BUENOS AIRES, Diciembre 15, (PUNTO CERO-www.aquilanoticia.com) Polémica por una ley que exime de responsabilidades a los funcionarios municipales por la prescripción de deudas que los contribuyentes mantengan por el pago de tasas.
La ley promulgada por el Ejecutivo bonaerense establece que las comunas «podrán disponer la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas».
Declara «exentas de responsabilidad a las autoridades municipales que no hayan tomado las medidas necesarias para que los créditos municipales se encuentren alcanzados por la condonación que se autoriza, en la medida en que no se comprueben actos dolosos realizados al efecto».
En los fundamentos de la ley se explica que «la situación económica que atravesara el país en los últimos años tornó imposible la iniciación de ejecuciones de los conceptos adeudados por los contribuyentes municipales, derivando en la prescripción de las acciones de cobro de los mismos».
Y se precisa que «el mantenimiento de esta situación en el tiempo originó el incremento del activo municipal con créditos inejecutables e incobrables, implicando una sobrevaloración del mismo». Por eso, «a fin de corregir esta situación», se propone el dictado de una ley que «permita a los municipios condonar las deudas cuyas acciones se encontraren prescriptas».
La ley es cuestionada por los intendentes que tienen sus cuentas en orden y consideran que la Provincia debería, al menos, «premiar» a los jefes comunales que están esa situación.
En los fundamentos de la ley también se explica la razón por la cual se resolvió eximir de responsabilidad a las funcionarios municipales que no exigieron el cobro de las deudas prescriptas.
Se señala en ese sentido que «sin perjuicio que la falta de acción por parte de los funcionarios encargados del cobro de los tributos y multas municipales obedeció, en la mayoría de los casos, a razones de mérito y conveniencia para el conjunto de la sociedad, se entiende que resulta necesario limitar, con carácter excepcional, la responsabilidad de esos funcionarios por la prescripción de las acciones de cobro».
A lo que apunta la norma es, concretamente, a evitar que el Tribunal de Cuentas pueda multar a aquellos jefes comunales que dejaron prescribir esos tributos al no intimar a los contribuyentes.
Contra la ley se oyó la crítica del intendente de General Villegas, Gilberto Alegre, quien consideró que la norma es «absolutamente injusta con los que cumplen», ya que los jefes comunales que «dejaron prescribir deudas, no van a tener sanciones».
Tanto desde el gobierno bonaerense como de la Legislatura, consideraron que se trata de una medida «de gran seriedad de cara a los contribuyentes» que, al mismo tiempo, «aporta a la administración tributaria municipal, permitiendo concentrar esfuerzos en el cobro de la deuda exigible judicialmente». (PUNTO CERO-www.aquilanoticia.com).
No hay comentarios.:
Publicar un comentario