El Tribunal Federal Oral de General Roca rechazó el pedido de prisión domiciliaria de un recluso que tiene cinco hijos a su cargo. Los jueces resaltaron que presentó los mismos argumentos con que le habían negado el beneficio en un primer momento.
En los autos ”Incidente de Prisión Domiciliaria de Fidalgo, Fernando Julián s/ infracción Ley 23.737”, la defensa de un recluso solicitó el beneficio de prisión domiciliaria, semi – prisión o cualquier alternativa que permita atender la situación particular de su defendido.
El abogado expresó que el condenado, si bien posee antecedentes penales, tiene a su cargo cinco hijos, los cuales dependen económicamente de él y, además, tiene empleados a cargo en sus locales comerciales.
En un primer momento, la Fiscal General rechazó el pedido ya que el fallo se encuentra firme en virtud de lo resuelto por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado.
Ante ello, los integrantes del Tribunal sostuvieron que el condenado no reúne los requisitos objetivos establecido en el inciso a del art. 10 del Código Penal, y de los incisos a y bdel art. 30, como tampoco las pautas objetivas del art. 35 de la Ley 24.660. Por lo tanto, adelantaron que coinciden con la resolución de la fiscal.
En ese sentido, los magistrados explicaron que "los planteos introducidos en su presentación son una reedición de aquéllos realizados ante el Tribunal en la etapa de juicio al formular los alegatos de clausura, y, posteriormente, ante la Cámara Federal de Casación Penal al interponer el respectivo recurso de casación, sin atender que los mismos fueron rechazados en ambas instancias".
Por ello, los camaristas resolvieron rechazar la solicitud de prisión domiciliaria y prisión discontinua en favor del detenido. (Diario Judicial).
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