Por resolución de la AFIP, cambió el régimen para imprimir los comprobantes tipo C, que deberán ser similares a los A y B. Incluyen código de autorización.
La AFIP dispuso cambios en el procedimiento para solicitar la impresión de facturas, que comenzarán a regir a partir de noviembre.
A través de dos resoluciones (RG 3665/14 y RG 3666/14), el ente recaudador que dirige Ricardo Echegaray cambió el modo de impresión de comprobantes para aumentar controles.
Por un lado, los comprobantes tipo C, que emiten los monotributistas, deberán incluir el Código de Autorización de Impresión (CAI), que tiene fecha de vencimiento, y que hasta ahora sólo se utilizaba para las facturas tipo A y B de los inscriptos en el IVA.
Los monotributistas exentos y no alcanzados deberán adecuarse a partir del 1 de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril del año próximo.
Por otro lado, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo R, mientras que los tipo X subsistirán únicamente para los traslados internos.
A su vez, los responsables inscriptos en el IVA también deberán adaptarse a nuevos cambios. Desde el 1 de noviembre próximo y hasta el 31 de marzo de 2015 tendrán que confirmar o rectificar los puntos de ventas en la página de Internet de AFIP.
Según la nueva disposición,el esquema de autorización es el siguiente:
El contribuyente solicita autorización para imprimir facturas. AFIP autoriza y genera el CAI.
El contribuyente imprime la constancia del CAI en dos ejemplares, firma un ejemplar y lo entrega a la imprenta.
La imprenta constata la validez en el servicio "Autorización de Impresión de comprobantes" de la página de Internet de AFIP, y accede al servicio "Ingreso al trabajo de impresión".
AFIP valida y otorga la constancia de confirmación.
La firma correspondiente imprime las facturas.
El contribuyente recibe las facturas impresas y la constancia de confirmación tramitada por la imprenta. Luego informa a AFIP los talonarios recibidos de esa firma, en el servicio "Autorización de Impresión de comprobantes". El cumplimiento de este trámite es requisito para pedir un nuevo CAI.
De corresponder, la imprenta informa a AFIP sobre los talonarios impresos no retirados por los adquirentes, en el servicio "Autorización de impresión de comprobantes".
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