La Corte Suprema dictó la inconstitucionalidad de la llamada "Ley espía", que autorizaba la intervención de las comunicaciones telefónicas y por internet, con la obligación de las empresas de preservar durante 10 años la información sobre las comunicaciones de los usuarios.
El Máximo Tribunal creó a partir de este fallo las "acciones colectivas", lo que supone que cuando un derecho extrapatrimonial (honor, privacidad, libertad) esté afectado, el fallo final incluya a todos los involucrados quienes evitarán, así, iniciar un juicio individual.
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