(24Con). Lo decidió la Corte Suprema de Justicia. Detalles del macabro hecho ocurrido en 2011, en el partido de Malvinas Argentinas.
La Corte Suprema de Justicia declaró "inadmisible" un recuso de queja contra la sentencia que condenó a once años de prisión a una mujer a la que le imputó la figura del "homicidio preterintencional agravado por el vínculo" al golpear y matar a su hijo en el municipio bonaerense de Malvinas Argentinas.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda convalidaron de esa manera la resolución de la Sala Cuarta de la Cámara de Casación Penal que, a su vez, había ratificado la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal 12 que condenó a Susana Beatriz Mendoza.
Según se acreditó en la instrucción de la causa, en los primeros días de 2011 la mujer golpeó ferozmente con un palo de escoba a su pequeño hijo, de 10 años, provocándole lesiones de tal magnitud que hicieron necesario la amputación de una pierna y que, posteriormente, provocaron su muerte.
Los testimonios posibilitaron reconstruir los hechos cuando la mujer golpeó con crueldad al niño provocándole gravísimas lesiones en brazos, manos y cabeza, tal como lo narró la propia víctima y ratificaron diversos testigos que relataron el mal trato proporcionado por Mendoza a su pequeño.
Como consecuencia de las lesiones el niño fue trasladado al Hospital Abete, donde el 9 de enero sufrió la amputación de una pierna y pocos días después falleció como consecuencia de una infección generalizada.
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