La norma había sido aprobada por los concejales el año pasado, pero vetada por el entonces intendente Oscar Luciani. Esta versión amplía algunos objetivos y le quita el carácter vinculante a sus decisiones respecto al Ejecutivo. "Busca ser un espacio de deliberación con participación de la comunidad", explicó la concejala Carolina Francia.
En la sesión del Concejo Deliberante de este lunes volverá a tratarse una iniciativa aprobada el año pasado pero luego vetada por el intendente Oscar Luciani. Se trata de la creación de un Consejo Urbanístico Ambiental que busca establecerse como un espacio participativo para el abordaje de esas cuestiones, en un distrito donde la planificación territorial se mantiene como una deuda pendiente a pesar de la aprobación del Código de Ordenamiento Urbano (COU).
La iniciativa cuenta con dictamen de las Comisiones de Legislación y Urbanismo. “Hay acuerdo entre los diferentes sectores políticos para que salga por unanimidad”, expresó la concejala Carolina Francia, presidenta de Urbanismo.
La edil destacó que “la principal diferencia respecto a lo aprobado el año pasado tiene que ver con el carácter vinculante, ya que en su momento el Departamento Ejecutivo vetó toda la ordenanza porque en uno de los artículos se establecía el carácter vinculante de los dictámenes”.
Francia habló entonces de “un espacio de deliberación con participación de la comunidad”. Por otra parte, “hubo modificaciones vinculados a los objetivos, que se ampliaron, y a la Ley de Acceso Justo al Hábitat, en función de que sea un espacio de evaluación, análisis y debate de cuestiones urbanísticas y ambientales enmarcadas en esa ley y en la ley General del Ambiente”.
“El objetivo es construir consensos sobre el uso y administración del suelo. Un ámbito de análisis y debate sobre cómo debe crecer y proyectarse la ciudad y el partido en términos generales. Dentro de los objetivos aparece una parte propositiva con pautas de desarrollo. Y otros objetivos de evaluación. Probablemente este Consejo haga dictámenes para colaborar con las autoridades competentes del Ejecutivo en estos temas”, indicó Francia.
EL CONTENIDO
En cuanto a la composición del Consejo Urbanístico Ambiental, el proyecto de ordenanza establece un número amplio de miembros de acuerdo a diversas pertenencias. Respecto al marco institucional municipal, la norma fija la participación de tres integrantes del Departamento Ejecutivo y los miembros de la Comisión de Urbanismo del Concejo Deliberante.
Se agrega a un representante por cada organización no gubernamental con trayectoria en los temas abordados por el Consejo e integraciones individuales asociadas a núcleos profesionales de arquitectos, agrimensores, abogados, trabajadores sociales y martilleros.
También se prevé la incorporación de los diferentes espacios que dentro de la Universidad Nacional de Luján abordan temáticas relacionadas, al tiempo que extiende la invitación a un integrante de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires. Y por último, referencias sectoriales como productores agropecuarios, comerciantes, organización sindical y bomberos.
De todos modos, se aclara que el listado incluido en la ordenanza “no tendrá carácter de excluyente, por lo que toda organización y/o vecino/a que comunique formalmente su interés en participar del Consejo Urbanístico Ambiental, podrá hacerlo de pleno derecho”.
En el apartado dedicado a repasar los objetivos específicos, el proyecto enumera la posibilidad de “proponer pautas para el desarrollo urbano ambiental tendientes a establecer líneas de sustentabilidad, igualdad y cohesión del tejido social del Partido de Luján”, además de “promover la creación de los programas e instrumentos que la Ley de Acceso Justo al Hábitat propone para apoyar las iniciativas de autogestión popular, instrumentos con capacidad operacional y de conducción de los procesos territoriales, y dispositivos fiscales y extra fiscales para la obtención de recursos”.
Se incluye la búsqueda de instrumentos que favorezcan la participación ciudadana en procesos que hasta el momento se desarrollan puertas adentro, con mecanismos que en ocasiones pecan de falta de trasparencia.
Respecto al COU, se piensa al Consejo Urbanístico Ambiental como un espacio destinado a la revisión de instrumentos para avanzar o no en modificaciones de la norma que define los usos posibles del suelo dentro del partido.
Este encuadre general suma entre las funciones futuras del Consejo “dictaminar sobre eventuales propuestas de adecuación y/o modificación total o parcial al Código de Ordenamiento Urbano del Partido de Luján, incluida cualquier rezonificación y/o modificación de fichas técnicas y/o cuadro de usos, etcétera”. Como así también “evaluar y dictaminar sobre nuevos emprendimientos urbanísticos que sean elevados al Concejo Deliberante por el Departamento Ejecutivo”.
De igual modo, el proyecto otorga potestad al organismo para “intervenir con su dictamen en todo asunto que suponga impactos significativos en el desarrollo urbano ambiental del Partido de Luján, por iniciativa propia o a pedido de otras instituciones y/u organismos del Estado”.
Se habla, además, de “incentivar la utilización de energías renovables en espacios y edificios públicos, comerciales, pymes, micro emprendimientos productivos, y otras organizaciones sociales; y promover con ellas, desde una perspectiva ambiental, la mejora de la calidad de vida de la población. En esa dirección, promover la difusión y conocimiento de las energías renovables”. (El Civismo).
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