LA PLATA, Abril 29, (PUNTO CERO) La posibilidad de que un paciente elija entre un tratamiento penoso o la libertad de “morir dignamente” se instaló una vez más en la Legislatura bonaerense, luego de la visita del titular de la Sociedad Chilena de Bioética, Francisco León Correa.
El catedrático de origen español aseguró que “habría que sacar a los pacientes terminales de los hospitales y devolver la muerte al ámbito familiar donde se producía”.
Demostrando practicidad, señaló que “con esta decisión se obtendría la posibilidad de liberar camas de cuidados intensivos en hospitales para pacientes que tienen alternativas de curarse”, pero rescató que “el enfermo terminal, sin posibilidad alguna de recuperarse, pasaría los últimos días junto a su familia, con cuidados paliativos proporcionados por los centros de atención primaria”.
En el mismo sentido, el diputado Juan De Jesús, titular de la Comisión de Salud, afirmó que “tiene que haber una buena calidad de morir, pues la muerte es una parte de la vida”. En la misma línea, opinó que “durar con consecuencias perjudiciales para la persona y su familia no contribuye a la dignidad del enfermo”.
A mediados de 2006, la Cámara de Diputados se disponía, luego haber sido aprobada en la Comisión de Salud, a abordar una iniciativa que contemplaba la muerte digna, pero todo quedó en los cajones.
El proyecto establecía el derecho de los pacientes a manifestar anticipadamente su “voluntad de ser sometido o no a determinado tratamiento médico del que pudiere ser objeto en el futuro ante un diagnóstico de enfermedad terminal”.
La polémica iniciativa permitiría, ante una enfermedad terminal, desconectar al paciente o cesar en los tratamientos cuando se sepan fútiles y cruentos, entendiendo por enfermedad terminal a aquella avanzada, progresiva, incurable e irreversible, mortal a corto plazo.
A manera de antecedente, hay una sentencia del Juzgado Criminal y Correccional de Transición Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata dictada en 2006, que dispuso hacer lugar a la Acción de Amparo promovida por el Director de un hospital de aquella localidad.
Tal documento indicaba al equipo médico actuante que “deberán ser respetadas a futuro las directivas anticipadas, en cuanto la paciente manifiesta su oposición a intervenciones invasivas que impliquen medios artificiales en el contexto de la evolución irreversible de la enfermedad que padece”.
El catedrático de origen español aseguró que “habría que sacar a los pacientes terminales de los hospitales y devolver la muerte al ámbito familiar donde se producía”.
Demostrando practicidad, señaló que “con esta decisión se obtendría la posibilidad de liberar camas de cuidados intensivos en hospitales para pacientes que tienen alternativas de curarse”, pero rescató que “el enfermo terminal, sin posibilidad alguna de recuperarse, pasaría los últimos días junto a su familia, con cuidados paliativos proporcionados por los centros de atención primaria”.
En el mismo sentido, el diputado Juan De Jesús, titular de la Comisión de Salud, afirmó que “tiene que haber una buena calidad de morir, pues la muerte es una parte de la vida”. En la misma línea, opinó que “durar con consecuencias perjudiciales para la persona y su familia no contribuye a la dignidad del enfermo”.
A mediados de 2006, la Cámara de Diputados se disponía, luego haber sido aprobada en la Comisión de Salud, a abordar una iniciativa que contemplaba la muerte digna, pero todo quedó en los cajones.
El proyecto establecía el derecho de los pacientes a manifestar anticipadamente su “voluntad de ser sometido o no a determinado tratamiento médico del que pudiere ser objeto en el futuro ante un diagnóstico de enfermedad terminal”.
La polémica iniciativa permitiría, ante una enfermedad terminal, desconectar al paciente o cesar en los tratamientos cuando se sepan fútiles y cruentos, entendiendo por enfermedad terminal a aquella avanzada, progresiva, incurable e irreversible, mortal a corto plazo.
A manera de antecedente, hay una sentencia del Juzgado Criminal y Correccional de Transición Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata dictada en 2006, que dispuso hacer lugar a la Acción de Amparo promovida por el Director de un hospital de aquella localidad.
Tal documento indicaba al equipo médico actuante que “deberán ser respetadas a futuro las directivas anticipadas, en cuanto la paciente manifiesta su oposición a intervenciones invasivas que impliquen medios artificiales en el contexto de la evolución irreversible de la enfermedad que padece”.
Ante la renovada polémica, el titular de la Comisión de Salud de la Cámara baja bonaerense dio su visto bueno para abordar la denominada “muerte digna”. (PUNTO CERO).
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