martes, marzo 18, 2014

LO PRESENTÓ CARLOS HELLER, PRESIDENTE DE CREDICOOP. Nuevo proyecto de Ley de Entidades Financieras.

El Frente Nuevo Encuentro, que encabeza el diputado y presidente del Banco Credicoop, Carlos Heller, presentó junto a otros aliados del gobierno en la Cámara de Diputados una nueva versión del proyecto de ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social.

El mencionado frente kirchnerista presentó en la Cámara de Diputados una nueva versión del proyecto de nueva ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social, cuyo objetivo es derogar la norma 21.526 de Entidades Financieras dictada durante la dictadura militar, en 1977, con el impulso del entonces ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz. 

La iniciativa toma en cuenta los avances producidos con la reciente reforma de la Carta Orgánica del Banco Central: “La reforma establece lo que el Banco Central podrá hacer, pero con la Ley de Entidades Financieras se define con mucha precisión lo que los bancos deberán hacer”, dijo al periodismo el diputado y titular del Credicoop, Carlos Heller. 

El nuevo proyecto contempla que la mitad de la cartera de préstamos de los bancos deberá estar compuesta por créditos a micro, pequeñas y medianas empresas y por líneas hipotecarias. 

El proyecto ya había sido presentado en 2010, generando un acalorado debate en torno de la definición de la actividad bancaria como un servicio público, lo que denotaba el perfil que debería tener el sector, pero la versión ahora remozada elimina este concepto para hablar de una actividad de “interés público”. 

“Las leyes también tienen un sentido de lo temporal y, cuando vemos que el Estado, en temas trascendentes como la regulación de la producción de Papel Prensa o en el tema de hidrocarburos, utiliza el concepto de interés público, nos parece que alinearnos con ese concepto lo hace más compatible con los proyectos que se impulsan desde el Ejecutivo y no pretende ir más allá”, explicó Heller. 

La diferencia no es menor: mientras que un servicio público lo presta el Estado, aunque pueda concesionarlo a privados, el “servicio de interés público” se define entre privados, pero es regulado por el Estado. (Empresas News).

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