En conferencia de prensa ofrecida en la mañana de hoy, el Director del Legal y Técnica, Dr. Atilio Roncoroni, acompañado por la Asesora Legal, Dra. Candelaria Alonso, explicaron distintos detalles relacionados con el actual estado judicial que pesa sobre el proceso de licitación de las Unidades Turísticas Fiscales de playa.
En tal sentido, Roncoroni expresó al inicio de la conferencia, y al respecto del último oficio librado por el Juez Marcelino en donde se indicaba a la Municipalidad no realizar ninguna actuación a pesar del levantamiento parcial de la medida cautelar, una vez que se había procedido sobre las 17 unidades sobre las que ya no pesaba el amparo, que “ el Juez comete graves contradicciones en varios aspectos, pero quizás uno de los más llamativos sea el de ignorar que, al no aclarar si dicha medida (el levantamiento parcial) tenia efecto “Devolutivo” o “Suspensivo”, siempre se considera como norma legal el sentido “devolutivo” lo cual permite la prosecución del proceso citado, tal como se hizo.”
A su vez se hizo hincapié en una violación de la autonomía municipal, toda vez que no es facultad de un Juez, al menos prima facie y sin argumentos fundados, la decisión sobre cuales son los espacios físicos que se pueden proponer para un llamado a licitación en este caso de balnearios, puesto que todo el proceso estuvo ajustado a derecho, cumpliendo con todas las normativas, aprobándose por el HCD y con la supervisación y aprobación del OPDS.
La Dra. Alonso por su parte dejó bien en claro que la notificación al Municipio, de que dicha medida era de tipo “suspensivo” se recibió fuera del tiempo legal, indicando que debido a dicha demora se dejó sin efecto el trámite de adjudicación de tres balnearios que iba a proponerse para su aprobación en el HCD, pero que las 14 unidades restantes tienen validez absoluta por los adjudicados, que ya tienen todos los correspondientes derechos adquiridos.
Ante consultas de los periodistas presentes, se confirmó que la Dirección de Asesoría Legal evalúa la posibilidad de solicitar la recusación del Juez Escobar debido a estas graves irregularidades, a la vez de exigir el cambio en la denominación del demandante, que figura como CEODECO y cuyo representante es el Sr. Eduardo Cobo, ya que dicho nucleamiento no existe como entidad legal y por lo tanto no está reconocida por la Dirección Provincial de Comercio. (Impulso Baires).
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