SAN MARTIN, Abril 27, (PUNTO CERO) La subsecretaria de Obras Públicas del municipio de General San Martín, Ema Rosanó, encabezó la entrega de 46 títulos de “Bien de Familia”, en un acto también presenciado por el director de Arquitectura y Vivienda de la comuna, Hernán Giaccio, y Daniel Manfredo, referente durante el encuentro del Registro de la Propiedad de la provincia.
Desde que empezó este programa se llevan realizados más de 10 mil trámites en toda la provincia: el 30% corresponde a San Martín, la comuna que mayor cantidad de trámites presentó.
Una vez entregados los títulos, la funcionaria especificó que el trabajo desarrollado por San Martín en este sentido, “involucra muchos beneficios para la gente, toda vez que genera serenidad en lo vinculado con la protección del inmueble que sirve de sustento familiar”.
La inscripción a través de la comuna surgió a partir de la firma de un convenio entre la Municipalidad y el Registro provincial de la Propiedad. Dicho acuerdo establece que el Municipio es el órgano responsable de recibir la documentación necesaria para la afectación al régimen de Bien de Familia de los inmuebles comprendidos en su jurisdicción.
Desde que empezó este programa se llevan realizados más de 10 mil trámites en toda la provincia: el 30% corresponde a San Martín, la comuna que mayor cantidad de trámites presentó.
Una vez entregados los títulos, la funcionaria especificó que el trabajo desarrollado por San Martín en este sentido, “involucra muchos beneficios para la gente, toda vez que genera serenidad en lo vinculado con la protección del inmueble que sirve de sustento familiar”.
La inscripción a través de la comuna surgió a partir de la firma de un convenio entre la Municipalidad y el Registro provincial de la Propiedad. Dicho acuerdo establece que el Municipio es el órgano responsable de recibir la documentación necesaria para la afectación al régimen de Bien de Familia de los inmuebles comprendidos en su jurisdicción.
Con este instrumento se protege la vivienda, garantizando que no sea ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción. De ese modo, brinda al propietario una protección patrimonial del inmueble. (PUNTO CERO).
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