El Ministerio de Trabajo emitió una nota confirmando que los trabajadores inoculados no están dispensados de regresar a la oficinas.
A través de una nota, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, confirmó que los empleadores podrán exigir el retorno a la presencialidad de aquellos empleados que recibieron al menos la primera de la dosis de la vacuna contra el coronavirus, luego de que transcurrieran 14 días de la inoculación, con excepción de los trabajadores de la salud. En ese caso será luego de haber completado el esquema de vacunación. “La medida solo exceptúa a las personas incluidas en el artículo 3°, incisos V y VI de la Resolución N° 627/2020 del MINISTERIO DE SALUD, esto es, los trabajadores con inmunodeficiencias, oncológicos y/o trasplantados”, dice el documento.
De una interpretación de los decretos 241/2021 y 287/2021 y la Resolución 207/20 el ministro consideró: “La cual se dispensa del deber de asistencia al trabajo a los trabajadores y trabajadoras mayores de SESENTA (60) años, embarazadas y/o que se encuentren comprendidos en alguno de los grupos de riesgo definidos por la autoridad sanitaria, es complementada por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 4/2021, que regula la posibilidad de convocar a los trabajadores, incluidos los dispensados, debidamente vacunados que podrán retornar a sus actividades luego de transcurrido el tiempo considerado necesario para la inmunidad”.
En febrero último, el sector privado había pedido al Gobierno que aquellos empleados considerados población de riesgo por el coronavirus puedan volver a trabajar si se habían aplicado al menos una dosis de la vacuna.
Para los trabajadores de la salud, deberán tener aplicada las dos dosis para regresar a cumplir tareas.
Si bien el retorno a la presencialidad para estos casos había sido avalado por el Gobierno a principios de abril, con el dictado de las nuevas restricciones se generó nuevamente la duda en torno a la interpretación de la norma.
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