Los distintos prestadores deberán otorgar facilidades a los usuarios para pagar las deudas de las tarifas contraídas en la cuarentena.
El Ministerio de Economía informó que las deudas de servicios contraídos en la pandemia se podrán pagar en cuotas. Los distintos prestadores deberán otorgar facilidades a los usuarios para pagar las deudas de las tarifas contraídas en la cuarentena.
El plan de facilidades tendrá que tener 30 cuotas iguales para poder pagar los atrasos, y sólo en caso de que no haya pago, o por mora de tres cuotas consecutivas o seis alternas se podrá proceder a cortar el servicio.
Los planes de facilidades para residenciales tendrán una tasa de interés que no podrá superar el 50% de la tasa pasiva nominal anual del Banco Nación. Esta tasa se aplica para operaciones de depósitos a plazo fijo tradicional a 30 días.
Por otro lado, los planes de pago para no residenciales no podrán exceder la tasa del 50% de la tasa activa nominal anual de cartera general a 30 días del Banco Nación.
Estos son, los monotributistas cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos veces el Salario Mínimo; quienes esté inscriptos en el Régimen de Monotributo Social; y entidades que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos.
También personas exentas en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza; beneficiarios de Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo; quienes cobran seguro de desempleo; usuarios en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
Además, aquellos beneficiarios de Pensiones no Contributivas que reciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo; PyMES, Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES y Instituciones de salud, públicas y privadas afectadas.
Y finalmente se incluye a jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos.
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