Las empresas de telefonía móvil cuentan con 90 días desde este viernes para modificar los sistemas y facturar las llamadas desde que el destinatario contesta, según la resolución 45 de la Secretaría de Comunicaciones que dio a conocer la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
La Presidenta adelantó este jueves que el viernes se publicará la resolución que obligará a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas desde el momento que el receptor atiende y no desde que se marca el número.
“La resolución de la Secretaría de Comunicaciones es en ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los consumidores”, dijo la mandataria en un acto que encabezó este jueves en el Salón de las Mujeres de Casa de Gobierno.
Precisó que la resolución de la Secretaría se publicará hoy en el Boletín Oficial y que en ella se especifica que las operadoras tienen hasta 90 días para implementar la medida.
“Hasta que no te conteste persona o el contestador no pueden facturar, te facturan por el tiempo que dura mensaje o la conversación”, explicó la Presidenta.
Agregó que “si no lográs la comunicación, eso no te lo pueden facturar”, en referencia al “tiempo de aire” tal como denominan el sector de telecomunicaciones a los segundos que van desde que el usuario realiza una llamada hasta que el receptor atiende.
La Presidenta remarcó que la medida se enmarca en “lo que seguimos haciendo en materia de derechos de los usuarios” como la implementación de la portabilidad numérica.
Se trata de una medida reiteradamente solicitada por los movimientos de defensa del consumidor.
En ese sentido Héctor Polino, titular de Consumidores Libres, adhirió a la medida y remarcó que “es un anuncio muy importante que va en el camino de quitarles privilegios y ganancias injustificadas a las empresas de telefonía celular”.
La directora del Centro de Educación al Consumidor, Susana Andrada, coincidió con Polino y subrayó que la medida se suma a la portabilidad numérica y “abre a futuro la posibilidad de que se vayan modificando otras irregularidades que afectan a los consumidores de telefonía celular”.
En los considerandos de la resolución se especifica que un informe de 2003 por el área económico financiera de la Comisión Nacional de Comunicaciones consideró que “no resultan razonables los fundamentos” utilizados por las empresas para facturar el servicio “desde que se presiona la tecla SEND”.
También figura que la empresa Movistar informó que “facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30 segundos y hasta que se cortara la comunicación”.
Pero no facturaba si “la señal diera ocupado, o si el abonado se encuentra fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no se encuentra habilitado para el servicio memofacil”.
Respecto de Nextel, señaló que no cobra cuando el receptor está “ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura” pero sí factura cuando “atiende la casilla, o el fax” desde “que se presiono la tecla send”.
En la misma línea Claro informó a la CNC que factura “tiempo en el aire” pues “lleva asociada la utilización de recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo, etcétera”.
La medida, que fuera adelantada por el ministro de Planificación, Julio de Vido, a mediados de mayo, se basa en la Ley de Defensa del Consumidor, en el reglamento General de Clientes de los Servicios de comunicaciones móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
La Presidenta adelantó este jueves que el viernes se publicará la resolución que obligará a las empresas de telefonía móvil a cobrar las llamadas desde el momento que el receptor atiende y no desde que se marca el número.
“La resolución de la Secretaría de Comunicaciones es en ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los consumidores”, dijo la mandataria en un acto que encabezó este jueves en el Salón de las Mujeres de Casa de Gobierno.
Precisó que la resolución de la Secretaría se publicará hoy en el Boletín Oficial y que en ella se especifica que las operadoras tienen hasta 90 días para implementar la medida.
“Hasta que no te conteste persona o el contestador no pueden facturar, te facturan por el tiempo que dura mensaje o la conversación”, explicó la Presidenta.
Agregó que “si no lográs la comunicación, eso no te lo pueden facturar”, en referencia al “tiempo de aire” tal como denominan el sector de telecomunicaciones a los segundos que van desde que el usuario realiza una llamada hasta que el receptor atiende.
La Presidenta remarcó que la medida se enmarca en “lo que seguimos haciendo en materia de derechos de los usuarios” como la implementación de la portabilidad numérica.
Se trata de una medida reiteradamente solicitada por los movimientos de defensa del consumidor.
En ese sentido Héctor Polino, titular de Consumidores Libres, adhirió a la medida y remarcó que “es un anuncio muy importante que va en el camino de quitarles privilegios y ganancias injustificadas a las empresas de telefonía celular”.
La directora del Centro de Educación al Consumidor, Susana Andrada, coincidió con Polino y subrayó que la medida se suma a la portabilidad numérica y “abre a futuro la posibilidad de que se vayan modificando otras irregularidades que afectan a los consumidores de telefonía celular”.
En los considerandos de la resolución se especifica que un informe de 2003 por el área económico financiera de la Comisión Nacional de Comunicaciones consideró que “no resultan razonables los fundamentos” utilizados por las empresas para facturar el servicio “desde que se presiona la tecla SEND”.
También figura que la empresa Movistar informó que “facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30 segundos y hasta que se cortara la comunicación”.
Pero no facturaba si “la señal diera ocupado, o si el abonado se encuentra fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no se encuentra habilitado para el servicio memofacil”.
Respecto de Nextel, señaló que no cobra cuando el receptor está “ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura” pero sí factura cuando “atiende la casilla, o el fax” desde “que se presiono la tecla send”.
En la misma línea Claro informó a la CNC que factura “tiempo en el aire” pues “lleva asociada la utilización de recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo, etcétera”.
La medida, que fuera adelantada por el ministro de Planificación, Julio de Vido, a mediados de mayo, se basa en la Ley de Defensa del Consumidor, en el reglamento General de Clientes de los Servicios de comunicaciones móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
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