lunes, diciembre 11, 2006

BUENOS AIRES. Registro nacional de terapéutica vegetal. SENASA DICTÓ UNA NUEVA DISPOSICIÓN PARA IMPORTAR PRINCIPIOS ACTIVOS

BUENOS AIRES, Diciembre 12, (PUNTO CERO) El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), a través de la Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios (DAPFyV), dictó la disposición N° 2220/2006, que establece los requisitos que deberán cumplimentar los titulares de Principios Activos Grado Técnico de importación.
La normativa, publicada ayer en el Boletín Oficial, dispone que los mencionados titulares deberán cumplimentar los requisitos allí establecidos, tanto sea para uso propio del principio activo importado, o para terceros debidamente registrados.
La nueva normativa del Senasa reconoce como antecedente el decreto 1585/1996, modificado por su similar 680/2003 que estableció la responsabilidad de llevar el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal a la DAPFyV del Senasa.
Asimismo la disposición otorga 180 días de plazo para que los titulares de Principios Activos de importación, registrados previo a la disposición N° 2220/06, que hayan otorgado permisos o autorizaciones, se adecuen a lo establecido en ella. (PUNTO CERO).

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