viernes, julio 28, 2017

Ordenan aplicar una bonificación del 100% a electrodependientes


A través de una resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad publicada en el Boletín Oficial, entra en vigencia la gratuidad de tarifas del servicio eléctrico para el universo de pacientes que dependen de la energía para vivir. La medida es retroactiva al 26 de mayo.

El Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) reglamentó a través la resolución 292 la ley que aplicará la gratuidad de las tarifas de electricidad para aquellas personas que necesitan de ese servicio por cuestiones de salud. La decisión se tomó a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.

"Instruir a las empresas Edenor y Edesur a trasladar a los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, las bonificaciones establecidas (oportunamente) valorizando en cero cargos fijos y variables aplicables a sus consumos realizados a partir del 26 de mayo del año 2017, fecha de entrada en vigencia de la Ley N°27.351", apunta el texto oficial de la resolución.

Desde el Gobierno aclararon que aquellos que pagaron la tarifa desde el 26 de mayo con el beneficio anterior tendrán un crédito a favor que se les restituirá y que sólo regirá para usuarios de Edenor y Edesur. Luego cada provincia debe adherir a la ley y aplicarla en su propio distrito con sus distribuidoras.

El ENRE aclaró que la bonificación "deberá verse registrada en las Liquidaciones de Servicios Públicos, en línea separada bajo la leyenda Bonificación Ley N° 27.351". Esto debe reflejar "la diferencia que surge de la aplicación de los cargos fijos y variables valorizados en cero, respecto del monto que resultaría de la aplicación de la tarifa que le hubiera correspondido al usuario si no estuviera encuadrado en este régimen tarifario especial".

También, sostiene que quedará eximido del pago del derecho de conexión, de corresponder, "aquel suministro cuyo titular o uno de sus convivientes se encuentren registrados como electrodependientes por cuestiones de salud".

Además, precisa que el beneficio "se asignará a una única unidad habitacional por beneficiario, sea éste titular del servicio o conviviente, cuya demanda sea identificada como residencial, debiéndose acreditar asimismo que la unidad habitacional constituye la vivienda permanente del usuario inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud".

La ley 27.351 aprobó un régimen tarifario especial gratuito aplicable a los usuarios que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto, que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.

Lo que queda pendiente. La ley dispuso, también, que los electrodependientes deberán contar con una fuente alternativa de energía en caso de cortes de luz, que garantice la continuidad del servicio.

Es por eso que restan dos puntos aún para llevarle tranquilidad a los familiares de electrodependientes: la constitución de un registro nacional de pacientes electrodependientes, que depende del Ministerio de Salud, y la reglamentación de los equipos electrógenos necesarios.

Respecto a esto último, desde el Ministerio de Energía aclararon que es una responsabilidad de las distribuidoras de energía y que se sigue trabajando para reglamentar eso lo más pronto posible. (Inforegión).

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