lunes, marzo 22, 2010

Ya rige el Valor Inmobiliario de Referencia (VIR)

(Asteriscos Tv). Rige desde el 1º de marzo la nueva normativa de la A.G.I.P. para definir el valor del inmueble a los efectos de establecer el impuesto de sellos para una operación de compra-venta desde el primero de marzo.

El V.I.R. (Valor Inmobiliario de Referencia) fue creado por la A.G.I.P. mediante la resolución Nº 67/2010 que dispone sea considerado como uno de los determinantes para establecer la base imponible del impuesto de sellos en las transferencias de inmuebles a título oneroso sobre inmuebles situados en la ciudad de Buenos Aires.

El V.I.R. ya existe para los siguientes barrios: Palermo, Recoleta, Belgrano, Almagro, Retiro, Colegiales, Saavedra, Liniers, Puerto Madero y Coghlan y en breve se irá ampliando al resto de las áreas de la ciudad.

El Valor Inmobiliario de Referencia debería adecuarse a los valores de mercado pertinentes para cada zona y barrio, es un valor calculado por técnicos del organismo público.

Desde el 1º de marzo del 2010 el escribano actuante deberá consultar, ingresando a la página de la AGIP, el V.I.R. del inmueble a transferir y en el caso de que resulte superior al precio de la operación, deberá actuar como agente de retención, calculando el impuesto de sellos sobre dicho valor.

A partir de abril del 2010 los escribanos deberán consultar el V.I.R. inclusive para las transferencias a título gratuito, sobre inmuebles situados en la Ciudad de Buenos Aires, ya que sobre este valor se computará el arancel notarial y el aporte notarial.

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