La Cámara Civil condenó a Yahoo! y a Google a indemnizar a dos modelos por más de 400.000 pesos -en total- porque sus nombres, al ser ingresados en los buscadores, aparecen relacionados con sitios de contenidos sexuales y pornográficos.
En poco menos de un mes dos sentencias de la sala L de la Cámara Civil, integrada por Marcela Pérez Pardo, Lily Flah y Víctor Fernando Liberman, volvieron a condenar a Google y a Yahoo en amparos presentados por modelos a las que al ser buscadas en esos buscadores su nombre e imagen aparece relacionada con contenidos sexuales y pornográficos.
Se trata de las casusas “Carrozo, Evangelina c/ Yahoo de Argentina SRL y otro s/ daños y perjuicios” y “Solaro Maxwell, María Soledad c/ Yahoo de Argentina SRL y otro s/ daños y perjuicios”.
En la primera de ellas, de la semana pasada, se condenó a las empresas a indemnizar con 135 mil pesos a la modelo Evangelina Carrozo. La modelo solicitó que se reparara el daño que provoca el vínculo “de su nombre, imagen y fotografías a sitios de contenido sexual, erótico, pornográfico, de acompañantes u oferta o tráfico de sexo, a los cuales se accede a través de los buscadores demandados”.
La sentencia sostiene: “No me quedan dudas sobre la utilidad y facilidad que brindan los buscadores, así como tampoco que éstos realizan las búsquedas en forma “automática”, según lo diseñado” y “que las demandadas no modifican el contenido de los sitios que ordenan en su índice, sino que sólo facilitan a los usuarios el acceso a los web sites incluidos en los resultados de la búsqueda”.
Sin embargo, “no puede perderse de vista que los resultados que se brindan son seleccionados y ordenados en forma automática de acuerdo a criterios definidos por los seres humanos que los diseñaron”.
Por lo que para los jueces “queda claro que quien gobierna la información es el buscador, que podría ser configurado a efectos de evitar que determinada palabra aparezca indexada con otras”.
Igual argumento tuvo el otro fallo, de noviembre pasado donde la modelo María Soledad Solaro Maxwell, le ganó un juicio debe ser indemnizada con 280 mil pesos por parte de las empresas “por el uso comercial -no autorizado- de su imagen, incluyéndola y vinculándola en sitios web de contenido sexual, erótico y pornográfico”.
“Tengo entendido que Google, Yahoo y demás buscadores son enormes empresas comerciales, y no fundaciones o asociaciones civiles sin fin lucrativo o de bien público” dice la sentencia y agrega que “la gratuidad de acceso para el común no quita que lucran con publicidad directa o indirecta, y con una enorme gama de productos”.
“¿No es responsable acaso la empresa periodística o de medios por la difusión de contenidos ofensivos o dañosamente erróneos?”, se preguntan los magistrados. “Lo son porque su producto comercial es la difusión y facilitación del acceso a información, datos o cualquier otro elemento que puede afectar derechos personalísimos o económicos de terceros”, se respondieron.
“Si bien la ley 26.032 ampara con el alcance y garantías de la libertad de expresión a la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole a través de Internet, esto no podría ser interpretado con un mayor alcance que el que goza el mercado de información escrita, la prensa o cualquier otro medio audiovisual de difusión”, concluyen. (Diario Judicial).
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