BUENOS AIRES, Agosto 28, (PUNTO CERO) Las farmacias y establecimientos bonaerenses que vendan medicamentos y drogas farmacéuticas al público, deberán informar a partir del martes 29 de agosto el precio de las unidades individualizables de cada producto además del valor final del mismo, en tanto que la iniciativa se extenderá, a partir de octubre, a los vademécums.
Así lo establece la Resolución 840 del Ministerio de la Producción bonaerense que señala que dichos establecimientos deberán agregar a sus listas de precios los valores “de las unidades individualizables”, entendiendo por tales al precio final que efectivamente debiera pagar el consumidor por: un kilogramo, un litro, un metro, un metro cuadrado o un metro cúbico del producto o una sola unidad. La normativa señala además que, en el caso de presentaciones cuyo contenido no supere los doscientos cincuenta gramos o mililitros, la referencia al precio por unidades individualizables deberá hacerse a los cien gramos o cien mililitros.
“Es necesario que los consumidores y usuarios tengan acceso a información clara acerca de los productos que consumen. En muchos casos quienes tienen menos acceso a esos datos son las capas más vulnerables socialmente”, remarcó la ministra de la Producción Débora Giorgi, y que señaló que para esta medida “tomamos como base que la política de defensa del consumidor sea una forma más de redistribución del ingreso”.
La Resolución surgió a partir de la presentación que realizó el mes pasado la CGT Regional La Plata que encabeza el Diputado provincial Carlos Quintana, quien radicó la denuncia por violación a la Ley de Lealtad Comercial 22.802, ante la Dirección Provincial de Comercio dependiente de la cartera productiva. Quintana acusó a varios laboratorios por “flagrante abuso de poder corporativo debido a que se detectó en más de 75 casos de medicamentos, que el precio por unidad de los envases más pequeños tenía un costo notablemente inferior al de las presentaciones de mayor número de comprimidos o dosis.”
La normativa que entra en vigencia el martes señala también que los productos en los que están fraccionadas varias unidades individuales o comprimidos dentro de una unidad de embalaje o recipiente, además del precio final, se deberá informar el precio por cada comprimido o unidad individual que componga la totalidad embalada o contenida.
Para el cumplimiento de esta Resolución, los lugares de venta directa al público –que se extiende también a “quienes publiciten u ofrezcan por cualquier medio” estos productos- deberán exhibir un cartel perfectamente visible, en letras grandes y en un lugar destacado, que contenga el siguiente mensaje: “Usted tiene derecho a saber el precio final de cada pastilla o del medicamento por fracción, según cada una de las presentaciones. Consulte con su farmacéutico”.
Vademécum
La Resolución 840 establece también que estos lugares deberán poner a disposición de los consumidores un vademécum o libro que contenga los valores de los medicamentos por precio unitario y por fracción individualizable. Al mismo tiempo, puntualiza que estas publicaciones deberán estar actualizadas a partir del mes de octubre del corriente año. (PUNTO CERO).
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