La querella del ex ministro de Economía Alfonso Prat Gay pidió hoy condenar al ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray a doce años de prisión por presunta instigación al falso testimonio agravado y violación de secreto, a raíz de una falsa denuncia que lo vinculó con una asociación ilícita y evasión.
Por su parte la fiscal ante el Tribunal Oral Federal 4, Dafne Palopoli, pidió que se condene a Ricardo Echegaray a dos años de prisión en suspenso por presunta "violación de secreto y abuso de autoridad", al considerar que no hay pruebas para considerarlo culpable de "instigar" la falsa denuncia.
La fiscalía reclamó la pena más dura, 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, para uno de los ex subordinados de Echegaray, Horacio Curien.
El abogado de Alfonso Prat Gay, Alejandro Carrió, abrió la jornada de alegatos al solicitar que se encuentre culpable a Echegaray por supuesta "instigación al falso testimonio en concurso real con violación de secretos y abuso de autoridad" con "inhabilitación absoluta" por el término de la condena para ejercer cargos públicos.
Lo hizo al término de un alegato final donde pidió diez años de condena por supuesto "falso testimonio agravado" para otros dos funcionarios del organismo recaudador, Pedro Roveda y Horacio Curien por los hechos ocurridos en el 2014.
La querella pidió el máximo de las penas que prevé cada delito en la etapa final del juicio oral al que son sometidos a raíz de una denuncia del ex diputado y ex funcionario Alfonso Prat Gay por haberlo vinculado falsamente a una presunta asociación ilícita dedicada a facilitar el encubrimiento de cuentas en el exterior.
Además, hizo pedidos de pena subsidiarios en caso que el Tribunal no encuentre culpable a Echegaray por todos los delitos: reclamó cuatro años si se lo condena por abuso de autoridad y violación de secreto y dos para el caso de que sólo reciba pena por este último delito.
Echegaray "era claramente la máxima autoridad en materia tributaria con más poder en la Argentina", sostuvo Carrió, y criticó la "utilización del Poder Judicial para realizar una falsa denuncia".
Prat Gay era apoderado de la fallecida Amalia Lacroze de Fortabat y se lo ligó a una cuenta en Suiza que según la denuncia de AFIP en ese momento, no habría sido declarada por la empresaria.
"El daño producido a Prat Gay, persona pública, es notorio", consideró el abogado Carrió, y remarcó que tanto él como la nieta de Lacroze de Fortabat, Amalia Amoedo, fueron sobreseídos en la causa iniciada al respecto.
"Los acusados eran funcionarios públicos de la absoluta y máxima jerarquía. Eran las personas que tuvieron intervención en todo el desarrollo de este proceso que concluye con la radicación de la falsa denuncia", agregó.
Prat Gay era una "figura pública identificada con la oposición" y por eso lo eligieron "como el primer ejemplo de una plataforma facilitadora. Fue un acto de venganza contra una persona que les resultaba molesta en ese momento", sostuvo el letrado.
Al finalizar el alegato de la querella fue el turno de la fiscal general de Investigaciones Administrativas, Palopoli, quien interviene en el juicio.
La fiscal postuló condenar a Echegaray a dos años de prisión en suspenso, una pena de 3 años y seis meses de cárcel efectiva para su ex subordinado Curien con ocho años de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Además requirió la absolución de Roveda.
A la hora de explicar la diferencia con el pedido de pena a Echegaray respecto de la querella, la fiscal sostuvo que aplicó el "beneficio de la duda" en el delito de instigación a falsa denuncia.
A Echegaray "no se le vio la mano" porque no firmó la denuncia contra Prat Gay presentada ante la Justicia.
A acusarlo por los otros delitos sostuvo que "no se puede permitir que una persona tire el aparato del Estado contra otra persona, no se pueden armar causas. Es impensable".
Echegaray es juzgado en este caso y también en el que investiga si la AFIP otorgó de manera irregular planes de pago del impuesto a los combustibles líquidos a la petrolera Oil Combustibles, de los detenidos empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa. (Telám).
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