jueves, septiembre 26, 2019

Prohíben la comercialización de un producto para broncoespasmos

Se trata de una marca y un lote particular de salbutamol, que se utiliza para el rápido alivio de broncoespasmos.

El Gobierno, a través de la ANMAT, prohibió la comercialización de una marca de salbutamol, un dilatador de las vías respiratorias para el alivio del broncoespasmo en padecimientos como el asma y la enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC).

La disposición 7853/2019 de la Administración de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Prohíbe el uso, comercialización y distribución de “SALBUTRAL, salbutamol 100 mcg/dosis, aerosol 250 dosis, L 1157, F02/19, V02/21”.

El responsable de la firma aclaró que el Laboratorio Pablo Cassará S.R.L. ha elaborado el producto “SALBUTRAL, salbutamol 100 mcg/dosis, aerosol 250 dosis, L 1157”, pero el lote en cuestión posee fecha de fabricación (F) 03/19 y vencimiento (V) 02/22, mientras que la unidad bajo sospecha posee fecha de fabricación (F) 02/19 y vencimiento (V) 02/21, por lo que los datos consignados en la unidad sospechada no son los datos asignados por el laboratorio titular de registro.

Todo el lote fue distribuido exclusivamente con la leyenda “Ministerio de Salud y Desarrollo Social Dirección Nacional de Maternidad, Infancia y Adolescencia, Distribución Gratuita Prohibida su venta”. “Por lo expuesto, no pueden existir unidades acondicionadas como “SALBUTRAL” en envase secundario Lote 1157, disponibles en el mercado”, aclara el texto.

Así, se determinó que el medicamento sospechado no fue elaborada por la firma sino que se trata de un medicamento falsificado. (InfoREGION).

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