domingo, abril 25, 2010

Ensenada: La Provincia continúa con la entrega "simbólica" de chalecos a deliverys

El gobierno de Daniel Scioli, a través de la Jefatura de Gabinete, realizó hoy en Ensenada otra entrega “simbólica” de 110 chalecos reflectantes a empresarios locales cuyos comercios realizan servicio de mensajería o entrega a domicilio. Ya fueron repartidos más de 500 chalecos en Florencio Varela, San Nicolás y Colón.
Las unidades fueron entregadas por el Director de Política y Seguridad Vial, Emiliano Baloira al intendente Mario Secco, en un acto en donde estuvieron presentes empresarios de estaciones de servicio y comerciantes que ofrecen el servicio de delivery a sus clientes.
Al respecto, el gobernador Daniel Scioli, destacó que “en nuestra Provincia avanzamos en la implementación de los chalecos reflectantes, además de otras acciones, como la utilización obligatoria de cascos, que aportan a una circulación más segura”.
Durante el acto realizado en el despacho municipal, Secco sostuvo que “Ensenada acaba de promulgar la adhesión a la Campaña “sin casco no hay nafta” y al uso de estos chalecos reflectantes para deliverys en todo municipio. Agradezco a la Provincia que nos acerque esta nueva herramienta que sirve para apostar a la vida”.
Por su parte, Baloira destacó que “el gobernador Scioli nos encomendó una visión integral para el tema de la seguridad vial. Trabajamos en conjunto con Nación y con todos los municipios que, como Ensenada, apuestan a mejorar la calidad de vida de las personas”.
Desde el día 23 de marzo, la medida alcanza a todas las prestaciones de servicios, actividades de transporte, reparto, distribución de productos; alimentos y documentación que realizan las distintas empresas en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Las estimaciones del gobierno indican que 62.000 personas en la Provincia realizan esta actividad, de los cuales 49.600 prestan su servicio en la región metropolitana y 12.400 en el interior bonaerense.
El subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, explicó que “la disposición se encuentra establecida en la nueva Ley provincial de Tránsito N° 13.927. El uso del chaleco es un aporte a la seguridad vial y ciudadana. Desde fines de marzo, es obligatorio para todo el rubro de mensajería y deliverys” y agregó que “desde la Jefatura de Gabinete venimos trabajando en distintas actividades concretas para lograr tener un tránsito más ordenado y cuidar la vida de nuestros habitantes”.
Cuestan entre 10 y 30 pesos
Según los datos de la Jefatura de Gabinete, a cargo de Alberto Pérez, los chalecos se pueden conseguir en ferreterías, comercios de seguridad industrial y en sitios de venta online, con un precio por unidad que oscila entre los 10 y los 30$.
La Ley 13.927, su Decreto Reglamentario 532/09 y la resolución de Jefatura de Gabinete 1187/09 establecen que:
- El color de fondo será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja, fluorescente y deberá contener como mínimo dos bandas reflectantes, horizontales, verticales y/o cruzadas, ubicadas en la parte anterior y posterior del mismo, de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y cubriendo una superficie de trescientos centímetros cuadrados (300 cm2.), mínimamente.
- Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
- Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lx m2).
- En caso de no usar chaleco reflectante, los conductores y acompañantes deberán vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia.
- Cualquier elemento que el conductor y/o acompañante vista sobre el chaleco, que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contar mínimamente con una banda de material combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas.
- En caso que el motovehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del conductor y/o acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material reflectante y/o combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas, que abarquen el ancho de la parte posterior y sus laterales.
- Podrá utilizarse de forma supletoria lo establecido en la Norma IRAM 3859, en cuanto a condiciones técnicas mínimas referentes al chaleco reflectante, de no optar por utilizarse las estipuladas precedentemente.

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