LEY 12.899
LA PLATA, 9 de Mayo de 2002
Boletín Oficial, 23 de Julio de 2002
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires Sancionan con fuerza de LEY:
Artículo 1: Créase sobre el territorio perteneciente al Partido de Malvinas Argentinas, establecido oportunamente mediante Ley 11.551, la nueva localidad de Malvinas Argentinaas, que pasará a ser cabecera del mencionado distrito y asiento de sus autoridades.
Artículo 2: La localidad de Malvinas Argentinas, estará delimitada por la ruta (R 197), Av. Del Sesquicentenario desde (2080) E. de Luca hasta (2066) Ingeniero Huergo, por la Calle (2066) Ingeniero Huergo desde (R 197) Av. Del Sesquicentenario hasta (2201) Dr.
Baroni, por la calle (2201) Dr. Baroni desde (2066) Ingeniero Huergo hasta (2080) E. de Luca y por la calle (2080) E. de Luca desde (2201) Dr. Baroni hasta (R 197) Av. del Sequicentenario, cuyo palno obra como anexo I y II del presente.
Artículo 3: Desaféctase del territorio de la localidad de Los Polvorines el área definida en el artículo precedente.
Artículo 4: Transitoriamente, y hasta que la localidad de Malvinas Argentinas cuente con los atributos necesarios para cumplir la función de cabecera, sus autoridades se mantendrán en sus actuales ubicaciones.
Artículo 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
No obstante, aún en la actualidad, es uno de los 135 partidos de la provincia argentina de Buenos Aires. Se encuentra en la zona norte del Gran Buenos Aires, en el denominado conurbano bonaerense, 35 km al noroeste de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Su cabecera es la creada localidad de Malvinas Argentinas, aunque esta localidad suele ser confundida como parte de la ciudad de Los Polvorines, ciudad que rodea a la pequeña localidad cabecera.
Limita con los partidos de San Miguel, José C. Paz, Tigre, Pilar y Escobar.
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