viernes, agosto 02, 2019

El "copy-paste" de los abogados enojó a los jueces

Un Tribunal declaró desierto el recurso interpuesto por una parte porque los abogados utilizaron la técnica de "copiar y pegar" en su recurso, sin argumentar suficientemente. "Se utilizan solo para el llenado de páginas (y la distracción de quien tiene que leerlas) en lugar de usárselas como una eficiente colaboración para una exposición mas eficiente" cuestionó el fallo

Los recursos utilizados por los abogados de copiar y pegar párrafos de artículos de doctrina y precedentes jurisprudenciales ara robustecer sus argumentos y de esa forma sumar hojas y hojas a sus presentaciones se han transformado en un arma de doble filo, ya que a veces lo que abunda, daña.

Esto fue lo que ocurrió en la causa "CAZAS DANIEL OMAR C/ GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS", donde la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Morón declaró desierto el recurso interpuesto por una de las partes, al considerar que carecía de argumentos. Lo llamativo en el caso fue que la presentación abundaba en citas jurisprudenciales y doctrinarias, pero que poco tenían que ver con el caso, ya que se trató de un accidente de tránsito y los letrados invocaron argumentos sobre casos de cruces de caninos en autovías.

De esa forma, los integrantes del Tribunal de Apelaciones arribaron a la conclusión de que el letrado hizo un ejercicio automático del "copy paste" para rellenar espacio de sus presentación, tras advertir la existencia de "consideraciones que son fruto, como es evidente, de la utilización de procesadores informáticos que permiten insertar un buen volumen de texto sin mayor esfuerzo que una operación de cortado y pegado"

Los jueces que componen el Tribunal –Jose Luis Gallo, José Eduardo Russo y Eugenio Alberto Rojas Molina- declararon desiertos los recursos porque consideraron que las técnicas de "cortar y pegar" en los fundamentos presentados por los abogados en este caso "se utilizan solo para el llenado de páginas (y la distracción de quien tiene que leerlas) en lugar de usárselas como una eficiente colaboración para una exposición mas eficiente".

"El uso de estos sistemas desfigura, así, la dialecticidad del proceso, generando que -con este tipo de operaciones tan sencillas-se obligue al órgano jurisdiccional a destinar tiempo (y recursos) para la lectura de varias páginas para, al final del camino, detectar que ese esfuerzo invertido ha sido casi estéril", apuntaron los jueces firmantes del fallo.

Esto "puede servir, en algunos casos, para sentar una base argumentativa, pero en casi la generalidad de los casos, no será suficiente para sortear la valla de solvencia argumental del art. 260 del CPCC, si a lo que se copia y pega no se lo contextualiza y relaciona con las específicas circunstancias de la controversia de la que se trate", agregaron. (Diario Judicial).

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