JOSE C. PAZ, Setiembre 08, (PUNTO CERO-Noticias Paceñas) Se aprobó por el Honorable Concejo Deliberante el proyecto de Ordenanza sobre “Padrino de los Espacios Verdes” en el distrito de José C. Paz, presentado por expediente Nº 606719/08 por la Concejal (FPV-PJ) María Luisa Gieszer y que ahora espera la aprobación del Departamento Ejecutivo.
El proyecto es una herramienta de participación que permite el trabajo conjunto del ámbito público y privado en beneficio de la comunidad, constituyendo un ahorro genuino para la comuna, ya que la colaboración de las entidades privadas es a título gratuito.
Fundamentos
En sus considerandos la Concejal Geiszer escribió que “el Programa de Padrinazgos está destinado a colaborar con el mantenimiento y puesta en valor de los espacios verdes públicos, a través de un convenio de gestión conjunta entre distintas entidades privadas y el estado.”
“Que, el objetivo de la presente ordenanza es desde lo funcional, el de asegurar en forma sostenida en el tiempo las mejores condiciones de utilización y aprovechamiento del espacio verde público. Así se intenta garantizar el cumplimiento de distintas expectativas de uso sociales, culturales, de esparcimiento, lúdicas y medio ambientales de todos los vecinos.”
“Que, desde lo estético, el objetivo de la presente ordenanza es el de resguardar los espacios como piezas notables del patrimonio urbano, expresión artística y arquitectónica que define la identidad de nuestra ciudad y su idiosincrasia cosmopolita. Además, el programa tiene como función preservar su valioso patrimonio vegetal, representativo de nuestra flora nativa y del mundo entero.”
De los padrinos
“Que el padrino toma a su cargo el cuidado, mantenimiento, refacción y/o conservación o la provisión de insumos del bien público apadrinado de acuerdo a lo que se especifique en el Convenio de Colaboración.”
“Que podrán ser padrinos de los Espacios Verdes Públicos las personas físicas o jurídicas , instituciones públicas o privadas con o sin fines de lucro, sindicatos, cooperativas, centros de estudiantes, colegios o asociaciones de profesionales, cooperadoras escolares, clubes de servicios, partidos políticos, entidades de bien público y asociaciones vecinales de fomento..”
Normativas
En su artículo tercero “el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y de la Dirección de Paseos Públicos efectuará un relevamiento de las tareas de mantenimiento de todos los espacios verdes del partido, discriminándolos en plazas, parques, paseos y plazoletas y de conformidad con las necesidades y prioridades que se establezcan elaborará un programa de mantenimiento de cada uno de los diferentes espacios verdes, el que deberá incluir un plano de ubicación y una memoria técnico- descriptiva de las tareas básicas a realizar.”
En el artículo cuarto se establece el tiempo del padrinazgo “Quienes aspiren a ser "Padrino de los Espacios Verdes Públicos" deberán requerir la respectiva asignación del espacio elegido, por un plazo mínimo de un (1) año y máximo de cuatro (4), quedando a exclusivo juicio del Departamento Ejecutivo el otorgamiento pertinente.”
Si bien se le da gran parte de la responsabilidad al Departamento Ejecutivo queda un contralor por parte del legislativo al colocar en el artículo quinto que: “Autorizase a el Departamento Ejecutivo a celebrar convenios de institución de padrinos, con las personas físicas o jurídicas, los que deberán contar con la aprobación del Concejo Deliberante. El Padrino se abstendrá de ejecutar trabajos no autorizados, debiendo ceñirse exclusivamente a lo establecido bajo la pena de rescisión del convenio respectivo.” Un interesante programa que viene a intentar de “salvar” la falta de mantenimiento real de las plazas y espacios verdes del distrito, que salvo honrosas excepciones están totalmente descuidadas por la labor del estado. (PUNTO CERO-Noticias Paceñas).
El proyecto es una herramienta de participación que permite el trabajo conjunto del ámbito público y privado en beneficio de la comunidad, constituyendo un ahorro genuino para la comuna, ya que la colaboración de las entidades privadas es a título gratuito.
Fundamentos
En sus considerandos la Concejal Geiszer escribió que “el Programa de Padrinazgos está destinado a colaborar con el mantenimiento y puesta en valor de los espacios verdes públicos, a través de un convenio de gestión conjunta entre distintas entidades privadas y el estado.”
“Que, el objetivo de la presente ordenanza es desde lo funcional, el de asegurar en forma sostenida en el tiempo las mejores condiciones de utilización y aprovechamiento del espacio verde público. Así se intenta garantizar el cumplimiento de distintas expectativas de uso sociales, culturales, de esparcimiento, lúdicas y medio ambientales de todos los vecinos.”
“Que, desde lo estético, el objetivo de la presente ordenanza es el de resguardar los espacios como piezas notables del patrimonio urbano, expresión artística y arquitectónica que define la identidad de nuestra ciudad y su idiosincrasia cosmopolita. Además, el programa tiene como función preservar su valioso patrimonio vegetal, representativo de nuestra flora nativa y del mundo entero.”
De los padrinos
“Que el padrino toma a su cargo el cuidado, mantenimiento, refacción y/o conservación o la provisión de insumos del bien público apadrinado de acuerdo a lo que se especifique en el Convenio de Colaboración.”
“Que podrán ser padrinos de los Espacios Verdes Públicos las personas físicas o jurídicas , instituciones públicas o privadas con o sin fines de lucro, sindicatos, cooperativas, centros de estudiantes, colegios o asociaciones de profesionales, cooperadoras escolares, clubes de servicios, partidos políticos, entidades de bien público y asociaciones vecinales de fomento..”
Normativas
En su artículo tercero “el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y de la Dirección de Paseos Públicos efectuará un relevamiento de las tareas de mantenimiento de todos los espacios verdes del partido, discriminándolos en plazas, parques, paseos y plazoletas y de conformidad con las necesidades y prioridades que se establezcan elaborará un programa de mantenimiento de cada uno de los diferentes espacios verdes, el que deberá incluir un plano de ubicación y una memoria técnico- descriptiva de las tareas básicas a realizar.”
En el artículo cuarto se establece el tiempo del padrinazgo “Quienes aspiren a ser "Padrino de los Espacios Verdes Públicos" deberán requerir la respectiva asignación del espacio elegido, por un plazo mínimo de un (1) año y máximo de cuatro (4), quedando a exclusivo juicio del Departamento Ejecutivo el otorgamiento pertinente.”
Si bien se le da gran parte de la responsabilidad al Departamento Ejecutivo queda un contralor por parte del legislativo al colocar en el artículo quinto que: “Autorizase a el Departamento Ejecutivo a celebrar convenios de institución de padrinos, con las personas físicas o jurídicas, los que deberán contar con la aprobación del Concejo Deliberante. El Padrino se abstendrá de ejecutar trabajos no autorizados, debiendo ceñirse exclusivamente a lo establecido bajo la pena de rescisión del convenio respectivo.” Un interesante programa que viene a intentar de “salvar” la falta de mantenimiento real de las plazas y espacios verdes del distrito, que salvo honrosas excepciones están totalmente descuidadas por la labor del estado. (PUNTO CERO-Noticias Paceñas).
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