miércoles, septiembre 25, 2019

Licencian al Juez que absolvió a Scioli por enriquecimiento ilícito hace 10 años

Una jueza y una fiscal revisaron una resolución de Juan Pablo Masi de 2009, y plantearon “contradicciones” en las actuaciones que terminaron con la absolución de Scioli. En ese contexto, reclaman que se declare “cosa juzgada írrita” y que se vuelva a investigar al ex Gobernador.

La Corte bonaerense ordenó “licencia” al titular del Juzgado de Garantías 4 de la Plata, Juan Pablo Masi, y pidió al Procurador Conte Grand que dictamine si cabe el inicio de un Jury en su contra, tras un planteo que reclama la revisión de la actuación del magistrado en una causa en la que absolvió al ex Gobernador, Daniel Scioli, y al ex titular del Instituto Provincial de Loterías y Casinos, Luis Alberto Peluso.

La presentación ante la Justicia se detuvo en lo que consideró resoluciones “contradictorias” del magistrado, para –según relataron en la denuncia- quedarse con la investigación abierta en contra del ex Gobernador, y, finalmente, absolverlo por el delito que se le imputaba. La avanzada incluye además de al Juez, al fiscal que intervino en el expediente, Gustavo Lambruschini, a quien le reprochan haber dejado firme la resolución “sin esbozar mayores argumentos”

La fiscal penal platense, Cecilia Corfield, y la jueza de Garantías Marcela Garmendia, revisaron la actuación del Juez Masi en el marco de una causa de hace 10 años atrás, y le apuntaron al magistrado reclamando reabrir la investigación contra Scioli.

En efecto, los denunciantes reclaman que “a esta altura no puede más que considerarse como una resolución fraudulenta, y por lo tanto resultará imperioso sea revisado en virtud de la doctrina de ‘cosa juzgada írrita’” la denuncia por presunto enriquecimiento ilícito del ex Gobernador, y del por entonces titular del Instituto Provincial de Loterías y Casinos, Luis Alberto Peluso.

La acción de nulidad conocida como cosa juzgada írrita en la tramitación de un proceso judicial, busca dejar sin efecto una sentencia que se encuentre firme, cuando el que la impulsa esgrime que la resolución no se ajusta a derecho. El fin de la doctrina –avalada por la Corte Suprema en sucesivos fallos- persigue garantizar la “seguridad jurídica” de los actos procesales, en defensa del principio establecido en el preámbulo de la Constitución nacional, de “afianzar la Justicia”.

En llano: cuando la Justicia encuentra “vicios”, “objeciones”; “errores procesales” o cualquier maniobra que interpreta que no se ajusta a derecho, puede ‘reabrir’ la investigación cerrada por una resolución que considera improcedente.

Esta tarde, el Máximo Tribunal de Justicia bonaerense ordenó “suspender” al Juez Juan Pablo Masi, acusado –ahora- de “prevaricato” en el marco de la investigación de 2009 en la que se involucró al ex Gobernador Scioli, e imputar al entonces fiscal –ya retirado del ejercicio- Lambruschini, de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Además, le reclamó al Procurador General de la Corte, Julio Conte Grand, “que evalúe con premura los hechos oportunamente investigados en el expediente”, para impulsar, si correspondiera, el juicio político contra el magistrado. (Infocielo).

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