El “Programa de Infraestructura del Transporte, Movilidad y Accesibilidad” lanzado por el Ministerio de Obras Públicas fue oficializado mediante su publicación en el Boletín Oficial, para poner en marcha esta iniciativa que buscar revertir el deterioro de la red vial y fortalecer el sistema de transporte para “garantizar el aumento de los niveles de conectividad, seguridad y transitabilidad por parte de los diversos actores demandantes de movilidad en las principales áreas urbanass”.
El programa clasifica las intervenciones en cuatro categorías: corredores productivos; con servicios; de vulnerabilidad socio-ambiental y caminos de sirga destinados a la región metropolitana de Buenos Aires. De este modo, se implementarán trabajos de jerarquización de arterias urbanas, resolución de cruces ferroviarios, infraestructura para el transporte público e infraestructura para la movilidad activa no motorizada.
Entre los considerandos se precisa que más del 90 por ciento de la población reside en núcleos urbanos, “y es en las zonas periféricas de estos núcleos urbanos donde se dan los mayores niveles de conflictividad, exclusión, inseguridad y desigualdad en las condiciones de los desplazamientos”.
En ese sentido, puntualiza que la concentración de la población urbana se da manera desequilibrada pues mientras la mitad se concentra en las grandes áreas urbanas que superan el medio millón de habitantes, el 14 por ciento lo hace en ciudades de entre 100.000- 500.000 habitantes y un 7 por ciento en localidades que albergan entre 50.000 y 100.000 habitantes.
Según Obras Públicas esa demografía explica que como el crecimiento demográfico se basó en la expansión territorial de los núcleos urbanos por sobre la densificación de las zonas consolidadas, los niveles de ineficiencia en la gestión de servicios e infraestructura urbana se reflejan en “la creciente tasa de motorización y dependencia de los vehículos particulares en detrimento del transporte público y los modos activos”.
La resolución establece que la Secretaría de Obras Públicas fijará los montos máximos financiables para cada proyecto que se ejecute en el marco del programa que “cuando las características técnicas, las modalidades de ejecución, u otros motivos vinculados al proyecto a financiar, así lo justifiquen”, podrá introducir las modificaciones que pudieran resultar necesarias sobre los modelos aprobados”.
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