La Cámara Baja bonaerense aprobó por unanimidad y giró al Senado un proyecto que declara la necesidad de reformar el inciso 3° del artículo 191 de la Constitución bonaerense, para disminuir de 25 a 21 años la edad que un ciudadano debe tener como requisito para ser electo concejal.
La ley que tiene como coautores a Walter Martello (CC-ARI), Alfredo Lazzeretti (FAP) y Alberto España (FpV), deberá legalizarse mediante un plebiscito en las próximas elecciones legislativas.
Martello, presidente del bloque de diputados provinciales, señaló que “esta medida es un avance en materia de representación municipal, ya que actualmente para ser diputado se requieren menos años de edad que para ser concejal en Buenos Aires”.
Asimismo, el legislador recordó que “en el 2010 elevamos oportunamente una iniciativa en la que solicitamos reformar 6 artículos de la Carta Magna bonaerense para garantizarles a las comunas autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera. Y en ese sentido, planteamos entonces que los ciudadanos mayores de veintiún años podían ser electos como concejales”.
“Una de las cuestiones centrales de nuestra propuesta de Autonomía Municipal es que otorga a los distritos la facultad de dictar sus propias cartas orgánicas, conformar tribunales de cuentas y entidades financieras para auditar, de forma eficiente, la gestión.”, precisó Martello.
Por su parte, Cordoba indicó que “en la Provincia de Buenos Aires, este proceso de creciente participación se ve coartado por la disposición que fija en veinticinco años la edad mínima para ser elegido como Concejal, ya que impide el ejercicio de la representación política a valiosos jóvenes militantes”, fundamentó el diputado.
“Por eso es hora de adaptar nuestra Carta Magna provincial, ya que es precisamente en el ámbito municipal donde los jóvenes dan sus primeros pasos de acercamiento a la práctica política, inician su participación en la vida interna de los distintos partidos, comienzan a analizar y discutir las cuestiones del común, se convierten en militantes de la causa que abrazan, y aspiran genuinamente a ocupar cargos institucionales en sus respectivos territorios para representar a su comunidad”, concluyó.
El proyecto también promueve la creación de la figura del Viceintendente, que será electo por el voto popular y podrá reemplazar al jefe comunal en caso de ausencia, inhabilidad, renuncia o fallecimiento. A su vez, determina que el piso mínimo de coparticipación para los municipios será del 20% del total de los recursos provinciales, cuando actualmente es del 16%.
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