todos los cocientes no alcanzase el número total de representantes que comprenden la convocatoria, se adjudicará un candidato más a cada una de las listas cuya división por el cociente electoral haya arrojado mayor residuo, hasta completar la representación con los candidatos de la lista que obtuvo mayor número de sufragios en la elección. En caso de residuos iguales, se adjudicará el candidato al partido que hubiere obtenido mayoría de sufragios.
Para determinar el cociente no se computarán los votos en blanco y anulados.
Art. 110 - Cuando ningún partido político llegare al cociente electoral, se tomará como base el cincuenta (50) por ciento del mismo, a los efectos de adjudicar la representación.
No lográndose el mismo, se disminuirá en otro cincuenta (50) por ciento, y así sucesivamente hasta alcanzar el cociente que permita la adjudicación total de las representaciones.
Si la cantidad de partidos políticos que alcanzaren el cociente electoral fuera superior al de bancas a distribuir éstas les serán adjudicadas a los que hubieren obtenido mayor numero de sufragios.
martes, junio 30, 2009
¿Cómo se elige un concejal?
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