La Procuradora General de la Nación dictaminó que son constitucionales los mecanismos de regulación cambiaria que realiza el Banco Central de la República Argentina. Los detalles del dictamen.
Alejandra Gils Carbó, procuradora General de la Nación, dictaminó que son constitucionales los mecanismos de regulación cambiaria que realiza el Banco Central de la República Argentina.
Se trata de la causa “Moyano Nores, José Manuel c/EN – AFIP” donde la sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una sentencia de primera instancia que rechazó una acción de amparo entablada contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
“La actividad cambiaria está caracterizada por su complejidad, dinamismo, y tecnicismo. La naturaleza esencialmente dinámica de la actividad financiera, monetaria y cambiaria, así como también la especialidad técnica de la materia, han llevado a atribuir al BCRA amplias facultades regulatorias de esas actividades”, explica la procuradora en el dictamen.
Gils Carbó detalla también que “en efecto, se requiere un organismo que pueda responder en forma ágil y eficiente a la dinámica cambiante y a la complejidad de la actividad financiera y cambiaria. Ello ha llevado a nuestro ordenamiento jurídico y a los del derecho comparado a atribuir a los bancos centrales amplias atribuciones”.
Para quien inició la demanda el BCRA “carece de facultades para dictar la comunicación “A” 5318” pero la Procuradora General no lo entendió así. El BCRA dictó la comunicación “en ejercicio del poder de policía cambiario y, más específicamente, de las atribuciones previstas en los artículos 4, incisos b, d, f, g, y h, y 29 de la Carta Orgánica”.
“Los fines concretos perseguidos por la comunicación aquí impugnada son administrar los flujos y los usos de las divisas extranjeras a los efectos de contrarrestar los efectos negativos de la crisis internacional y a fin de priorizar las aplicaciones de las divisas que se vinculan más directamente con la satisfacción del bienestar general de la población”, concluyó.
Así, la Procuradora General recomendó rechazar el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada. (Diario Judicial).
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