A pesar de que ya pasaron 5 años desde la sanción de la Ley del Donante Presunto, la Argentina tiene aún tasas muy bajas de donación de órganos. Adriana Carballo, encargada del área legal del INCUCAI, explicó a DiarioJudicial.com qué problemas se presentan hoy en día en esta materia.
“La figura del consentimiento presunto tuvo mucha repercusión mediática, y se pensó que se estaba implementado un cambio que iba a solucionar todos los problemas, pero la realidad es que esto no es lo que se conoce como un ‘consentimiento fuerte’ o ‘estricto’ a la hora de donar órganos”, aseguró la encargada de la oficina de Legales del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablacion e Implante (INCUCAI), Adriana Carballo.
La Ley 26.066 incorporó una nueva modalidad de donación de órganos. Antes de esta normativa, para donar, la persona que lo hiciera debía hacer constar su voluntad.
La nueva legislación, que data del año 2006, establece que “toda persona capaz y mayor de 18 años pasa a ser donante de órganos y tejidos tras su fallecimiento, salvo que haya manifestado su oposición”.
Carballo precisó que “en una primera impresión, la gente creyó que se iba a solucionar el déficit de donantes de órganos por la naturaleza de la medida. Pero hay muchos factores a tener en cuenta, ya que, por ejemplo, hay que pedirle el testimonio de la voluntad del fallecido a su familia. Y si bien, cuando los familiares no saben qué posición tenía la persona al respecto se lo considera donante, esta instancia hace que el consentimiento sea atenuado”.
Asimismo aseveró que “hay muchos factores que influyen. No todas las personas son potenciales donantes. Es decir, no todos los pacientes de hospitales o fallecidos en alguna circunstancia tienen órganos que puedan ser utilizados para un transplante”.
De todas formas, Carballo consideró que la situación mejoró mucho con la implementación de la Ley. “El mes pasado tuvimos más de 60 donaciones, un número que es muy considerable”, dijo. Y si bien en 2011 ya se realizaron 461 transplantes, en la lista de espera aún aguardan 6566 personas. Todos los días entran 7 personas nuevas en la lista de espera.
La tasa de donación por cada millón de argentinos es de 5.2. Pero España, que también posee el sistema de consentimiento presunto, posee una tasa de 34.6, muy por encima de la media europea, que es de 14.
Los datos que muestra la Organización Nacional de Transplantes, institución que regula y fomenta la donación de órganos en España, no muestran grandes diferencias en cuanto a la metodología utilizada para concientizar y lograr que se llegue a esa cifra tan alta de donaciones. Por eso cabe preguntarse por qué hay semejante diferencia.
También, desde ese organismo, precisan que una de las condiciones para lograr que el “modelo español” funcione en otros países o regiones del mundo, es tener un sistema público de Salud, otra característica que la Argentina comparte.
Pero Carballo también ahondó en otro aspecto: las muertes por crímenes. “Si una persona es asesinada el juez es el que tiene que autorizar con carácter previo a la ablación la inspección al cadáver por parte de un forense. De esta forma, el especialista puede determinar qué órganos son pasibles de ser transplantados, siempre que estas modificaciones no afecten a la investigación o el proceso”.
“En esa instancia también hay que preguntar a las familias cuál era la posición del fallecido en términos de donación”, explicó.
“La figura del consentimiento presunto tuvo mucha repercusión mediática, y se pensó que se estaba implementado un cambio que iba a solucionar todos los problemas, pero la realidad es que esto no es lo que se conoce como un ‘consentimiento fuerte’ o ‘estricto’ a la hora de donar órganos”, aseguró la encargada de la oficina de Legales del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablacion e Implante (INCUCAI), Adriana Carballo.
La Ley 26.066 incorporó una nueva modalidad de donación de órganos. Antes de esta normativa, para donar, la persona que lo hiciera debía hacer constar su voluntad.
La nueva legislación, que data del año 2006, establece que “toda persona capaz y mayor de 18 años pasa a ser donante de órganos y tejidos tras su fallecimiento, salvo que haya manifestado su oposición”.
Carballo precisó que “en una primera impresión, la gente creyó que se iba a solucionar el déficit de donantes de órganos por la naturaleza de la medida. Pero hay muchos factores a tener en cuenta, ya que, por ejemplo, hay que pedirle el testimonio de la voluntad del fallecido a su familia. Y si bien, cuando los familiares no saben qué posición tenía la persona al respecto se lo considera donante, esta instancia hace que el consentimiento sea atenuado”.
Asimismo aseveró que “hay muchos factores que influyen. No todas las personas son potenciales donantes. Es decir, no todos los pacientes de hospitales o fallecidos en alguna circunstancia tienen órganos que puedan ser utilizados para un transplante”.
De todas formas, Carballo consideró que la situación mejoró mucho con la implementación de la Ley. “El mes pasado tuvimos más de 60 donaciones, un número que es muy considerable”, dijo. Y si bien en 2011 ya se realizaron 461 transplantes, en la lista de espera aún aguardan 6566 personas. Todos los días entran 7 personas nuevas en la lista de espera.
La tasa de donación por cada millón de argentinos es de 5.2. Pero España, que también posee el sistema de consentimiento presunto, posee una tasa de 34.6, muy por encima de la media europea, que es de 14.
Los datos que muestra la Organización Nacional de Transplantes, institución que regula y fomenta la donación de órganos en España, no muestran grandes diferencias en cuanto a la metodología utilizada para concientizar y lograr que se llegue a esa cifra tan alta de donaciones. Por eso cabe preguntarse por qué hay semejante diferencia.
También, desde ese organismo, precisan que una de las condiciones para lograr que el “modelo español” funcione en otros países o regiones del mundo, es tener un sistema público de Salud, otra característica que la Argentina comparte.
Pero Carballo también ahondó en otro aspecto: las muertes por crímenes. “Si una persona es asesinada el juez es el que tiene que autorizar con carácter previo a la ablación la inspección al cadáver por parte de un forense. De esta forma, el especialista puede determinar qué órganos son pasibles de ser transplantados, siempre que estas modificaciones no afecten a la investigación o el proceso”.
“En esa instancia también hay que preguntar a las familias cuál era la posición del fallecido en términos de donación”, explicó.
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