miércoles, diciembre 14, 2011

Regalo de Navidad en la Justicia porteña

Mediante una resolución, el Consejo de la Magistratura porteño dispuso un “suplemento extraordinario” de 2.500 pesos para los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial de Ciudad. El Tribunal Superior de Justicia quedó exceptuado.

Mediante la resolución presidencial 255 / 2011, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires dispuso un “suplemento extraordinario” para los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial porteño.

El texto de la resolución dispone el pago de un “suplemento extraordinario” de 2500 pesos por única vez a todos los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial. Asimismo, se aclara que el beneficio se hará efectivo en diciembre quedando excluido de percibirlo el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

También se dispone, en el artículo 1 de la resolución, la incorporación al salario básico –excluido el TSJ-, a partir de diciembre, de adicionales planteados en el Reglamento Interno. Aunque en el artículo 2 del mismo texto los artículos mencionados para incorporar los adicionales son derogados a partir del 1 de diciembre.

La resolución, fechada el pasado 30 de noviembre, se basa en un acta acuerdo firmada cinco días antes. En los considerandos se consigna que el Consejo y las entidades que representan a los trabajadores del Poder Judicial de la Ciudad “acordaron puntos tendientes a poner fin a los conflictos gremiales”.

La derogación de los artículos antes mencionados hace referencia a que en el acta acuerdo se menciona la incorporación de los conceptos “adicional incentivo al personal” y “adicional por función” por lo que se debe adecuar el Reglamento Interno.

Otro punto clarificado por esta resolución presidencia, que debe ser ratificada por el Plenario, es que se convocará a una mesa de diálogo laboral permanente entre el Consejo porteño y las entidades representativas de los trabajadores.

Estas modificaciones serán informadas al Ministerio Publico (sobre todo lo referente a los dos primeros artículos de la resolución) para que adecue su respectiva reglamentación interna. (Diario Judicial).

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