domingo, febrero 26, 2017

La Provincia de Buenos Aires podrá descontar los días de paro. Sólo se cobra cuando se trabaja.

Con esa frase, el Ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari, celebró la resolución de la la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo que revocó la cautelar que prohibía al Estado dejar de pagar las jornadas de huelga a empleados públicos.
En los autos "CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA AUTONOMA C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ LEGAJO DE APELACION (FISCALIA APELA RES. DEL 6/7/16)", la Fiscalía de Estado interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CTA, ordenando al Estado que se abstenga de aplicar algún descuento vinculado con las medidas de fuerza llevadas adelante por los trabajadores en el marco de la paritaria salarial 2016.
La sentencia también ordenó la restitución de las detracciones salariales sufridas por los afiliados de la entidad accionante, según el caso, debiendo adecuar la liquidación de los recibos de haberes del mes a percibir.
Ante ello, los integrantes del Tribunal, Gustavo Juan De Santis, Claudia Milanta y Gustavo Spacarote, señalaron que el recurso presentado por el Estado provincial es admisible, ya que la media cautelar pretendida por la CTA no logró demostrar los requisitos indispensables para su otorgamiento.
En ese marco, los magistrados expresaron que la evaluación de las cuestiones referidas a los descuentos de haberes efectuados, en función de las medidas de fuerza implica un examen más amplio, que excede el marco preliminar de esta etapa cautelar, "pues exige mayor intensidad de debate y prueba".
Los jueces resaltaron que no se advierten acreditados elementos de convicción suficientes para la configuración del “fumus boni iuris” a los fines del otorgamiento de la medida cautelar requerida y concluyeron en que que la pretensión de la parte actora no queda abastecida, al menos en esta etapa preliminar, de la evidencia necesaria que haga verosímil a su derecho.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía de Estado y revocar el pronunciamiento de grado. (Diario Judicial).

No hay comentarios.: