sábado, enero 17, 2015

Pérez: “Con Massa nos separa todo”

El jefe de Gabinete bonaerense remarcó las diferencias con el FR. "Nosotros creemos que la lealtad es un valor, Massa no", advirtió.

"Desde nuestro espacio tenemos grandes diferencias ideológicas, pragmáticas de visiones del país con el macrismo. Y con Massa nos separa todo, nosotros creemos que la lealtad es un valor y él no, esa es una diferencia casi tan profunda o más que la otra”, consideró Pérez en un comunicado.

“El adversario está afuera”.
El funcionario remarcó además que el gobernador “Daniel Scioli en la provincia hizo reformas impositivas progresivas, cobrándole al juego, haciendo un revalúo en el campo y en cambio lo único que hacen en otros distritos es aumentar impuestos, como Macri o crear tasas para todo, hasta los pañales, como Massa”. “Por todo esto creemos que el adversario está afuera del Frente para la Victoria”, enfatizó.

“Los adversarios son los que no querían que las AFJP pasen a manos del Estado, los que no querían la estatización de YPF, los que no querían que haya soberanía energética, los que querían ir corriendo a pagarle a los holdouts, los que no hicieron las reformas impositivas progresivas como lo hizo Scioli”, advirtió Pérez.

Y agregó: "En nuestro espacio puede haber un cotejo de ideas, una crítica puntual o una comparación de lo que ha hecho uno y otro, pero el adversario está afuera”.

Elecciones en la provincia.
Pérez, por último, analizó que “es una fortaleza tener muchos postulantes para suceder a Scioli”.

“Tenemos muchos y buenos candidatos. Contar con compañeros de esa calidad y representatividad me parece fuerte, un plus del Frente para la Victoria. Nosotros somos defensores de las PASO”, completó.

Malvinas Argentinas: Inscripción 2015 en Arte & Movimiento.


Macri visitó Esteban Echeverría y lanzó a su precandidato a intendente.

El líder del PRO recorrió el centro de Monte Grande junto al ex concejal Evert Van Tooren, quien será el aspirante macrista para la intendencia.

“Seguimos recorriendo la Argentina y el Conurbano. Hoy nos toca estar acá junto con Evert que es nuestro hombre y precandidato a intendente, escuchando los problemas que aquejan a los vecinos como los cortes de luz, el hospital Santamarina que no funciona y el hospital Bicentenario que nunca se terminó”, expresó el jefe de Gobierno porteño en diálogo con la presencia en la céntrica Plaza Mitre. Luego recorrió las calles céntricas de Monte Grande en las que saludó y charló con los vecinos.

Críticas. Como es habitual durante sus recorridas, Macri remarcó que “uno de los principales problemas es la inseguridad, la falta de infraestructura, de cloacas, no hay pavimentos y hay muchos problemas con el tema del agua y de las inundaciones”.

“Nuestras propuestas son para que todos los argentinos estén mejor, terminar con la pobreza y para eso estoy comprometido a una revolución educativa que nos va dar futuro y en llevar adelante un plan de infraestructura”, apuntó.

Insistió luego que “los mismos problemas que hay en cada distrito de la Provincia se ven en Echeverría, la falta de seguridad, de cloacas, los cortes de luz y los problemas para acceder a la salud pública”.

“Es hora de que otros sean los protagonistas”.
Macri aseveró que “realmente la Argentina necesita una propuesta de cambio porque el PJ gobernó en los últimos 25 años y ya es hora de que otros sean los protagonistas”.

Subrayó “lo importante que se acerquen los que quieren un cambio” y destacó que “más allá de crecer las encuestas, creció la vocación de la gente de creer que juntos pueden construir la Argentina que se quiere si se tiene un compromiso”.

Precandidatura de Van Tooren.
En diálogo con Info Región, el ex concejal Evert Van Tooren manifestó estar “muy orgulloso y contento” por ser quien encabezará la nómina del PRO en las próximas elecciones municipales.

Descartó, además, una posible alianza con el Frente Renovador local como hubo en el 2013 ya que aseguró que “habrá lista única en las PASO” por parte del PRO.

“Ahora nosotros estamos caminando y recorriendo Echeverría. Seguramente habrá mucha gente que se acerque para llevar a Mauricio presidente, pero en principio vamos a ir solos. Aunque tampoco se descarta que haya futuras y posibles alianzas”, aclaró. (Inforegión).

Para el INDEC, la inflación de 2014 fue de 23,9%.

En diciembre, en tanto, el Indice de Precios al Consumidor Nacional Urbano (IPCNu) registró un avance del 1,0%, impulsado por los rubros de esparcimiento, otros bienes y servicios e indumentaria.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó, además, que el Indice de Precios Mayoristas avanzó en diciembre un 1%, mientras que el Costo de la Construcción lo hizo en un 0,5%.

Inflación de 2014. De esta manera los precios minoristas acumularon en 2014 un alza del 23,9%, los mayoristas un 28,3% y el costo de la construcción un 32,9%.

Análisis por rubro en diciembre. En el rubro minorista, los precios que más subieron fueron los de esparcimiento, que saltaron un 3,1% respecto del mes anterior, y coincidente con las vacaciones.

Le siguen, en orden de importancia, otros bienes y servicios, (2,1%), e indumentaria, saltó 1,3%.

En tanto, en el rubro mantenimiento y equipamiento del hogar, la suba respecto del mes anterior resultó de 1%. Alimentos y bebidas, Transporte y comunicaciones y atención médica y gastos para la salud, subieron cada uno 0,7%.

En el rubro mayorista, sobresalieron las subas en diciembre último del sector Pesquero y de Petróleo y gas en productos primarios, que saltaron 2,1% y 1,8%, respectivamente. Y en productos manufacturados, la suba promedio del sector fue 1,1%, donde el ítem Tabaco se disparó 8,7% y las impresiones y reproducción de grabaciones se elevaron 3,1%.

En energía eléctrica, en tanto, no hubo variaciones, mientras que en los productos importados hubo una caída en los precios de 0,2%, siempre respecto del mes anterior. (inforegión).

Bahía Blanca: Trompadas y cabezazos en el Concejo Deliberante.

(La Politica Online). Ricardo Pera es secretario de la UTA y durante un cuarto intermedio agredió a dos concejales kirchneristas.

Los concejales Gustavo Mandará y Sergio Massarella del Frente para la Victoria acusaron a su par del Frente Renovador y líder de la UTA, Ricardo Pera, de pegarles antes de la sesión del Concejo en la que se iba a tratar un aumento del boleto de colectivos.

"Estábamos en un cuarto intermedio luego de la sesión de Mayores Contribuyentes cuando veo que el concejal Pera se acerca a mi compañero y le pega un cabezazo", explicó Mandará. "Yo me acerqué porque no entendía qué era lo que sucedía cuando me empezó a pegar patadas", agregó el concejal.

Durante la sesión de hoy los concejales se preparaban para aprobar un aumento en el boleto del transporte público de pasajeros, un tema central dentro de las problemáticas de Bahía Blanca.

Pera es un concejal directamente vinculado al transporte. Tiene el cargo de secretario General de la UTA, pero además controla Sapem, la sociedad de capitales municipales que tiene a su cargo la administración integral de la prestación del servicio de transporte. Esa sociedad del Estado municipal se creó luego de que fracasara la iniciativa de traer al Grupo Plaza a esa ciudad del sur bonaerense.

Fue en ese contexto de caos sobre el sistema de transporte que Pera llega al Concejo, de la mano de Dámaso Larraburu, el operador de Sergio Massa en ese punto clave de la Sexta Sección Electoral.

Según trascendió, Pera pretendía que el boleto aumentara un 30%, en lugar de un 12% acordado entre el oficialismo y la oposición. El argumento para un aumento menor es que el año pasado se aplicó una suba del 40%.

Antecedentes de violencia
No es el primer hecho de violencia del que acusan a Pera. En abril del año pasado, el concejal del FAP, Manuel Mendoza, dijo que además de amenazarlo le pegó un codazo, en un debate por el aumento tarifario de los taxis.

En mayo, la abuela de Daiana Herlein, la chica fallecida por la caída de un árbol en el Parque de Mayo, contó que le pegó un cachetazo a Pera y él quiso devorvérselo. Por ese episodio la concejal Virginia Quartucci del Bloque Integración Ciudadana pidió sanciones. Sin embargo, el massismo se negó a acompañar la iniciativa.

Más tarde, tanto Mendoza como el concejal Nicolás Vitalini (Unidos por la Libertad y el Trabajo), denunciaron que fueron atacados por Pera verbalmente.

Con todo, Mandará explicó hoy a LPO que se impulsará un pedido de sanción y que el Frente Renovador ya no tienen margen para rechazarlo. Según explicó, la agresión de hoy casi hizo peligrar el tratamiento de un aumento del boleto. (La Politica Online).

jueves, enero 15, 2015

Es el nombre que siempre debes recordar...


De la Torre inauguró el primer natatorio municipal de San Miguel

Ante un gran marco, y frente a todos los niños que participaron de la primera quincena de la colonia de vacaciones realizada por el municipio en “El Colibrí”, ubicado en la intersección de la Av. Balbín y la calle Defensa, en Ciudad Santa María, Joaquín de la Torre inauguró el primer natatorio municipal.

Realizada con fondos municipales se construyó una  pileta semi-olímpica, de 25 x 12,5 mts., donde durante el verano es utilizada para las colonias de vacaciones, pero a lo largo del año cumplirá una función muy importante: permitirá desarrollar el programa de natación, para niños, jóvenes, adultos y chicos especiales de San Miguel.

El subsecretario de Deportes del municipio, Ariel Dalbene, destacó: “Hemos cumplido un sueño. La pileta de El Colibrí es un proyecto que venimos trabajando hace mucho tiempo, y ahora es una realidad. Gracias a esta obra hoy las colonias de vacaciones no son sólo un lugar para divertirse y pasar el verano, hoy son un lugar de aprendizaje”.

Por su parte, al tomar la palabra, Joaquín de la Torre señaló: “El deporte es una herramienta de transformación. El deporte es un eje formativo de valores que hace las veces de puente entre unos y otros. Así como la unión hace la fuerza, el espíritu de solidaridad que tiene la práctica del deporte, el trabajo en equipo, y la ayuda al prójimo, constituyen en sí mismos rasgos de sana competencia en un marco de reglas comunes que alimentan los buenos hábitos, el desafío de la superación permanente y el cuidado de la salud en general”.

Asimismo agregó: “Más de 6.500 chicos de San Miguel este verano van a poder participar de las colonias de vacaciones. Además este año hay lugar para los chicos especiales en todas las colonias, a la vez que dispusimos un sistema para que desde todos los rincones del Partido puedan participar también nuestros queridos Adultos Mayores”.

Cabe destacar que a la pileta del Polideportivo “El Colibrí”, se le sumará la pileta, también semi-olímpica, que se construyó en el Polideportivo Bella Vista, y que será inaugurada próximamente, y donde ya la están disfrutando los chicos de esa colonia.

Almirante Brown. Claudio Villagra: "nosotros acompañamos a Cariglino y no al Frente Renovador”.

(Política del Sur). Así lo afirmó el dirigente de Partido Popular, hoy alineado al Frente Renovador, Claudio Villagra. Aún así, el referente en Almirante Brown aclaró que desde el espacio que integra “acompañamos a Jesús Cariglino y no al Frente Renovador” ya que aseguró que “hay cosas que nos distancian” del sector conducido por Sergio Massa, en referencia a las precandidaturas a gobernador de Darío Giustozzi y Francisco De Narváez.

“Estamos hablando con todos los sectores que expresen un cambio, que es lo que necesita el país y la provincia. En este sentido apuntamos a aquellos que tienen una gestión clara, concreta y que les agregue calidad de vida a los vecinos como lo es la gestión de (el intendente de Malvinas Argentinas, Jesús) Cariglino”, ponderó el referente de Partido Popular en Almirante Brown Claudio Villagra en diálogo con Política del Sur.

Al ser consultado sobre si hoy el Partido Popular está dentro del frente que dirige Sergio Massa, Villagra sostuvo: "Estamos viendo y hablando. Acompañamos a Cariglino, pero no está todo definido y cerrado. Nosotros vamos a estar donde esté Jesús Cariglino, y él hoy está dentro del Frente Renovador, pero nosotros acompañamos a Cariglino y no al Frente Renovador”.

Las diferencias que subrayó con el massismo tienen que ver con que “hay figuras con la que no compartimos en absoluto lo que representan, como Francisco De Narváez, y Darío Giustozzi”. “Por más que Giustozzi se quiera renovar, él es un hombre moldeado en la forma de gestionar, de actuar y hacer política como el Frente para la Victoria”.

Es por ello que remarcó que en Almirante Brown “es probable que vayamos con candidato propio”, al tiempo que aseguró que de todos modos tienen “una estructura jurídica inclusive para presentar candidatos” en la Provincia y Nación. (Política del Sur).

Tu corte, mi indemnización

La Sala Civil y Comercial de San Isidro condenó a Edenor a pagarle más de 5.000 pesos a una comerciante por la pérdida de mercadería generada a raíz de un corte de energía.
En los autos “Di Giovanni María Lucila c/ Edenor S.A s/ daños y perjuicios. incump. contractual (exc. estado)”, los integrantes de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro sentaron un nuevo precedente sobre una situación recurrente: los cortes de luz y la pérdida de mercadería de los comerciantes.

En este caso, los magistrados condenaron a Edenor a indemnizar con más de 5.000 pesos a una mujer que, precisamente, vio a sus productos afectados por un corte de luz. Además, establecieron que este tipo de servicio debe ser de alta calidad, y no es responsabilidad del consumidor conseguir medios para evitar este tipo de situaciones o contratar un servicio mejor.

En su voto, la jueza María Soláns consignó que “la teoría del riesgo creado se centra en un principio de responsabilidad con abstracción de ingredientes subjetivos como "culpa" o "inocencia" del dueño y guardián, puesto que su fundamento es puramente objetivo. El demandado sólo podrá liberarse total o parcialmente, demostrando que el daño causado no respondió al riesgo de la cosa sino a la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder, o bien la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que demuestren la interrupción de la relación causal existente entre el riesgo y el daño”.

La magistrada señaló que “sin intentar demostrar en los agravios la ocurrencia de alguno de los eximentes de responsabilidad aludidos -pues no lo demuestra el dogmático argumento que refiere a la culpa de la víctima por no haberse procurado el suministro del servicio eléctrico absoluto a su cargo, el cual resulta carente de todo sustento, ya que es deber del distribuidor prestar el servicio público de electricidad con un nivel de calidad satisfactorio y de elevada calidad, sin generar daño, e inadmisible pretender que para lograrlo el usuario tenga que asumir obligaciones propias de otra alternativa de convención o modalidades de servicio (contratación de servicio absoluto) o utilizar otras fuentes de energía eléctrica - a través de un generador”.

La camarista añadió: “Por otra parte, se agravia la apelante por entender que el resarcimiento por la falta de suministro de energía eléctrica encuentra su límite en el pago de las penalidades previstas en el contrato de concesión y con el ENRE como autoridad de aplicación”.

La vocal reseñó que “al respecto, cabe destacar que del Reglamento de suministro de energía eléctrica para los servicios prestados por las empresas Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A. agregado a la causa, surge que ante cualquier problema en el servicio de energía eléctrica, el usuario deberá reclamar en primer término, ante la distribuidora, en forma personal, telefónica, por correspondencia postal o electrónica, o cualquier otro medio adecuado, surgiendo tal reclamo efectuado por la actora y la titular del fondo de comercio a fs. 8, respondido en forma negativa por Edenor a fs. 9”.

La integrante de la Cámara entendió: “Prevé el citado reglamento que el usuario podrá recurrir directamente ante el ENRE cuando se trate de reclamos por falta de suministro y en caso de denuncias por seguridad pública, de lo cual no se desprende como pretende el apelante, que este sea el ámbito excluyente en el cual deba dirimirse un reclamo por daños causados por falta de suministro”.

“Sobre tal cuestión se ha expedido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, decidiendo que la determinación y condena al pago de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la empresa distribuidora de energía eléctrica respecto del contrato celebrado con el usuario deben considerarse fuera de la jurisdicción especial atribuida al Ente Nacional Regulador de Electricidad por el art. 72 de la ley 24.065 (ley marco regulatorio)”, agregó la sentenciante.

Soláns recordó que “ha dicho la Corte que la expresión "toda controversia" contenida en el art. 72 de la ley 24.065 debe entenderse circunscripta a toda controversia válidamente sustraída por el Congreso a la competencia de los jueces ordinarios, por lo cual el poder para dirimir el reclamo de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de la empresa distribuidora de energía eléctrica, respecto del contrato celebrado con el usuario y planteado con sustento en el derecho común, es extraño a las atribuciones conferidas al Ente Nacional Regulador de la Electricidad, porque no guarda relación con los motivos tenidos en miras al crear el ente”.

“Estableció también que la atribución otorgada -art. 72 ley 24.065- al Ente Nacional Regulador de la electricidad para dirimir todas las controversias de contenido patrimonial que se susciten entre particulares con motivo del suministro de energía eléctrica debe entenderse con el alcance derivado de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme la cual el otorgamiento de facultades jurisdiccionales a órganos de la administración desconoce el art. 18 de la Constitución Nacional, que garantiza la defensa en juicio y el art. 109 que prohíbe en todos los casos al Poder Ejecutivo ejercer funciones judiciales”, añadió la jueza.

La magistrada consignó que “de allí que no pueda sostenerse válidamente que la responsabilidad se circunscriba a la pena que imponga un tercero (Enre) a quien la actora esté obligada a orientar su reclamo por daños y perjuicios producidos por las condiciones de aporte de suministro”.

“No habiéndose demostrado, entonces, la improcedencia del reclamo a la accionada en sede judicial ni la culpa de la víctima alegada como eximente de responsabilidad corresponde desestimar los agravios y confirmar la sentencia en este aspecto”, afirmó la camarista. (Diario Judicial).

Libertad de culto. Creer o trabajar.

La Corte bonaerense confirmó una sentencia en la que la Asociación Bancaria fue condenada porque una empleada se consideró despedida, ya que no podía trabajar los días sábados por profesar una religión que no se lo permitía y la compañía no se los pagaba.
En los autos “Belotto, Rosa E. contra Asociación Bancaria (S.E.B.). Despido”, los integrantes de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) determinaron que era procedente el despido indirecto alegado por la actora, a quien dejaron de abonarle un día de su trabajo porque no podía concurrir los sábados, debido a que practica la religión de la Iglesia Adventista y ese es el día “consagrado a la fe”.

Con una mayoría de votos concordantes, los integrantes del Máximo Tribunal afirmaron que la pretensión de los demandados atentaba contra la libertad de culto y de religión, considerando al mismo tiempo que las sanciones impuestas eran una grave falta en contra de la accionante.

En su voto, el juez Eduardo de Lázzari atendió a los argumentos de la demandada y recordó que en su recurso cuestionó “la inusitada extensión que el tribunal de trabajo ha dado al derecho al culto y la libertad de conciencia, lo que acarrea -por lo menos de forma implícita- una rebaja de categoría de sus propios derechos constitucionales”.

Los accionados afirmaron que “no puede fundarse en normas morales o religiosas, ni los mandamientos de una iglesia constituyen derecho positivo que puedan dar respaldo jurídico a un pronunciamiento, porque ello -concluye- comporta una violación de lo dispuesto en los arts. 2, 14, 20 y 31 de la Constitución nacional, en el art. 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ley 23.313), y en los arts. 1, 62, 63, 204 y 242 de la Ley de Contrato de Trabajo”.

El magistrado señaló que “todos sabemos que el art. 14 de la Carta Magna, entre otros derechos, asegura, para todos los habitantes de la Nación, la libertad de profesar libremente su culto, conforme las leyes que reglamenten su ejercicio”.

El vocal señaló que “esto se manifiesta de muchas maneras, según lo ha expresado Bidart Campos, como libertad de conciencia y de culto, como facultad de los padres para decidir la orientación espiritual y religiosa de sus hijos, como derecho a disponer de tiempo suficiente para asistir a las prácticas religiosas y a no ser obligado a trabajar violando las reglas de conciencia, etc., a la vez que, en su forma negativa, se presenta como derecho a no ser obligado a participar en actos o ceremonias de culto en contra de la propia conciencia, o a recibir una enseñanza opuesta a la propia fe, etc”.

“No hay una normativa particular destinada a los adeptos de la Iglesia Adventista, a diferencia de lo que ocurre con otras colectividades para quienes se señalan fechas específicas o días preceptivos para celebraciones, conmemoraciones, etc. (son ejemplos las leyes 24.571, 24.757, 25.151 y 26.199, sin contar con las tradicionales fechas del calendario católico). No hay, en concreto, una regla específica que consagre el derecho, para los cultores de la fe adventista, a no prestar tareas los días sábados o que imponga la obligación a un empleador de no exigirlas”, consignó el miembro de la SCBA.

El integrante del Máximo Tribunal provincial explicó que “la normativa internacional, por supuesto, tampoco particulariza el caso; sin embargo, en los tratados que nuestro país ha suscripto y que forman parte de su bloque de constitucionalidad, se garantiza a toda persona el derecho a la libertad de conciencia y de religión, a conservar su religión o sus creencias o a cambiarlas, a profesar y a divulgar su religión o creencia, o a manifestarla de forma individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la observancia, la práctica y la enseñanza”.

En estos términos, el sentenciante añadió que “así se desprende del plexo de normas de la mayor jerarquía -de entre las cuales he citado sólo ejemplos-, quedando en evidencia que la libertad religiosa no es simplemente un derecho tolerado sino que es una libertad ampliamente reconocida, aceptada y protegida”.

“En nuestro país, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (en la causa "S., M. R. c/ Longseller S.A. s/ Despido") interpretó que hubo un ejercicio abusivo del ius variandi de parte del empleador que, sabedor de la religión adventista del trabajador, le impuso el cumplimiento de sus tareas dentro del horario reconocido como de sabath y que, ante las objeciones del empleado a partir de sus convicciones religiosas, procedió a despedirlo”, recordó Lázzari.

El juez destacó que “según se ha visto, el Estado no ha producido leyes o reglas que regulen el particular caso de los adeptos a la Iglesia Adventista del Séptimo Día con respecto al descanso preceptivo de los días sábado. En otras palabras: no ha sido puesto de manifiesto que haya un interés primordial o preponderante del Estado que justifique alguna restricción a esta libertad”.

“En cambio, sí se han dictado distintas leyes que consagran el derecho de observar días de descanso o meditación, de celebrar o conmemorar festividades y ceremonias, de conformidad a determinados rituales religiosos mayoritarios, o fundados en convicciones morales”, aseveró el magistrado.

El vocal agregó: “Una extensión de tal normativa, no necesariamente forzada, permite concluir que del ordenamiento jurídico nacional se desprende -también con el perfil de un principio general- el respeto por la creencia de que determinados días de la semana, o fechas del calendario, deben ser dedicados exclusivamente al descanso (o, dicho de otra forma, que para los creyentes de determinadas religiones es obligatorio en ciertos días el abstenerse de trabajar para dedicarlos al culto respectivo)”. (Diario Judicial).

La casa soñada se convirtió en pesadilla.

La Sala K de la Cámara Civil confirmó una condena a dos arquitectos que deberán pagar una indemnización en concepto de incumplimiento de contrato de obra. Los camaristas consideraron que la construcción presentó deficiencias y que además no fue entregada en tiempo oportuno.

En los autos “B., A. S. y otro c/ M., G. F. y Otro s/ Daños y Perjuicios", la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, integrada por Oscar Ameal, Lidia Hernández y Carlos Domínguez, ratificó la sentencia de Primera Instancia condenando a dos arquitectos a indemnizar a los co-actores por los daños y perjuicios resultantes del incumplimiento del contrato de locación de obra.

Todo comenzó cuando los demandantes contrataron a los arquitectos G. F. M. y R. D. I. para la construcción y dirección de obra de una vivienda unifamiliar, emplazada en la localidad de Canning, provincia de Buenos Aires. La contratación se realizó bajo la modalidad  "llave en mano" asumiendo a través de un documento la construcción del inmueble hasta su total terminación.

Los accionantes se agraviaron porque “la construcción no fue terminada en el plazo pactado y presentó grietas y rajaduras en las paredes del inmueble causando filtraciones en los techos y paredes”.

Los arquitectos admitieron haber firmado un contrato de ejecución y dirección de obra, aunque señalaron que nunca fue ejecutado por ellos. Por otro lado, indicaron que el proyecto de obra que les presentaron había sido confeccionado por otra profesional.

A todo esto, el juez Oscar José Ameal destacó la sentencia de primera instancia: “La magistrada en su excelente fallo, al considerar -en mérito a los antecedentes del caso- acreditado el nexo causal, lo que sumado a la responsabilidad objetiva propia de toda cadena que integra el proceso constructivo, genera la presunción seria, grave y concordante que permite confirmar la admisión del reclamo”.

El camarista aseveró que, luego de analizar las pruebas y testimonios, se advirtió la existencia de “responsabilidad generadora del deber de indemnizar”, ya que se plasman los presupuestos de incumplimiento objetivo del contrato, la atribución de responsabilidad,  junto al daño y la relación causal con el hecho.

Finalmente, la sentencia de Cámara destacó que la  prueba pericial “traduce la convicción del deficiente estado del inmueble; y del incumplimiento de los accionados de realizar y entregar la obra en tiempo oportuno y conforme las reglas del arte. Además reafirma la relación causal entre la locación de obra asumida y los vicios de construcción alegados”. (Diario Judicial).

El fallo 'Google' empieza a sentar jurisprudencia. Por Matías Werner.


La Corte Suprema confirmó dos fallos que revocaron condenas contra Google y Yahoo! por mostrar en los resultados de búsqueda de los nombres de dos modelos enlaces con sitios pornográficos. Uno de ellos fue el primer antecedente en nuestro país que responsabilizó a los buscadores. Los magistrados reiteraron la doctrina establecida en el caso de María Belén Rodriguez.

La primera condena a los motores de búsquedas de internet fue finalmente dejada de lado, pesó más el fallo de la Corte Suprema que resolvió que Goolge y Yahoo! no son responsables por los enlaces a páginas de terceros.

La Corte Suprema, integrada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, aplicó el criterio esbozado en la sentencia dictada en los autos "Rodríguez, María Belén c/ Google lnc. s/ daños y perjuicios" y dejó firme lo que se había resuelto la Cámara Civil en el caso "Da Cunha, Virginia c/ Yahoo de Argentina S.R.L. Y otro s/ dafios y perjuicios", que en julio de 2009 tomó notoriedad pública porque el fallo de la jueza en lo Civil N° 75, Virginia Simarí, fue el primero en Latinoamérica en condenar a los motores de búsqueda. También hizo lo propio con el caso  de otra modelo, Bárbara Lorenzo.

La primera condena
Da Cunha, ex integrante del grupo Bandana, demandó a Google y Yahoo! porque en sus motores figuraban enlaces que vinculaban a la demandante con sitios de contenidos pornográficos. La magistrada, si   falló contra los buscadores, ordenándoles que indemnicen a la actora por daño moral, al entender que "aún cuando en la actividad desplegada por los buscadores no media intervención humana por tratarse de procesos automatizados, no puede desligarse al titular de las consecuencias que generen sus diseños.  Su quehacer constituye un servicio que facilita la llegada a sitios que de otro modo serían de muy dificultoso acceso, y además, esa facilitación hace precisamente al núcleo de una de las actividades centrales que desarrollan".

El fallo fue posteriormente revocado por la Sala D de la Cámara del fuero. Los jueces Patricia Barbieri, Ana María Brilla de Serrat y Diego C. Sánchez consideraron que el rol de los buscadores "es facilitar a sus usuarios el acceso a páginas de Internet, que, en principio, presentan contenidos relacionados con la búsqueda realizada". Por lo que "no basta que la información o el contenido existente en la web y encontrado a través de los buscadores sea erróneo y aún lesivo para el honor, la imagen o la intimidad de una persona para que ésta tenga derecho a que le sea reparado el perjuicio causado", sino que quien "pretenda el resarcimiento deberá demostrar la culpa o negligencia en que incurrió el buscador".

Un criterio idéntico al esbozado en la doctrina de la Corte Suprema, que terminó de zanjar la cuestión de la responsabilidad objetiva de los buscadores en los términos del artículo 1113 del Código Civil,. En otras palabras "no basta la sola comprobación del daño para imponer el deber de resarcir, sino que es necesario probar el factor de imputabilidad subjetivo, sea la culpa o el dolo".

La continuidad del criterio en Primera Instancia y la misma solución para la Cámara

La otra sentencia siguió un rumbo similar. Se trató del caso "Lorenzo, Bárbara c/ Google Inc. s/ Daños y Perjuicios - Ordinario", donde se repitieron los mismos pasos. Un juez de Primera Instancia en lo Civil, Carlos Goggi, condenó a los buscadores por entender que "no toda información difundida en Internet puede contar con el aval normativo de equiparación a la libertad de expresión a través de la prensa o, inclusive, en general, puesto que un gran porcentaje de esos datos son (...), directamente ilícitos o, al menos, disvaliosos desde todo punto de vista".

La sentencia fue revocada por la Sala I de la Cámara Civil, donde los jueces Carmen Ubiedo, Patricia Castro y Carlos Molteni expresaron que "cuando los buscadores se limitara a facilitar el acceso a contenidos que se encuentran en sitios web de terceros, aquellos no tienen forma, en principio, de saber con anticipación qué contenidos son ilegales o agraviantes, y por tal motivo corresponderá, como regla, que el interesado los ponga en conocimiento de tal circunstancia para que procedan, prontamente, a filtrar, bloquear o extraer de sus listados de resultados aquellos contenidos".

La Procuración, en la misma linea
El caso "Da Cunha" también fue analizado por la Procuración General. En su dictamen, Laura Monti se pronunció en favor de la posición de los buscadores, en un conflicto que involucraba, según la procuradora fiscal "el derecho al honor, a la imagen y a la intimidad que invoca la actora y el derecho a la libertad de expresión que atañe a las demandadas".

Monti aseguró que que la conducta de los buscadores "no puede, en principio, traer aparejada responsabilidad alguna a las demandadas” ya que “se limitan a detallar la información contenida en la red, mencionando expresamente la fuente, en este caso los sitios web, de la cual procede", por lo que postuló la confirmación de la sentencia firmada por la Sala D.

El ' derrame' del 'Googlazo'
El 28 de octubre de 2014 se conoció finalmente la posición de la Corte Suprema en la cuestión, cuando los ministros Elena Higthon de Nolasco, Carlos Fayt, Raúl Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda (los dos últimos en disidencia parcial) revocaron la sentencia que había dispuesto la responsabilidad de Google.

En esa oportunidad, el Tribunal Supremo detalló que los motores de búsqueda "no tienen una obligación general de ‘monitorear’ (supervisar, vigilar) los contenidos que se suben a la red y que son proveídos por los responsables de cada una de las páginas web. Y, sobre esa base, se concluye en que los ‘buscadores’ son, en principio, irresponsables por esos contenidos que no han creado".

De modo que la consecuencia lógica de ese razonamiento era que "a la inexistencia de una obligación general de vigilar le sigue -como lógico corolario- la inexistencia de responsabilidad".}

Al igual que la Cámara Civil, en los dos pronunciamientos, la Corte se inclinó por la demostración, aunque sea, de culpa, para que proceda la condena por daños y perjuicios, cambiando de eje la aplicación del 1113 por el 1109. "La pretensión de aplicar responsabilidad ‘objetiva’ en este tema, es de una llamativa insustancialidad”, sostuvieron los magistrados, que luego agregaron que “Si a la vera de un camino se desarrolla una actividad ilícita -que, por hipótesis, debe ser condenada- no por eso puede sancionarse al responsable de la ruta que permite acceder al lugar, con el peregrino argumento de que hizo más fácil la llegada a aquél”.

La doctrina del Máximo Tribunal, entonces, es que "hay casos en que el ‘buscador’ puede llegar a responder por un contenido que le es ajeno: eso sucederá cuando haya tomado efectivo conocimiento de la ilicitud de ese contenido, si tal conocimiento no fue seguido de un actuar diligente". La misma terminó siendo vinculante en "Da Cunha" y "Lorenzo", dos fallos que tuvieron otra particular, fueron los últimos que tuvieron la firma de los cinco jueces que integraron el Máximo Tribunal de Justicia, antes del alejamiento de Raúl Zaffaroni. (Diario Judicial).

Ya no se puede caminar tranquilo




La Justicia ordenó a una estación de servicio a indemnizar con más de $76.000 a una mujer que se tropezó con la boca para descargar nafta de los camiones. Los jueces entendieron que el desnivel que provocaba era culpa de la construcción llevada a cabo.
Las bocas para cargar nafta de las estaciones de servicio tienen una característica saliente: se encuentran ligeramente por encima del nivel del suelo. Esta forma de construcción puede provocar accidente como tropezones que acaban en indemnizaciones de más de 76.000 pesos, como ocurrió en el caso de los autos “Lazarte Suarez Isabel Mercedes c/ Estación Lima S.A. y otro s/ daños y perjuicios”.

Así lo determinaron los integrantes de la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, compuesta por José Luis Galmarini, Fernando Posse Saguier y Eduardo Zanonni, quienes alegaron que no hubo elementos que permitieran suponer que la culpa fuera de la víctima, ya que, además, no había elementos de señalización que permitieran identificar el obstáculo.

Además, en sus fundamentos, el juez Posse Saguier consignó que “sobre la base del presupuesto fáctico contenido en la demanda, no existen dudas que rige en el caso las previsiones contenidas en el segundo párrafo, de la segunda parte, del art. 1113 del Código Civil. Sin embargo, para que opere la presunción allí contenida, la actora debe acreditar la existencia del hecho y la relación de causalidad adecuada con los daños alegados”.

El magistrado señaló que “no es ocioso recordar que las reglas de la sana crítica son, ante todo, las del correcto entendimiento humano, derivadas de la lógica y de las máximas de experiencia del juzgador. Se sustentan en la actividad intelectual que éste realiza para la apreciación de los elementos de ponderación que le fueron arrimados al proceso, para determinar la fuerza probatoria relativa que tienen cada uno con los demás, para llegar a la convicción de correspondencia del conjunto respecto de la versión fáctica en la que se asienta la causa de la pretensión o de la defensa”.

El camarista también explicó que “de la versión suministrada por la actora en el escrito de inicio se desprende que al momento del producirse el accidente se encontraba caminando junto a su esposo y otros miembros de la congregación. Específicamente, identificó a la señora Beatriz Brizuela como acompañante en aquel entonces”.

El vocal manifestó que “la nombrada declaró en esta causa a fs.172, corroborando la fecha, lugar y hora aproximada denunciada por la actora en su demanda. Además, en relación a la secuencia del accidente, describió concretamente que la causa de la caída fue provocada por una "especie de boca redonda" (sic) que tenía una altura sobresaliente, y que al pasar por dicha tapa fue que la actora tropezó sufriendo las lesiones que describiera la testigo”.

El miembro de la Sala entendió que “en relación a las críticas que formula el apelante sobre estas declaraciones, cuadra recordar que los testigos no se cuentan, sino que se pesan. En este sentido, ya he tenido oportunidad de señalar que el juez goza de amplias facultades para valorar, conforme a las reglas de la sana crítica, la fuerza probatoria de las declaraciones testimoniales (conf.: arts. 386 y 456 del Código Procesal). Es por ello que la eficacia de la prueba testimonial debe ser ponderada en función de la razón de los dichos que suministren y de la impresión de veracidad que transmiten sus exposiciones”.

“Cabe también recordar que la eficacia de la prueba testimonial se rige por el artículo 456 del Código Procesal; punto sobre el cual debe mencionarse que el juez tiene la facultad privativa de apreciar si los testigos y sus testimonios aparecen objetivamente verídicos, no solo por la congruencia de sus dichos, sino además, por la conformidad con el resto de las pruebas que obran en el expediente”, agregó el integrante de la Cámara.

El sentenciante recordó que “el anterior magistrado no solo valoró adecuadamente los testimonios de la señora Brizuela y Suárez para acreditar la existencia del hecho y la relación de causalidad entre el riesgo o vicio de la cosa y el perjuicio sufrido, sino que también hizo mérito tanto de los restantes testimonios ofrecidos por ambas partes, como la constatación notarial de fs.30/41 que, aun cuando haya sido efectuada luego de haber transcurrido casi tres años del accidente denunciado, lo cierto es que, a esa fecha, persistía el deficiente estado de conservación del lugar y el desnivel de la tapa”.

“Por otra parte, cabe ponderar que aun cuando los testigos ofrecidos por la demandada dijeron no haber presenciado ningún accidente en la fecha denunciada, así como que no se habría asentado el suceso en el libro de quejas de la estación, lo cierto es que esta circunstancia no resulta relevante ni desvirtúa las declaraciones testimoniales que dieron cuenta de la existencia del accidente, tal fueran valoradas anteriormente”, añadió Posse Saguier. (Diario Judicial).

DENUNCIAN AL MUNICIPIO DE VILLA GESELL.

La Federación de Sindicatos Municipales Bonaerense (FeSiMuBo), que lidera Rubén 'Cholo' García, formuló una denuncia en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires contra el municipio de Villa Gesell por "acoso laboral" y "despidos masivos" de trabajadores. Desde la organización que nuclea a los trabajadores municipales de todo el territorio bonaerense afirman que "intempestivamente la Municipalidad de Villa Gesell ha despedido a 35 compañeros municipales, dos de ellos integrantes de la Comisión Directiva del Sindicato de Empleados Municipales de Villa Gesell, entidad en formación y afiliada a esta organización sindical". 
Denuncian además que "entre los despedidos se encuentra un compañero en uso de licencia por accidente de trabajo; otro compañero que en tres meses se jubilaba, con licencia médica después de habérsele realizado una operación de corazón, y que ahora se queda sin obra social; cese a trabajadores con antigüedades que exceden los cinco años; cambios de áreas a personal de planta sin sumarios, y con legajos sin sanciones; se obliga a laborar jornada completa a compañeras que se encuentran dentro de la jornada reducida por lactancia; amenazas con reducción de horas o cese de la relación laboral". 
Más adelante, la FeSiMuBo advierte al Ministerio de Trabajo provincial que "según la información con que contamos se avecina otros 80 despidos más, todo lo cual amerita una urgente intervención de ese organismo a fin de que se proceda a la reincorporación inmediata de los cesanteados, se ordene el cese del hostigamiento laboral de que son objetos los compañeros, y se restituya a sus lugares de trabajo a todos los trabajadores trasladados, y se deje sin efecto cualquier medida de despidos o cesantías masivas". 
Por último expresan que "este requerimiento se efectúa en el marco de la ley 10.149 y con el objeto evitar que el conflicto generado ingrese en la zona de las medidas de fuerza que deberemos adoptar en resguardo de los compañeros afectados".

Tigre. Vivona: "promoviendo el deporte es el mejor camino para profundizar la inclusión"


Impulsado por la Asociación Deportiva Nacional se realizó el sábado una exhibición de boxeo en Tigre.
Luis Vivona, subsecretario de deporte comunitario de la Nación e impulsor de la ADN manifestó: "Continuamos promoviendo al deporte en todas sus modalidades, porque creemos que es el mejor  camino para profundizar la inclusión que pregona este gobierno nacional de Cristina Fernández de Kirchner".
La Asociación Deportiva Nacional reconoce las heterogeneidades de cada territorio y las preferencias deportivas de los jóvenes, por tal motivo ADN Tigre fortaleció la exhibición de boxeo comunitario en el club Alsina del barrio Las Tunas, en la localidad de Pacheco.
Más de 300 personas disfrutaron de la velada con 15 peleas de distintas categorías.
Los gimnasios y escuelas que participaron del evento fueron:
Club Villa Pinyeros,
Sociedad de Fomento de Box de Garín,
Club 9 de Julio de Bancalari,
Escuela de Boxeo de Villa Adelina,
Escuela de GYM de Benavidez,
Escuela Adolfo Ríos de Don Torcuato,
Escuela de GYM de Boulogne,
Escuela de Box Barrio La Paloma y
Escuela de Boxeo Club El Talar.
Luis Vivona resaltó el compromiso de los integrantes de la organización por la inclusión para continuar con el fortalecimiento del deporte social en sus respectivos distritos. “El sábado por la noche fue ADN Tigre quién impulsó un encuentro deportivo pero esto es replicado con las diferentes actividades que llevan adelante todos referentes de la asociación  en sus barrios”, comentó.
Así mismo manifestó que: "Continuamos promoviendo al deporte en todas sus modalidades, porque creemos que es el mejor  camino para profundizar la inclusión que pregona este gobierno nacional de Cristina Fernandez de Kirchner".

Malvinas Argentinas: avanza el nuevo túnel para vehículos livianos.


Con la intención de descomprimir el tránsito vehicular en los paso a nivel de la estación de Grand Bourg, el municipio de Malvinas Argentinas continúa realizando la obra del túnel bajo nivel y el asfalto de numerosas calles aledañas. 
Entre el túnel en Grand Bourg y los asfaltos aledaños serán 76 millones de pesos de origen municipal.
Con la intención de descomprimir el tránsito vehicular en los paso a nivel de la estación de Grand Bourg, el municipio de Malvinas Argentinas continúa realizando la obra del túnel bajo nivel y el asfalto de numerosas calles aledañas. 
En una primera etapa se hicieron diez mil metros cuadrados de pavimento y ahora se van a hacer quince mil metros cuadrados más. Serán Treinta y cuatro millones de pesos  los invertidos por el municipio en aproximadamente dos mil quinientos metros de pavimento, tanto del lado norte como del lado sur de la ciudad.
“Esto le va a dar mayor accesibilidad a toda la zona aledaña a lo que es el bajo vía, que va a quedar a nuevo y va a descomprimir el paso a nivel de la calle Seguí a la altura de la estación”, explicó Roberto Lucero, secretario de obras públicas de Malvinas Argentinas.
Concluidos los primeros diez mil metros cuadrados de asfaltos realizados, con su correspondiente obra hidráulica, se comenzó con la segunda etapa en la calle Combate de San Lorenzo y se estima que para el mes de abril estén concluidas las obras.
En cuanto a la construcción del túnel, Lucero comentó que las obras transcurren en tiempo y forma. “Ya se hizo todo el pilotaje, se va a comenzar a principios de año con el armado de los puentes ferroviarios” y estima que para abril se inaugure.
En este caso, la inversión municipal será de veintiún millones de pesos; este túnel tendrá dos metros y medio de altura y será para vehículos livianos.
Lucero explicó que a diferencia de túneles de otros distritos donde éstos se inundan cuando llueve, en Malvinas Argentinas eso no sucede ya que “en la construcción se hace un pozo de bombeo y se colocan bombas con un sistema hidráulico que van a los arroyos o a un lugar donde se pueda sacar el agua. Y este túnel también tiene su pozo de bombeo, las bombas de achique y un grupo electrógeno para que cuando los días de tormenta, que normalmente se corta la luz, las bombas puedan funcionar con su grupo”.
Entre los 2.500 metros de pavimento y el túnel bajo a nivel, la inversión total asciende a los 55 millones de pesos, solventados con fondos municipales.

miércoles, enero 14, 2015

José C. Paz. Carlos Victor Zalazar: "volvemos con el euskera, la lengua más antigua viva de Europa".

El Centro de Estudios Municipal José C. Paz, abrirá un curso de euskera -vasco- a partir del ciclo lectivo 2015.
Si bien no es la primera vez que Toki Eder, la casa vasca paceña, sale de su sede a enseñar la lengua de los vascos –durante los años 2003, 2004 y hasta julio de 2005 el euskera formaba parte del listado de idiomas que ofrecía el Centro Municipal de Estudios José C. Paz -sí será ésta la primera vez en la que el irakasle encargado de dar las clases sea de la propia cantera de la Euskal Etxea.
Martin Colombet, ikasle de la casa e irakasle en formación en el programa Euskara Munduan será quien estará a cargo del nivel inicial en el Centro de Estudios Municipal de José C. Paz.
El Dr. Carlos Victor Zalazar, director del centro municipal de estudios desde su fundación expresó que: " volvemos con el euskera, la lengua más antigua viva de Europa como lo hicimos desde 2002 a 2005. Tiene además el valor que nuestra ciudad de José C. Paz fue fundada por un vasco, Don José Altube y está hermanada con Oñate en la provincia de Guipozcoa desde el año 2000, además; una coincidencia; el apellido de nuestro intendente municipal Carlos Urquiaga como el mío son apellidos euskeras"
Las inscripciones en el Centro de Estudios Municipal de José C. Paz, sito en Leandro N. Além y Pueyrredón de la ciudad homónima  para todos los cursos se reinician el día 9 de febrero de 8,00 hs a 20,00 horas.
Lo mismo sucederá en la sede barrio Vucetich sita en la avenida Croacia y Bela Bartok. 


martes, enero 13, 2015

Se inaugura el ciclo San Isidro Cine y Estrellas

Este viernes 16 de enero, con el film “Socios por accidente” empezará una nueva edición de esta propuesta para disfrutar en San Isidro, de forma gratuita y al aire libre, del cine argentino contemporáneo.
Dentro de la programación que el Municipio ofrece para disfrutar el verano en San Isidro, comienza una nueva edición del ciclo San Isidro, Cine y Estrellas, una propuesta gratuita para disfrutar del cine argentino contemporáneo al aire libre y en familia.
Este viernes 16 de enero, a las 21, se proyectará la película “Socios por Accidente”, con José María Listorti y Pedro Alfonso (en Colombres y J. M. Moreno, Villa Adelina).
La función se reprograma por lluvia.

De la Torre inauguró el primer natatorio municipal de San Miguel

Frente a los niños que participaron de la primera quincena de la colonia de vacaciones realizada por el municipio en “El Colibrí”, en Ciudad Santa María, el intendente Joaquín de la Torre encabezó la inauguración de las instalaciones.

Realizada íntegramente con fondos municipales el municipio construyó una pileta semi-olímpica, de 25 metros por 12,5, que durante el verano es utilizada para las colonias de vacaciones, pero a lo largo del año permitirá desarrollar el Programa de Natación, para niños, jóvenes, adultos y chicos especiales de San Miguel.

El subsecretario de Deportes del municipio, Ariel Dalbene, destacó: “Hemos cumplido un sueño. La pileta de El Colibrí es un proyecto que venimos trabajando hace mucho tiempo, y ahora es una realidad. Gracias a esta obra hoy las colonias de vacaciones no son sólo un lugar para divertirse y pasar el verano, hoy son un lugar de aprendizaje”.

Por su parte, al tomar la palabra, Joaquín de la Torre señaló: “El deporte es una herramienta de transformación. El deporte es un eje formativo de valores que hace las veces de puente entre unos y otros. Así como la unión hace la fuerza, el espíritu de solidaridad que tiene la práctica del deporte, el trabajo en equipo, y la ayuda al prójimo, constituyen en sí mismos rasgos de sana competencia en un marco de reglas comunes que alimentan los buenos hábitos, el desafío de la superación permanente y el cuidado de la salud en general”.

Asimismo agregó: “Más de 6.500 chicos de San Miguel este verano van a poder participar de las colonias de vacaciones. Además este año hay lugar para los chicos especiales en todas las colonias, a la vez que dispusimos un sistema para que desde todos los rincones del Partido puedan participar también nuestros queridos Adultos Mayores”.

Cabe destacar que a la pileta del Polideportivo “El Colibrí”, se le sumará la pileta, también semi-olímpica, que se construyó en el Polideportivo Bella Vista, y que será inaugurada próximamente, y donde ya la están disfrutando los chicos de esa colonia.

Un día como hoy... pero hace 52 años. Fundación de la Cooperativa Telefónica de Grand Bourg.



El 13 de enero de 1963 se da un suceso, que, va a tener indudable repercusión en la comunidad de Grand Bourg e Ingeniero Pablo Nogués, por todo lo que va a protagonizar en el progreso de la zona. Se Funda la Sociedad Cooperativa Vecinal de Grand Bourg de Pavimentación , Salubridad, y Urbanística Ltda. 
Su primer comisión directiva quedo constituida de la siguiente manera: presidente, Carlos García Martínez; vicepresidente, Dr. Noé Vinocur; secretario, Agustín Ibañez; prosecretario, Arsenio Guisio; tesorero, Reinaldo Teglia; protesorero, Juan Carlos Ciuffo; vocales titulares, 1o Alfredo Ventura Crebay, 2o Victor Cuello; 3o Raimundo Teglia; 4o Emilio Cario; 5o Roberto Helguero; 6o Manuel Pereira; vocales suplentes, 1o Mario Cantoni; 2o Juan Catalani; 3o, Aurelio Ferreyra; 4o, Alfonso Alvarez Tovar; 5o Eladio Muller; síndico titular, Cdor. Juan Ricardo Gallo; y síndico suplente, Raúl Angel López.
Entre tantos hechos históricos que protagonizo, sin dudas no se puede dejar de resaltar que en el año 1970, el Centro de Comerciantes realizó un convenio con la empresa Siemens para la instalación de cien líneas telefónicas, luego el centro deja de existir y la Sociedad Cooperativa Vecinal Vecinal de Salubridad y Urbanística Ltda. por ser la única en esos momentos con personería jurídica, se hizo cargo de la deuda y refinanció su pago y empezaría a marcar una infuencia en el desarrollo y en el progreso de su zona de influencia.
Hoy la entidad se denomina Cooperativa Telefónica de Grand Bourg, Servicios Públicos, Urbanización, Vivienda, Crédito y Servicios Asistenciales Ltda. Y su consejo de administración está integrado por: presidente: Domingo Cardozo; vicepresidente, Carlos Sarkis; secretaria, Mirta López; prosecretaria, Hilda González; tesorero, José Franchina; protesorero, Pedro Maleczko; vocales titulares: Ing. Hugo Omar Luna; Domingo A. Ramírez; Beatriz Mayer; vocales suplentes: Adelmo César Avallay; Mariana Bournissen y María Muñoz. Síndico titular: José Jérez. Síndico suplente: María Capdevila.

Para sentirse bien... dedicarse un poco de tiempo...


La Fundación Metropolitana asistirá técnicamente al Consejo Económico y Social de Tigre

La Fundación Metropolitana apoyará técnicamente el trabajo del Consejo Económico y Social de Tigre. Este espacio, tiene como principal objetivo fortalecer la democracia participativa y proponer acciones de mediano y largo plazo, desarrollando una labor de asesoría del estado municipal. Entre sus funciones figura la de elaborar el Plan Estratégico Tigre 2025, que trazará un recorrido fundamentando políticas a largo plazo, consensuadas por todos los sectores de la sociedad y que priorizara problemáticas estructurales de carácter municipal. Las temáticas que tratará el Consejo serán la producción y el empleo local, seguridad, desarrollo urbano sustentable y cuidado del medio ambiente, autonomía municipal, identidad y turismo, entre otras.
Además de asistir técnicamente al Consejo, la Fundación participa en las reuniones del Comité Ejecutivo, cuyo último encuentro de 2014 tuvo lugar en el mes de noviembre en el Club Canottieri y contó con la participación del intendente local Julio Zamora, la presidenta del HCD Alejandra Nardi, y más de 50 representantes de diferentes ámbitos de la comunidad, entre ellos: La Confederación de la Mediana Empresa (CAME), La Unión Industrial de Tigre, representantes de las Cámaras de Comercio de Tigre, CGT Zona Norte, la Mesa Político Sindical, miembros de la Iglesia Católica Obispado San Isidro, representantes de Iglesias Evangélicas, Colegio de Ciencias Económicas, Biblioteca Sarmiento, Colegio de Abogados Departamento San Isidro, Fundación Capital, Espacio AGUA, Fundación Oficios, entre otras entidades y organizaciones de la comunidad.
Durante la reunión se planificó la creación de comisiones de trabajo, divididas en temáticas y ejes de ejecución para comenzar a recibir proyectos que serán presentados tanto a nivel ejecutivo como legislativo municipal. Estos proyectos serán debatidos y analizados por las áreas pertinentes para su posterior implantación. Son diez las comisiones de trabajo conformadas para recibir los proyectos: trabajadores  y formación laboral, empresas y desarrollo productivo, comercio y cámaras sectoriales, culto y valores, políticas socio culturales, ambiente y urbanismo, social recreativo, comunidades, profesionales y técnicos, y adultos mayores. El comité ejecutivo del Consejo Económico y Social de Tigre está integrado por los delegados de las comisiones de trabajo. Su función es coordinar la actividad del Consejo, recibir los distintos proyectos, evaluarlos, y elevarlos al ejecutivo municipal.
“Queremos destacar especialmente el interés del Municipio en promover y sostener un proceso participativo de esta naturaleza”, refirió Gastón Urquiza al término de la reunión. “Desde la Fundación Metropolitana destacamos también la cantidad y heterogeneidad de las organizaciones que participan en el Consejo”, sostuvo al tiempo que definió que “sintetiza la planificación con participación que impulsamos desde hace 14 años desde la Fundación Metropolitana para todos los municipios del AMBA”. Por su parte el Jefe Comunal de Tigre, Dr. Julio Zamora manifestó “Este espacio participativo es una herramienta fundamental para canalizar las ideas y los aportes de una comunidad que quiere participar de la construcción de un municipio que crece día a día. En una época donde todo es división, desde la gestión municipal invitamos a todos los actores sociales con un espíritu de concordia, para dialogar y planificar una sociedad igualitaria y sustentable”.
El Director Ejecutivo del Consejo Económico y Social, Emiliano Mansilla comentó “El balance de esta primera reunión de comité es muy positivo. Tuvimos la participación de todas instituciones y organizaciones convocadas para hacer de este espacio participativo, un lugar donde cada voz y cada mirada sea debatida y así construir el Tigre del futuro. Contar con la participación del Intendente en esta jornada, marca la importancia que tiene esta propuesta. Todos los proyectos que nazcan desde el Consejo serán elevados al ejecutivo para generar políticas públicas para el desarrollo local” finalizo Mansilla.