viernes, marzo 18, 2022

Con proporción hay legítima defensa

 

La Cámara del Crimen revocó el procesamiento y sobreseyó a un comisario imputado por matar de un disparo a un hombre que en principio lo amenazó con un arma de fuego a él y su pareja. "El defensor está legitimado para emplear como medios defensivos los medios objetivamente eficaces que permitan esperar con seguridad la eliminación del peligro" afirmaron los jueces.

En autos "L., J. F. s/procesamiento", la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó -por mayoría- la sentencia de grado y ordenó el sobreseimiento de J. F. L por mediar una causa de justificación (art. 336, inciso 5°, CPPN).

J.F.L, oficial de la Comisaría Vecinal 3a de la Policía de la Ciudad, fue procesado en orden al delito de homicidio agravado por su comisión con un arma de fuego y trabó un embargo sobre sus bienes por la suma de $2.121.500. El imputado le causó la muerte a un hombre que, junto a un cómplice, lo atacaron con arma de fuego junto a su pareja.

Magdalena Laíño y Pablo Guillermo Lucero revocaron la resolución recurrida y sobreseyeron al imputado por mediar una causa de justificación (artículo 336, inciso 5º del Código Procesal Penal de la Nación).

Los jueces que votaron por sobreseer al acusado indicaron que "el medio que empleó L. para rechazar la agresión era racionalmente adecuado, característica que “depende (…) de la magnitud del peligro que corre el bien jurídico que se intenta defender, de las posibilidades de efectividad en el caso concreto y de la eventual extensión de la agresión ilegítima a otros bienes jurídicos”.

"Se ha sostenido también que “el defensor (…) está legitimado para emplear como medios defensivos los medios objetivamente eficaces que permitan esperar con seguridad la eliminación del peligro. Por tanto, en primer lugar, la defensa ha de ser idónea” (ver precedente “M., P. s/ sobreseimiento” antes mencionado), presupuesto presente en este caso en razón de lo antes dicho" afirmaron los magistrados.

Ricardo Matías Pinto, en disidencia, votó por revocar el procesamiento y disponer la falta de mérito del imputado."Es prudente que se intente determinar la identidad del otro presunto autor del desapoderamiento tentado para evaluar si es posible conocer su versión de los hechos, como deberían ser identificados y convocados quienes podrían haber sido testigos del hecho, tal como se menciona en una de las diligencias que dispone la jueza en el auto impugnado" afirmó.

En esa línea concluyó que "de momento, no se presenta un supuesto de probabilidad en este sentido, ni de certeza negativa". (Diario Judicial).


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