JUNIN, Mayo 30, (PUNTO CERO) La medida fue solicitada por el fiscal Sergio Terrón para los empresarios que desobedecieron la orden de la Cámara de Apelación y Garantías que suspendió el cobro de 15 centavos adicionales por litro de combustible vendido. Además habrá multas por 2 mil pesos.
Continúa la polémica en Junín por el cobro de plus de playa que implementaron los propietarios de las estaciones de servicio para obtener mayor rentabilidad.
Esta vez, el fiscal Sergio Terrón solicitó el procesamiento penal de ocho empresarios que no acataron la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías de Junín, que ordenó a los empresarios suspender el cobro a los consumidores de los 15 centavos adicionales por cada litro de combustible vendido.
La medida es consecuencia de una investigación que lleva adelante el titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) Nº 5 en lo Correccional, por el presunto delito de desobediencia.
Sobre los propietarios de estaciones de servicio pesó, además, la elevación a $ 2.000 de una multa fijada por el juez en lo Correccional Jorge Cóppola, también por continuar cobrando el servicio de playa.
La denuncia por "desobediencia", prevista en el artículo 239 del Código Penal, había sido formulada por el abogado Pedro García de Palma, principal litigante de esta causa.
El letrado confirmó, por otra parte, que la Cámara de Apelación y Garantías de Junín rechazó un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que habían interpuesto los propietarios de las estaciones de servicios.La resolución tiene fecha del 24 de mayo último.
Continúa la polémica en Junín por el cobro de plus de playa que implementaron los propietarios de las estaciones de servicio para obtener mayor rentabilidad.
Esta vez, el fiscal Sergio Terrón solicitó el procesamiento penal de ocho empresarios que no acataron la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías de Junín, que ordenó a los empresarios suspender el cobro a los consumidores de los 15 centavos adicionales por cada litro de combustible vendido.
La medida es consecuencia de una investigación que lleva adelante el titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) Nº 5 en lo Correccional, por el presunto delito de desobediencia.
Sobre los propietarios de estaciones de servicio pesó, además, la elevación a $ 2.000 de una multa fijada por el juez en lo Correccional Jorge Cóppola, también por continuar cobrando el servicio de playa.
La denuncia por "desobediencia", prevista en el artículo 239 del Código Penal, había sido formulada por el abogado Pedro García de Palma, principal litigante de esta causa.
El letrado confirmó, por otra parte, que la Cámara de Apelación y Garantías de Junín rechazó un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley que habían interpuesto los propietarios de las estaciones de servicios.La resolución tiene fecha del 24 de mayo último.
El tribunal afirmó que "las decisiones jurisdiccionales en materia de medidas precautorias, como la que aquí se trata, no admiten el carácter de sentencia definitiva". Por lo tanto, no son pasibles de ser recurridas mediante el recurso intentado. (PUNTO CERO).
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